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La Corrupción como origen del Dinero Negro y su relación con el Lavado de Activos

por Luisa Fernanda Herrera [1]

La relación entre el Lavado de Activos y el sector público, está signada por el principal delito previo o precedente que está anclado a la administración pública: la Corrupción. La Corrupción es entonces la principal generadora de riqueza negra, y aquí es más que importante definir la diferencia entre la riqueza negra y la riqueza sucia, siendo la riqueza negra aquélla que se mantiene al margen de las instancias estatales de control fiscal, quedando liberada del sometimiento del deber de contribución a los gastos públicos impuesto por el sistema tributario. Para ponerlo en una frase más corta: la empresa clandestina es la que termina perjudicando de manera directa al Tesoro Público.

La corrupción pública es el caldo de cultivo de los riesgos que afectan la integridad del sistema económico financiero legal y legítimo, y que derivan en dos situaciones: la primera es que los recursos públicos son siempre escasos, y las fuentes de financiamiento son limitadas; y la segunda es que los Estados tienen múltiples necesidades para atender.

¿Y en qué deriva la espiral de la corrupción?

La corrupción que se presenta en las sociedades en forma de espiral, deriva en regímenes con bajo nivel de gobernabilidad, regímenes que no pueden hacer frente a la combinación de enormes deudas, el incremento del desempleo, los disturbios urbanos, la delincuencia tanto común como organizada y los proyectos públicos costosos e ineficientes. En este tipo de contextos los grupos criminales terminan estando estructuralmente muy organizados, creando sofisticados esquemas delictivos a gran escala (narcotráfico, lavado de activos, terrorismo, tráfico y trata de humanos), y llevando a cabo delitos que pueden generarse tanto desde el sector público como privado.

Si bien el ámbito en donde se desarrolla la corrupción es tanto público como privado, las normativas correspondientes a la identificación, prevención y sanción son emitidas por el Estado.

La tendencia de los Estados hacia una mayor descentralización ha sido motivada por el desencanto con modelos de gobierno centralizados, debido a la percepción de que el gobierno monolítico genera altos niveles de rentas, corrupción y falta de responsabilidad de los funcionarios públicos. Según el Banco Mundial, la corrupción se refiere al uso de cargos públicos para obtener ganancias personales. Es a su vez, el abuso de una posición pública de confianza, para el beneficio personal.

El hecho de que en la economía real de una determinada sociedad exista un fuerte flujo de dinero negro, que escapa al control estatal y fiscal, impide la prevención del lavado de dinero, la recaudación del erario público, atenta contra la solidez de las instituciones públicas, contra el sistema financiero legal y contra la legitima competencia económica.

Por otra parte, las empresas clandestinas transgreden los principios del llamado Estado de bienestar, como la Seguridad Social, la protección de la salud, la integridad personal de los trabajadores y la protección del medio ambiente, un ejemplo de esto último, es lo que sucede hoy por hoy con la explotación minera ilegal en muchos países de América Latina. Es decir, cuando una persona se mueve en cualquier lugar de la clandestinidad, ¿Quién responde o a quien puede exigir por su integridad física?, es algo que se torna imposible, siendo que solamente impera la ley del más fuerte.

Entonces vemos que el sujeto que está “liberado” (criminal o las personas que trabajan por necesidad en la ilegalidad absoluta y de manera precaria) de la carga de contribuir al gasto público por el pago de los diferentes impuestos y más cuando es mucho el dinero que moviliza, corre muchísimos otros riesgos. El daño termina no solo afectando las arcas del Estado.

La desventaja que deriva de la clandestinidad es que parte del dinero negro/sucio tiene que ser reinvertido en operaciones también delictivas, como por ejemplo, el sicariato.

El dinero negro/sucio no puede ser utilizado en la actividad ordinaria, no puede crear un patrimonio amparado por el Ordenamiento jurídico, por los Registros de Propiedad y Mercantil, y no puede estar custodiado por los Tribunales de Justicia. En pocas palabras, “no hay quien defienda ese dinero”.

La influencia negativa de la evasión de impuestos es sobre el bienestar y el desarrollo de las sociedades ya que ese dinero se convierte en patrimonio privado. Para el año 2018, según un informe de la OEA, se estima que se han desviado entre 30 y 35 millones de dólares de países del Tercer Mundo a centros financieros offshore que son establecidos en jurisdicciones con un nivel impositivo muy bajo (paraísos fiscales). En ellos, gente de otros países registra habitualmente empresas fantasma que son usadas para ocultar el propietario o beneficiario final. Se les conoce también como establecimientos plataforma y sirven para el aprovechamiento de menores tasas impositivas y el ocultamiento de recursos aprovechando que en los países donde están constituidos no cumplen con el intercambio de información.

A partir de lo anterior, cabe preguntarse ¿Cuál es la dinámica del sector privado cuando existe un entorno plagado de empresas pantalla/fantasma?

El sector privado que opera lícitamente se ve en la necesidad de incorporar prácticas ilícitas, como la evasión del pago de impuestos o la evasión de cargas sociales, para poder subsistir, generando una merma en los ingresos públicos y una debilidad en el Estado, que a la postre termina beneficiando a los delincuentes.

Frente a lo anterior, es importante resaltar que el proceso de prevención, detección y represión del blanqueo involucra tanto al sector público como al sector privado. El sector público persigue la detección y sanción del blanqueo, mientras que el sector privado dedica todo su empeño en prevenir las operaciones sospechosas, consolidándose un complejo contra el blanqueo de capitales.

A nivel de la región, las amenazas más sobresalientes que están relacionadas con el lavado de activos son la criminalidad organizada, el narcotráfico y la minería ilegal.

También existen otros delitos originarios de rendimientos ilícitos, de acuerdo al GTARIF (Grupo de Trabajo de Análisis de Riesgo e Inclusión Financiera) como:

1) la corrupción pública y soborno,

2) el contrabando de mercaderías y de productos falsificados,

3) los delitos fiscales,

4) la delincuencia cibernética

5) el tráfico ilegal de seres humanos (migrantes),

6) la trata de personas,

7) los delitos farmacéuticos (falsificación de productos), y

8) los delitos contra el medio ambiente (delitos contra la vida silvestre y los bosques).

A nivel país, Argentina ha registrado ligeras mejoras en algunas categorías importantes a efectos de prevenir ilícitos por corrupción como 1) el nivel y calidad de la democracia e instituciones políticas y 2) el rol de la sociedad civil y los medios de comunicación, mientras ha tenido un retroceso del 8% en la capacidad legal del país frente a la investigación y condenas de ilícitos por corrupción.

Su puntuación en la independencia y eficiencia de los organismos anticorrupción cayó por tercer año consecutivo, situando a la Argentina en el puesto doce de la región en esa variable.

En el año 2019, la Oficina Anticorrupción (OA) comenzó a trabajar en un Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades (RITE) para reunir a los grupos del sector público y privado, consolidar las medidas de transparencia y difundir los programas de cumplimiento normativo. Este proyecto se puso en marcha en el año 2022.

Argentina registró una mejora en la categoría de sociedad civil y medios de comunicación, donde ocupa el segundo lugar de la región, sólo por detrás de Uruguay. Muestra de lo anterior, son las recientes manifestaciones contra la corrupción que representan tanto a los grupos pro-kirchneristas como a la oposición y que han sido muy concurridas, lo que sugiere que la lucha contra la corrupción puede ser cada vez más, un tema central a nivel país.

La cooperación internacional en medio de este interés por prevenir los ilícitos por corrupción, es necesaria sobre todo para la cooperación jurídica penal internacional que se necesita y que facilita, en situaciones requeridas: la extradición, los asuntos tributarios, la asistencia legal mutua, el congelamiento y decomiso de bienes usados para el lavado, más, teniendo en cuenta que la criminalidad organizada hoy, es transnacional.

[1] Magíster en Políticas Públicas por FLACSO, Argentina, obteniendo la calificación de Distinguida (2021).

Lic. en Antropología & Lic. en Ciencia Política con énfasis en Relaciones Internacionales por la Universidad Icesi de Colombia (2015).

Actualmente es Coordinadora Académica y Docente Universitaria de la Escuela de Desarrollo Profesional de la Escuela de Formación Continua de Posgrados UCES desde el año 2018.

Miembro. Observatorio de Prevención de Lavado de Activos y Compliance (OPLAC). Instituto de Relaciones Internacionales (IRI). Universidad Nacional de La Plata (UNLP). (Diciembre de 2021-Actualidad)- Mail: lfherrera.consultancy@gmail.com