En este momento estás viendo 23 de julio de 1881: firma del tratado de límites entre Argentina y Chile

23 de julio de 1881: firma del tratado de límites entre Argentina y Chile

El Tratado de Límites de 1881, fue firmado entre las repúblicas de Argentina y Chile para fijar sus
límites precisos a lo largo de su extensa frontera común.
El anterior Tratado de Límites de 1856, acordaba la aplicación del principio del Uti possidetis iure,
ordenamiento legal bajo la base de que los nuevos estados, al pasar a la vida independiente, tendrían
como fronteras las que les corresponderían de las colonias españolas, cuando formaban parte integrante
del imperio español, ya como virreinato, capitanía general o audiencias. En un principio ambos estados
interpretaron de manera similar los registros coloniales, aunque estos no se conocían exhaustivamente.
Las Reales Cédulas a menudo eran contradictorias o superponían jurisdicciones debido a que el
conocimiento del territorio en 1810, aún era limitado, en especial el de la parte austral del continente.
Posteriormente, ambos países adoptaron el concepto de terra nullius, y crearon colonias en tierras
no ocupadas por el otro país. Desde entonces, se hizo necesaria una demarcación fronteriza factible, que
satisficiera los intereses de ambas naciones. El Tratado se firmó en la ciudad de Buenos Aires el 23 de
julio de 1881 por los representantes de ambos gobiernos: Francisco de B. Echeverría, Cónsul General de
Chile en Buenos Aires y el Doctor Bernardo de Irigoyen, Ministro de Relaciones Exteriores de la
Argentina, y fue ratificado en la ciudad de Santiago, el 22 de octubre de 1881. En la actualidad el tratado
continúa siendo válido, ya que no ha sido modificado por ningún otro posterior. Sin embargo, una serie
de cuestiones quedaron sin resolver y dieron lugar a distintos litigios a lo largo de los años. Entre ellas,
pueden destacarse:
1. No se adjuntó un mapa que definiera el canal de Beagle, lo que dio lugar a que se realizaran
diferentes interpretaciones del término Canal Beagle.
2. No se adjuntó un mapa que definiera exactamente el estrecho de Magallanes. Esto dio pie a que la
Argentina viera en la boca occidental del estrecho, un delta y en la boca oriental, una extensión del
estrecho hasta costas argentinas (desde cabo Vírgenes hasta punta Dungeness).
3. Se menospreciaron las dificultades que causaría la diferencia entre la línea de cumbres más altas y
la divisoria de las aguas.
4. No se delimitó el territorio marítimo. Esto es comprensible pues en aquel tiempo, éste estaba
limitado al alcance de los cañones costeros. Sin embargo cuando el derecho internacional otorgó una
zona económica exclusiva de 200 millas mar adentro a los países ribereños, esto provocó el interés de
ambos países por obtener esa zona.
5. Concedió por error a Chile una posible salida al Atlántico en el fondo de la bahía de San Sebastián,
en la isla Grande de Tierra del Fuego y concedió por error a la Argentina una salida al Pacífico en Última
Esperanza, en la región de Puerto Natales. Ambos errores fueron corregidos posteriormente.
Lic. Wladimir Wolters Albarracín
Colaborador de la Red Federal de Historia de las Relaciones Internacionales
Departamento de Historia
IRI – UNLP