Argentina – Estados Unidos
Secretaría
de Cultura y Comunicación de la República Argentina y Secretaría de Estado del
Estado de la Florida en Estados Unidos de América
Declaración en Materia de Cooperación Cultural
Washington, Estados Unidos; 3 de junio de 2000
La Secretaría de
Cultura y Comunicación de la República Argentina y la Secretaría de Estado del
Estado de la Florida de los Estados Unidos de América, en adelante "los
participantes",
Considerando los lazos históricos y culturales existentes entre
la República Argentina y el Estado de la Florida, así Como la creciente
importancia y dinamismo de la población de origen argentino en Florida,
Persuadidos de que la Cooperación internacional es un mecanismo efectivo para el
diálogo, así como promocionar el desarrollo de los pueblos,
Reconociendo que la Cooperación internacional fortalece los
lazos de amistad y contribuye a un mejor entendimiento,
Deseosos de intensificar los esfuerzos conjuntos, los recursos y la capacitación
de recursos humanos, en pos de fortalecer el diálogo intercultural entre los
Participantes,
Acuerdan lo siguiente:
El objeto. de la
presente Declaración es fortalecer la cooperación entre los Participantes e
incrementar el intercambio en el campo de la cultura.
Los Participantes
impulsarán el intercambio de experiencias en todos los campos de la expresión
artística, sea a- través del intercambio de artistas y creadores, como del
intercambio de sus respectivas obras.
Los Participantes
estimularán el desarrollo de proyectos destinados a fortalecer las capacidades
de cada Participante e incorporar nuevas tecnologías.
Cualquier actividad
llevada a cabo como consecuencia de la presente Declaración estará sujeta a la
legislación federal y estadual aplicable para cada Participante, así como a los
recursos financieros disponibles de cada uno de los Participantes.
Con el objeto de
cumplir con los fines de la presente Declaración, los Participantes:
·
compartirán
información sobre las actividades relativas a la cooperación internacional, en
curso o programadas;'
·
mantendrán una
fluida comunicación a fin de intensificar iniciativas, potenciales de
cooperación;
·
desarrollarán
en forma conjunta actividades y proyectos de cooperación que estimulen la
participación de entidades públicas o privadas.
Cada Participante
designará un representante que se reunirá con su par en fecha y lugar
preestablecido por ambos, con el objeto de:
·
presentar
actividades y proyectos específicos de cooperación que puedan ser de interés de
los Participantes;
·
establecer
prioridades tendientes a efectuar proyectos específicos de colaboración en el
área cultural, así como determinar los recursos necesarios para llevar a cabo
los- proyectos;
·
evaluar los
proyectos en curso de ejecución derivados de esta Declaración.
Las personas que
participen en actividades y proyectos de Intercambio desarrollados en el marco
de la presente Declaración, continuarán haciéndolo en el contexto de su actual
vínculo laboral, esperando que todas las personas que trabajen dentro del marco
de esta Declaración cuenten con cobertura- médica- y seguro de vida .
Toda diferencia que
surja de la aplicación de esta Declaración deberá ser resuelta por consultas
entre los Participantes.
Las actividades delineadas
en esta Declaración comenzarán a partir del día de su firma y continuarán por
un período inicial de tres años hasta que uno de los Participantes comunique al
otro su decisión de terminar su participación, aviso. que debe darse con seis
meses de anticipación.
Esta Declaración se
podrá modificar por mutuo consentimiento de ambos Participantes; tal
modificación, formalizada por comunicación escrita, establecerá el día a partir
del cual esa modificación tendrá validez.
Cualquiera de la
Partes puede dar por terminadas las actividades derivadas de esta Declaración,
por medio de aviso escrito, tres meses antes de tal terminación .
La terminación de
esta Declaración no afectará al desarrollo y conclusión de las actividades y
proyectos de cooperación que hayan sido formalizados durante la vigencia de
esta Declaración.
Esta Declaración de
ninguna manera constituye un tratado. o. un acuerdo internacional. Los
Participantes reconocen que no intentan por esta Declaración dar origen a
ningún derecho u obligación internacional, sino que constituye las
declaraciones de intención arriba mencionadas que ambos. Participantes se
dedicarán a lograr.
Esta Declaración
fue firmada en la ciudad de Washington el día 3 del mes Junio del año 2000 en
dos originales, uno en español y otro en inglés igualmente auténticos .