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11 de febrero de 1929: firma del Concordato de Letrán, nacimiento del Estado de la Ciudad del Vaticano

El 11 de febrero de 1929, tuvo lugar la firma de un concordato entre los enviados plenipotenciarios, el Cardenal y Secretario de Estado, Pietro Gásperri en representación de la Santa Sede y el Caballero Benito Mussolini, Primer Ministro y Jefe de Gabinete del Rey Víctor Emanuel III.
El Papa Pio XI y el rey Víctor Emanuel III acordaron un tratado de reconocimiento internacional en donde establecían la creación del Estado de la Ciudad del Vaticano, que significo la unión de Iglesia católica, apostólica y romana y el, entonces, Reino de Italia, “Iglesia Libre en un Estado Libre”.
Dichos líderes le pusieron fin a las enemistades que los enfrentaron desde que la Unificación del Reino de Italia le quitó la potestad a la Santa Sede sobre los Estados Pontificios y anexó Roma al Reino de Italia bajo la dinastía de la Casa de Saboya. Desde ese momento la Iglesia con más poder en el mundo y la más rica, se volvió la menos influyente y la más pobre.
El Tratado tiene veintisiete artículos en los cuales pactan:
 El reconocimiento y la reafirmación de Italia al principio consagrado en el artículo primero del Estatuto del Reino del 4 de marzo de 1848 por el cual, la religión católica, apostólica y romana es reconocida como la única religión del Estado.
 Italia reconoce la soberanía, bajo el mando del Sumo Pontífice, de la Santa Sede en el campo internacional.
 Italia le reconoce a la Santa Sede la plena propiedad y la exclusiva y absoluta potestad y jurisdicción soberana sobre el Vaticano, creándose a tal efecto la Ciudad del Vaticano.
 El reconocimiento de Italia sobre la soberanía de la Ciudad del Vaticano supone la no injerencia del gobierno italiano en los asuntos de dicha ciudad y que no haya otra autoridad que no sea la de la Santa Sede.
 Italia se compromete a proveer de todos los servicios públicos a la Ciudad del Vaticano, se hará cargo del costo y la ejecución de todas las obras de infraestructura para que así sea, en el lapso de un año a partir de la entrada en vigor del tratado.
 Italia considera sagrada en inviolable la persona del Sumo Pontífice, declara punitivo cualquier atentado que se cometa contra ella y la provocación a cometerlo, con las mismas penas establecidas para el atentado y provocación a cometerlo contra la
persona del rey.
 Conforme a las normas del derecho internacional, están sujetas a la soberanía de la Santa Sede todas las personas que tienen residencia estable en la Ciudad del Vaticano.
 Conforme a las normas del derecho internacional y a este tratado, las partes se obligan a establecer entre ellas relaciones diplomáticas mediante acreditación de un embajador italiano ante la Santa Sede y de un Nuncio Pontificio ante Italia.
 Italia le concede a la Santa Sede el manejo de todos lo que comprende el territorio de la Ciudad del Vaticano.
 La Santa Sede, respecto a la soberanía que le compete incluso en el campo internacional, declara querer permanecer ajena a competiciones temporales entre los demás estados y congresos internacionales organizados con tal fin, a no ser que las partes contendientes apelen concordes a su misión de paz, reservándose en todo caso hacer valer su potestad moral y espiritual. En consecuencia, la Ciudad del
Vaticano será considerada siempre y en todo caso, territorio neutral e inviolable.
Con la firma de este tratado se dio por finalizado el enfrentamiento que tenían el Papa y el rey de Italia. Enemistad que empezó el rey y que, para subsanarla debió conceder mucho.
Se trató de definir las relaciones civiles y religiosas entre el gobierno de Italia y la Iglesia. Se trató de un pacto político.
Maria Sofía Zelaya
Colaboradora de la Red Federal de Historia de las Relaciones Internacionales
Departamento de Historia
IRI – UNLP