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10 de mayo de 1995: prolongación indefinida del Tratado de No Proliferación Nuclear

Reunidos en la sede de Naciones Unidas en Nueva York, el 10 de mayo de 1995, una mayoría de países decidieron prolongar indefinidamente el tratado que supuso una coordinación internacional para la utilización de la energía nuclear únicamente con fines pacíficos.

El Tratado de No Proliferación Nuclear (TNP), que en 1995 contaba con 178 Estados-Partes, actualmente ha extendido su número de adherentes a 190 y es considerado el acuerdo del ámbito de la no proliferación y el desarme con el mayor número de adhesiones. Inicialmente fue abierto a la firma de los Estados en plenos albores de la Guerra Fría y entró en vigor a partir del 5 de marzo de 1970. En sus artículos, se marca una diferencia entre:

Estados poseedores de armas nucleares: Aquellos que habían fabricado e hicieron detonar un arma nuclear (u otro dispositivo) antes del 1 de enero de 1967. Esta categoría sólo abarca a 5 países, a saber: las cinco potencias del Consejo de Seguridad (Estados Unidos, Francia, Reino Unido, Rusia -en aquél entonces, URSS- y China). Estos se comprometen a no traspasar armas u otros dispositivos nucleares, a no ayudar, estimular o inducir en forma alguna a ningún Estado no poseedor a fabricar o adquirir armas u otros dispositivos nucleares y a no utilizar (aunque formalmente no este incorporado al tratado) armas nucleares contra países no poseedores salvo respuesta a un ataque nuclear.

Estados no poseedores: Por su parte, se comprometen a no intentar desarrollar armas nucleares y a someterse al régimen de salvaguardias totales del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), el cuerpo regulador nuclear de Naciones Unidas. Un acuerdo de salvaguardias son acuerdos jurídicamente vinculantes. Hasta la fecha, se han concertado más de 175 acuerdos diferentes. En su mayoría son generales, aunque también los hay específicos, especialmente con aquellos estados que no son Partes (India, Pakistán e Israel).

El capítulo 10 era el que determinaba que “Veinticinco años después de la entrada en vigor se convocará a una Conferencia para decidir si permanecerá en vigor indefinidamente o si se prorrogará por uno o más periodos suplementarios de duración determinada. Esta decisión será adoptada por la mayoría de las Partes en el Tratado.” Las particularidades de este artículo estaban dadas propiamente porque la decisión no correspondía en sí a la Conferencia sino a la mayoría de las Partes (90 en aquél entonces) y porque habían 3 opciones finales: extenderlo indeterminadamente, prorrogarlo por uno o más períodos. Debido a estas particularidades es que hubo diferentes pugnas de intereses en las reuniones preparativas.

Para algunos analistas, algunos países miembros (Indonesia, Irán, Nigeria, Malasia, México, entre otros) acusaban a las 5 potencias de no cumplir con su obligación de facilitar tecnología nuclear para fines pacíficos lo cual les valía calificar al TNP como “un tratado desequilibrado” por lo que proponían que debería mantenérselo abierto a futuras prórrogas según el grado de cumplimiento de sus disposiciones y del contexto internacional. Por el otro lado, para algunos, lo más aconsejable para el mantenimiento de la paz, era extenderlo de manera permanente para prohibir la adquisición de nuevo armamento, fomentar el desarme para lograr la adhesión de nuevos Estados y así adoptar medidas más eficaces de control. Esta última era la posición que defendía la Unión Europea. Fue gracias al acuerdo alcanzado el 6 de abril en Ginebra, en el cual las potencias nucleares garantizaron a las que carecían de armamento a no amenazarlas y a prestar ayuda y asistencia a cualquier país agredido con ese tipo de armas si es Parte del TNP lo que logró el cambio de opinión en algunas delegaciones del Tercer Mundo.

Por otro lado, quedaba un nuevo bloque a convencer: los países árabes. Encabezados por Egipto, exigían que solamente firmarían la prórroga indefinida si Israel adhería al TNP y aceptara las inspecciones de la OIEA. Según el diario EL PAÍS, fue el presidente norteamericano Bill Clinton quien acordó con los árabes la introducción de un documento sin referencia específica a Israel, pero instando «a todos los Estados de Oriente Próximo que no lo han hecho, sin excepción, a adherirse al tratado de no proliferación de armas nucleares y a colocar sus instalaciones nucleares bajo las garantías del OIEA». Debido a esto, “el presidente egipcio, Hosni Mubarak, matizó su postura. Dijo que no pretendía que el Gobierno de Rabin se sumase al tratado ‘ahora mismo o mañana’, sino en el futuro, porque cuando la paz esté consolidada, ya no necesitará armas nucleares”.

A pesar de haberse extendido indefinidamente, el Tratado igualmente prevé que será revisado por sus miembros cada 25 años y ese plazo se cumple en este 2020. Lamentablemente, debido a la pandemia mundial del COVID-19 la Conferencia que debería haberse desarrollado desde el 27 de abril hasta el 22 de mayo en la sede de ONU fue aplazada “apenas lo permitan las circunstancias, pero (se realizará) en abril de 2021 a más tardar”, según estimó Stephane Dujarric, el vocero del organismo.

En un contexto mundial en el que Estados Unidos ha abandonado el pacto nuclear alcanzado en 2015 con Irán y también aquel histórico tratado de eliminación de misiles nucleares de medio y corto alcance (INF, por sus siglas en inglés) firmado con la URSS en tiempos de Guerra Fría, ha logrado que diferentes ministros de varios países adviertan el riesgo de una nueva carrera nuclear. A raíz de esto debemos preguntarnos: ¿Influirá esto en nuevos cambios al Tratado de la No Proliferación Nuclear en 2021? ¿Servirá la pandemia mundial como una forma de distender las tensiones entre las potencias nucleares?

 

Augusto Gabriel Arnone
Colaborador
Red Federal de Historia de las Relaciones Internacionales (CoFEI)
Departamento de Historia
IRI – UNLP