Nicolás Cordini[1]
En el mes de abril, la Cámara de Diputados aprobó, con varias modificaciones respecto del texto original enviado por el Poder Ejecutivo, el proyecto de ley que introduce reformas al Código Penal y otras disposiciones, en lo atinente a la prevención y represión del lavado de activos, la financiación del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. El objetivo es que Argentina se adapte a los estándares internacionales en cuanto a la legislación necesaria para la persecución y sanción de estos delitos. Además, la iniciativa es relevante para el Gobierno porque el país comenzó a ser evaluado por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) a partir del mes septiembre, lo que marca a nivel mundial el derrotero en materia de disposiciones y medidas que hacen a la lucha contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo. El proyecto aún no ha sido aprobado por el Senado y deberá ser tratado a partir de marzo de 2024, salvo que se convoque a sesiones extraordinarias.
Puntos Relevantes de la Iniciativa
La iniciativa propone varios cambios significativos, entre ellos:
- Unidad de Información Financiera (UIF): Se propugna que la UIF pase a ser un organismo descentralizado, de carácter autónomo y autárquico en lo funcional, administrativo, económico y financiero, dependiente de Economía.
- Umbral Objetivo de Punibilidad: Se impulsa el aumento del umbral objetivo de punibilidad para la pena prevista en el artículo 303 del Código Penal, pasando de $300.000 a un mecanismo de actualización automático en función al salario mínimo, vital y móvil.
- Nuevos Tipos Penales: La media sanción del proyecto incorpora nuevos tipos penales, respondiendo a la recomendación del Grupo de Acción Financiera Internacional, como el financiamiento de proliferación de armas de destrucción masiva, junto al concepto de operación inusual y sospechosa.
- Actuación Profesional: Los cambios tocan a los abogados y a los contadores. Se incorpora a los abogados como sujetos obligados a reportar situaciones sospechosas, excepto cuando se desempeñen en ciertas actividades. Para los contadores, se eliminan ciertas actividades comprendidas.
- Creación de Comisión Bicameral: Se contempla la creación de una Comisión Bicameral Permanente de Fiscalización de Sistema, Prevención, Investigación y Persecución Penal de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo y Armas de Destrucción Masiva.
- Registro de Proveedores de Servicios Virtuales y Beneficiarios Finales: Se proyecta la creación de un Registro de Proveedores de Servicios Virtuales, a cargo de la Comisión Nacional de Valores, y un Registro de Beneficiarios Finales, a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Conversión de la UIF y Ampliación de Operaciones a Informar
La iniciativa convierte a la Unidad de Información Financiera (UIF) en un organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional, en jurisdicción del Ministerio de Economía, con personería jurídica propia, que funcionará con autonomía y autarquía funcional, administrativa, económica y financiera. Además, se amplía la cantidad de operaciones que se deben informar a la UIF, incluyendo los proveedores de servicios de activos virtuales.
Control Parlamentario
La iniciativa también implementa un control del Congreso del sistema de prevención, investigación y persecución penal de lavado de activos, y financiación del terrorismo y financiamiento de armas de destrucción masiva, a través de la Comisión Bicameral de Fiscalización y Organismos de Actividades de Inteligencia.
[1] Doctor en Derecho. Magister en Derecho y Especialista en Derecho Penal.