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La salida de Nicaragua de la OEA, el triunfo del régimen sandinista

El 19 de noviembre de 2021 la República de Nicaragua denunciaba la Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA) y anunciaba su retiro como miembro de la Organización de conformidad con el artículo 143 de la misma.  Dicho artículo reconoce la posibilidad de que la Carta pueda ser denunciada por cualquiera de los Estados miembros y, en igual sentido, determina el plazo de dos años a partir de la fecha en que la Secretaría General reciba una notificación de denuncia, para que la Carta cese en sus efectos respecto del Estado denunciante, y éste quede desligado de la Organización.

En 2021, el cinco veces electo presidente nicaragüense, Daniel Ortega, decidió dar la espalda a la OEA en protesta por la negativa del organismo a reconocer las elecciones de 2021, en las que él salió reelegido por quinta vez, pero en circunstancias difícilmente calificables como democráticas, con sus oponentes en la cárcel o en el exilio, recibiendo fuertes críticas de la comunidad internacional, calificando el proceso electoral como «antidemocrático» e «ilegítimo». De terminar este mandato, Ortega sumará 20 años consecutivos en el poder y un total de 29 años de gobierno.

Al cumplirse el segundo año desde la denuncia realizada por parte del régimen dictatorial sandinista, ayer, 19 de noviembre, se hizo efectiva la salida del país de la Organización. En el transcurso de esos años ningún país presentó observación alguna.

Brasil adhiere que la salida de Nicaragua, en términos de los efectos plenos de la denuncia realizada, no excluye de ninguna forma la posibilidad de que Nicaragua solicite la acceder nuevamente a la condición de Estado miembro, dejando así la puerta abierta a su reincorporación.

En cierta forma es un consuelo saber que la salida del país no deja sin efecto las demás obligaciones legales por las cuales es responsable en virtud de su ratificación a otras convenciones interamericanas, de los principios generales del derecho internacional que aseguran la protección universal de la dignidad humana y de las normas Ius Cogens. En este sentido la Corte Interamericana, a través de la Opinión Consultiva 26 con fecha 9 de noviembre de 2020 titulada “La denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de la Carta de la Organización de los Estados Americanos y sus efectos sobre las obligaciones estatales en materia de derechos humanos”, concluye que la denuncia a la Carta por parte de uno los Estados Miembros de la Organización no excluye el deber de cumplir con los tratados interamericanos de derechos humanos ratificados y no denunciados conforme a sus propios procedimientos.

A través de la RES. 1234 “Medidas Consiguientes a la  Denuncia de la Carta de la Organización de los Estados Americanos por la República de Nicaragua” aprobada por los 31 países que tienen representantes permanentes en la organización,  la comunidad americana con profundo pesar despide a Nicaragua y manifiesta su extrema preocupación por la desprotección a la que se enfrentarán los nicaragüenses a partir del 19 de noviembre. En este sentido, advirtieron que seguirán prestando especial atención a la situación en el país saliente, haciendo sus mejores esfuerzos para promover y fomentar el pleno respeto de Nicaragua a los derechos humanos y libertades fundamentales de todos los ciudadanos del país.

María Jorgelina Senn
Departamento de América Latina y el Caribe
IRI – UNLP