Reforma al sistema normativo de prevención y persecución de lavado de
activos y financiamiento del terrorismo: un análisis de las modificaciones
penales
Nicolás Santiago Cordini[1]
Introducción:
En el mes de abril del presente año, un importante paso fue dado en la lucha contra el lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva en Argentina. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Nación otorgó media sanción al proyecto de ley que propone una reforma sustancial al sistema normativo nacional en esta materia. El proyecto, remitido por el Poder Ejecutivo Nacional en mayo del año anterior, el cual fue modificado por los representantes de la Cámara de Diputados, representa la primera reforma de tal magnitud en once años y busca fortalecer la eficacia de la prevención y persecución de estos delitos, abordando varios aspectos clave del marco legal existente.
Desarrollo: cambios significativos en la reforma propuesta
La propuesta de reforma se estructura en cinco pilares fundamentales: modificaciones al Código Penal, reforma de la Ley N° 25.246, establecimiento de un Registro de Beneficiarios Finales, implementación de un control parlamentario y la creación de un Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales. Enfocándonos en las modificaciones al Código Penal, se evidencian cambios sustanciales que buscan fortalecer la eficacia y la adecuación del sistema de prevención y persecución de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Uno de los cambios más notables se relaciona con la condición objetiva de punibilidad establecida en el artículo 303 del Código Penal. Esta condición determina el monto mínimo de activos que deben estar involucrados en una actividad delictiva para que sea considerada punible. En la reforma propuesta, se introduce una unidad de medida, el Salario Mínimo Vital y Móvil, con el objetivo de adaptar periódicamente dicho monto mínimo a la realidad económica. Esta medida busca concentrar la persecución penal en los casos más graves que afecten el bien jurídico protegido, permitiendo un enfoque más eficiente y efectivo en la lucha contra el lavado de activos.
En relación al delito de financiamiento del terrorismo, se amplía su alcance al incluir todo tipo de activos, incluidos los activos virtuales, en el tipo penal de financiación del terrorismo. Además, se amplía el rango de actividades que constituyen financiamiento del terrorismo, abarcando la financiación de viajes, logística e incluso entrenamiento con fines terroristas.
La reforma también introduce un nuevo tipo penal relacionado con la proliferación de armas de destrucción masiva. Este cambio busca atacar la amenaza que representa la proliferación de este tipo de armas y se castiga tanto la producción como el suministro, transporte y cualquier forma de proliferación de las mismas.
Un aspecto crítico es la reforma del artículo 41 quinquies CP, que se enfoca en la agravante por finalidad terrorista. La reforma amplía la agravante para incluir no sólo los delitos tipificados en el Código Penal, sino también aquellos contemplados en leyes especiales o en leyes que incorporen tipos penales de convenciones internacionales vigentes y ratificadas en Argentina. Esta ampliación aborda las limitaciones previas de la agravante y asegura la inclusión de delitos especiales (por ejemplo: el delito de sabotaje) y derivados de convenciones internacionales específicas sobre terrorismo.
Conclusión:
La reforma propuesta en el sistema normativo nacional de prevención y persecución de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva representa un paso significativo en la lucha contra estos delitos de gran envergadura. Mediante la implementación de cambios sustanciales en el Código Penal, la reforma busca adaptar y fortalecer el marco legal para abordar de manera más efectiva y eficiente los desafíos actuales en materia de prevención y persecución.
Los ajustes en los umbrales de punibilidad y la inclusión de activos virtuales en el ámbito del lavado de activos y financiamiento del terrorismo demuestran una voluntad de adaptación a las nuevas realidades tecnológicas y financieras. La incorporación de medidas más rigurosas en la persecución del financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva reflejan un enfoque integral para enfrentar las amenazas globales.
En última instancia, la media sanción del proyecto de ley marca un compromiso con la seguridad nacional e internacional, la lucha contra la criminalidad financiera y el terrorismo, y la promoción de un entorno de transparencia y legalidad en las actividades económicas. La implementación final de estas reformas promete mejorar significativamente la capacidad del sistema legal argentino para enfrentar los retos contemporáneos en este ámbito crucial.
[1] Doctor en Derecho. Magister en Derecho y Especialista en Derecho Penal.