El 19 de Junio es el Día Internacional para la Eliminación de la Violencia Sexual en los Conflictos armados, aprobada por la res. 68/293 de la Asamblea General de Naciones Unidas, en 2015. Su finalidad es conmemorar la res. 1820, emitida por el Consejo de Seguridad en 2008, donde se reconoció que “la violencia sexual es una táctica de guerra y amenaza para la paz y estabilidad internacional”. La iniciativa buscó visibilizar las violencias que sufren, mayoritariamente, las mujeres y niñas del mundo en contextos bélicos.
Históricamente, durante los conflictos armados, las tropas agresoras han utilizado, como un arma de guerra, la conquista de los cuerpos de las mujeres. Una de las formas de ataque más extendidas ha sido la violación sexual, para deshonrar al grupo de pertenencia y embarazar a la mujer asegurando su descendencia en la sociedad enemiga. El carácter simbólico de este accionar histórico tiene raigambre en el reconocimiento del rol reproductor de las mujeres – a través de las tareas de cuidado familiar- en las diferentes comunidades y el honor ético que se le ha atribuido garantizar la trascendencia de la comunidad. Una práctica que se ha recreado en producciones literarias y audiovisuales, reforzando la idea en el imaginario social.
En relación a ello, en 1994, los Estados Partes de la Convención Belém Do Pará acordaron que la violencia hacia la mujer “es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres”. En 2001, en el marco del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, por primera vez en la historia, se calificó la violación sexual de civiles en tiempo de guerra como un crimen contra la humanidad. Posteriormente, se fueron generalizando varias denuncias a efectivos estatales y no estatales que realizaban estas prácticas en diferentes territorios de conflicto.
En consecuencia, la res. 68/293 expone que “la violencia sexual, cuando se utiliza o se hace utilizar como táctica de guerra dirigida deliberadamente contra civiles o como parte de un ataque generalizado o sistemático contra las poblaciones civiles” puede entorpecer la resolución del conflicto y por ello, reconoce la necesidad de “la adopción de medidas eficaces para prevenir los actos de violencia sexual y reaccionar ante ellos”.
En ese sentido, varios organismos internacionales junto a otras entidades especializadas han trabajado arduamente para dar respuesta a ese tipo de vejaciones contra la integridad físico-psíquica de mujeres, niños y niñas.
Actualmente, numerosos conflictos armados siguen vigentes en diversas partes del mundo. Por ello, el Secretario General de la ONU, Antonio Guterres, propuso un alto al fuego entre las partes beligerantes, luego de que la OMS declarara al COVID-19 como pandemia. Ya que, aseguró que la crisis sanitaria afecta especialmente los lugares azotados por este tipo de coyunturas. No obstante, la mayoría de los conflictos no ha cesado.
Algunos estudios demuestran que las enfermedades contagiosas son un agravante tanto en el riesgo de inicio como en la duración de los conflictos armados, y que también profundizan la disparidad de género en esos contextos. Pero, además, y lo que resulta aún más grave, es que pueden representar un freno en las misiones de paz, dentro de las cuales también se incluye la prevención, protección, y contención para las víctimas de violencia sexual en los conflictos armados (VSCA), que ahora quedan doblemente desprotegidas.
Asimismo, en varios de los lugares afectados por el virus, se impusieron confinamientos o cuarentenas, lo que genera que algunas víctimas se vean encerradas con su propio agresor, Dado que de por sí los reportes de VSCA son bajos, ya que proporcionalmente se denuncian pocos casos, la pandemia en su conjunto termina oscureciendo la información y la lucha contra esos crímenes.
En síntesis, desde el CeGRI entendemos que la noción de VSCA refiere exclusivamente a los conflictos armados, pero… ¿Es suficiente hoy en día dicha acepción para visibilizar la violencia sexual cuando ésta se da en otros contextos también críticos? Por nuestra parte, consideramos que resulta imperioso repensar el alcance del concepto e incluir otros tipos de conflictos que no necesariamente impliquen armas de guerra, como crisis sanitarias, pandemias -entre otras.
Fuentes consultadas:
ACNUR (2020) https://eacnur.org/blog/que-es-un-conflicto-armado-segun-el-derecho-internacional-humanitario-tc_alt45664n_o_pstn_o_pst/
COVID-19 and Armed Conflict https://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=3603248
FUHEM (2020) https://www.fuhem.es/2018/05/24/violencia-sexual-en-conflictos-armados/
Noticias ONU (2020) https://news.un.org/es/story/2020/03/1471572
OEA https://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/a-61.html
ONU Asamblea General RES. 68/293 (2015)
ONU Consejo de Seguridad RES. 1820 (2008)
ONU Oficina de la Representación Especial del Secretario General en la Violencia Sexual en los Conflictos Armados file:///C:/Users/oficina/Desktop/20200522-OSRSG-SVC-POLICY-BRIEF-IMPLICATIONS-OF-COVID-19-ON-CRSV-AGENDA-2.pdf
Sexual Violence in Armed Conflict Data Base http://www.sexualviolencedata.org/dataset/
Florencia Fantin
María Susana Ocaranza
Integrantes
Centro de Estudios en Género(s) y Relaciones Internacionales (CeGRI)
IRI – UNLP