Anuario de Relaciones Internacionales, Año 1995

 

Cronología documental

AMBITO INTERNACIONAL (Naciones Unidas)

Resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos

1994/8

Vigilancia y Asistencia para la transición a la democracia en Sudáfrica

-Advierte los obstáculos a la democratización armoniosa de Sudáfrica, entre ellos el legado del apartheid, que negaba a la mayoría de los africanos el acceso en condiciones de igualdad a la realización de sus derechos económicos, culturales, civiles y políticos.

- Destaca la importancia de eliminar todos los obstáculos a la transición hacia el régimen democrático en Sudáfrica.

- Destaca asimismo la necesidad de que el gobierno de Sudáfrica cree un clima propicio para la realización de los derechos económicos, sociales y culturales de la persona y para el ejercicio de sus derechos civiles y políticos.

- Hace un llamamiento a todos los Estados para que respeten plenamente el embargo de armas impuesto por el Consejo de Seguridad a Sudáfrica hasta que este organismo decida otra cosa.

1994/11

Consecuencias de las políticas de ajuste originadas por la deuda externa en el goce efectivo de los derechos humanos, especialmente en la aplicación de la declaración sobre el derecho al desarrollo

-Reafirma la Declaración sobre el Progreso y el Desarrollo en lo Social, proclamada por la Asamblea General en su resolución 2542 (XXIV) del 11 de diciembre de 1969, así como la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo, aprobada por la Asamblea General mediante su resolución 41/128 del 4 de diciembre de 1986.

- Subraya la importancia de aliviar la carga y el servicio de la deuda en los países en desarrollo que tienen problemas para la realización de los derechos económicos, sociales y culturales.

- Afirma que los pagos de la deuda no deben tener prelación sobre los derechos básicos de la población de los países deudores, como la alimentación, el alojamiento, vestido, empleo, los servicios de salud y el derecho a un medio ambiente saludable.

1994/15

Situación de los Pactos Internacionales de Derechos Humanos

-Teniendo presente el éxito de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, celebrada en Viena del 14 al 25 de junio de 1993, y la aprobación de la Declaración y Programa de Acción de Viena, y teniendo cuenta en particular, el llamamiento para que se fortalezcan y apliquen mejor los instrumentos de derechos humanos. Reafirma la importancia de los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, como elemento principal del esfuerzo internacional encaminado a promover el respeto y la observancia universal de los derechos humanos y las libertades individuales.

- Insta encarecidamente a todos los Estados que aún no se hayan adherido al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos a que lo hagan, a que se adhieran a los protocolos facultativos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y a que hagan la declaración prevista en el artículo 41 del pacto.

- Subraya la importancia de que los Estados partes cumplan estrictamente las obligaciones que les incumben en virtud de dichos pactos y protocolos.

1994/26

Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del mundo

-Recordando la resolución 45/171 de la Asamblea General del 18 de diciembre de 1990, que proclamó al año 1993 como Año Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo, con miras a fortalecer la cooperación para la solución de los problemas a que se enfrentan dichas comunidades en esferas tales como los derechos humanos, el medio ambiente, el desarrollo, la educación y la salud. Invita a las organizaciones de las poblaciones indígenas y a otras organizaciones no gubernamentales a que consideren los aportes que puedan hacer al éxito del Decenio a través de objetivos, programas y actividades concretos, con miras a presentarlas al Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas.

- Pide al Secretario General que establezca un fondo de contribuciones voluntarias y que lo autorice a recabar, aceptar y administrar contribuciones voluntarias por parte de gobiernos y de organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y de otras instituciones con el objeto de financiar proyectos y programas durante el Decenio.

1994/27

Los derechos humanos y la discapacidad

- Toma nota de la publicación del Centro de Derechos Humanos titulado "Los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad" (publicación de las Naciones Unidas), por el Sr. Leandro Despouy, Relator Especial de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías, en la que se propone la creación de un mecanismo tal como un Ombudsman (mediador) internacional.

- Exhorta al Secretario General a que mantenga la integridad de los programas del sistema de las Naciones Unidas relativos a las personas discapacitadas, con inclusión del Fondo Voluntario del Decenio de las Naciones Unidas para los impedidos, con objeto de promover los derechos , la equiparación de oportunidades y la plena inclusión en la sociedad de las personas con discapacidades.

- Ruega al Secretario General que informe con carácter bienal a la Asamblea General sobre los progresos de los esfuerzos encaminados a conseguir el pleno reconocimiento y el disfrute de los derechos humanos de las personas discapacitadas.

1994/32

Cuestión de la detención arbitraria

- Alienta a los gobiernos a que apliquen las recomendaciones del Grupo de Trabajo en lo relativo a las personas detenidas desde hace años, como así mismo que estudien la posibilidad de invitar a este Grupo a que viaje a sus respectivos países para que pueda cumplir su mandato con una eficacia mayor, formular recomendaciones y prestarles servicios de asesoramiento y asistencia técnica.

- Expresa su preocupación por el hecho de que los casos mas frecuentes de privación arbitraria de libertad estén motivados por el ejercicio del derecho a la libertad de opinión y de expresión y manifiesta además que dicha privación es agravada o facilitada por varios factores como el abuso de los estados de excepción.

- Determina que los Estados deben establecer el "Hábeas Corpus" o un procedimiento análogo que asegure a las personas un derecho que no pueda ser suspendido ni aún durante la vigencia de un estado de excepción.

1994/33

Derecho a la libertad de opinión y de expresión

- Observa que los Relatores Especiales señalan que el derecho a la libertad de opinión y de expresión está interrelacionado con el ejercicio de todos los demás derechos humanos.

- Expresa su preocupación por el gran número de detenciones que se producen, así como por la discriminación, las amenazas y los actos de violencia y hostigamiento, incluso persecución e intimidación, de personas que ejercen el derecho a la libertad de opinión y de expresión, que ejercen los derechos intrínsecamente relacionados con la libertad de pensamiento, conciencia , religión, de reunión pacífica y de asociación, y el derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos, también de aquellos que tratan de promover y defender estos derechos y libertades.

1994/35

El derecho de restitución, indemnización y rehabilitación de las víctimas de violaciones manifiestas de los derechos humanos y las libertades individuales

- Reafirma que en cumplimiento de los principios internacionalmente proclamados de derechos humanos y de derecho humanitario, las víctimas de violaciones manifiestas de los derechos humanos deben recibir, en los casos apropiados, restitución, indemnización y rehabilitación.

- Afirma que se debe prestar atención prioritaria por parte de los gobiernos a esta cuestión, considerando para ello los principios y directrices básicos propuestos en el estudio del Relator Especial.

1994/37

La tortura y otros tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes

- Acoge con satisfacción la creación en el plano regional del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y los Tratos o Penas Inhumanos o Degradantes.

- Expresa su preocupación por el número alarmante de casos de este tipo que se siguen denunciando en diversas partes del mundo, y también su pesar porque en el último año el Relator Especial no ha podido visitar ningún país con el objeto de cumplir su mandato.

- Recomienda a los gobiernos establecer un sistema de visitas periódicas de expertos independientes a los lugares de detención, en el cual la judicatura contribuya activamente a garantizar los derechos que asisten a los detenidos; en particular menciona el derecho a consultar a un abogado e iniciar, inmediatamente después de la detención, procedimientos ante un tribunal respecto de la legalidad de la misma y a que los interrogatorios se efectúen exclusivamente en centros de interrogatorio oficiales. También que se establezca una autoridad nacional independiente que pueda recibir quejas de los particulares por torturas u otros malos tratos graves.

- Recuerda que el régimen de incomunicación favorece la tortura y que, a juicio del Relator Especial, la incomunicación debe prohibirse. También que los gobiernos y las asociaciones profesionales y médicas deben tomar medidas estrictas contra los miembros de la profesión médica que participen en la práctica de la tortura.

- Señala importancia de los programas de capacitación para el personal encargado de hacer cumplir la ley y de seguridad y llama la atención de los gobiernos interesados sobre las posibilidades que ofrece a este respecto el programa de servicios de asesoramiento de las Naciones Unidas, en especial el Relator Especial.

1994/45

La cuestión de la integración de los derechos de la mujer en los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas y la eliminación de la violencia contra la mujer

- Espera con interés la Cuarta Conferencia Internacional Mundial de la Mujer, destacando el importante papel de los movimientos y las Organizaciones No Gubernamentales en favor de los derechos de la mujer.

- Exige que se elimine la violencia sexista en la familia, en la comunidad y donde quiera que sea perpetrada o permitida por el Estado; pone de manifiesto el deber de los gobiernos de evitar el empleo de la violencia contra la mujer y de actuar con la necesaria diligencia para prevenir, investigar y castigar estos actos, ya se trate de actos perpetrados por el Estado o por particulares; así como también incluye entre sus deberes el facilitar a las víctimas una reparación equitativa y eficaz y una asistencia especializada.

- Condena la violación de los derechos humanos de la mujer en situaciones de conflicto armado, en particular los asesinatos, las violaciones sistemáticas, la esclavitud sexual y los embarazos forzados.

- Reclama la eliminación de la violencia contra la mujer en la vida pública y privada, así como de todas las formas de acoso sexual, de explotación y trata de mujeres, de los prejuicios sexistas en la administración de la justicia y la erradicación de las consecuencias perjudiciales de ciertas prácticas tradicionales, de prejuicios culturales y del extremismo religioso.

1994/46

Derechos Humanos y terrorismo

- Lamenta que aumente el número de personas inocentes -incluidas mujeres, niños y personas de edad- asesinadas, mutiladas y masacradas por terroristas en actos indiscriminados y arbitrarios de violencia y terror que no pueden justificarse bajo ninguna circunstancia.

- Condena todos los actos, métodos y prácticas de terrorismo en todas sus formas y manifestaciones, por tratarse de actos de agresión cuyo objeto es la destrucción de los derechos humanos, las libertades fundamentales y la democracia, y que constituyen una amenaza contra la integridad territorial y la seguridad de los Estados, desestabilizan los gobiernos legítimamente constituidos, socavan la sociedad civil pluralista y tienen consecuencias adversas para el desarrollo económico y social de los estados.

- Exhorta a los Estados a que tomen medidas efectivas para prevenir, combatir y eliminar el terrorismo e insta a la comunidad internacional a aumentar la cooperación para ese fin en el plano nacional, regional e internacional.

 

 

 

 

1994/49

Protección de los derechos humanos de las personas infectadas con el virus de inmunodeficiencia humana (VIH) o con síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA)

- Exhorta a todos los Estados a que se aseguren de que sus leyes, políticas y prácticas, incluidas las introducidas en relación con el VIH o con el SIDA, respeten las normas de derechos humanos y no tengan el efecto de impedir que se realicen programas para la prevención del VIH y el SIDA y para la atención de personas infectadas.

- Insta a los Estados a que examinen su legislación, para asegurar el derecho a la intimidad e integridad de las personas afectadas y las que se suponen en peligro de ser infectadas.

- Expresa su preocupación por el riesgo que constituyen la continua explotación de niños y la prostitución infantil para la transmisión del VIH; y pide al Relator Especial, al Comité de los Derechos del Niño y al Grupo de Trabajo sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, que presten atención sostenida a esta cuestión.

- Exhorta a los órganos profesionales pertinentes a que examinen de nuevo sus códigos de práctica profesional con miras a reforzar el respeto de la dignidad y los derechos humanos en relación con el VIH y el SIDA y pide a las autoridades pertinentes que desarrollen capacitación a este respecto.

1994/51

Proclamación de un decenio para la Educación en la esfera de los derechos humanos

- Solicita al Consejo Económico y Social que pida a la Asamblea General que proclame el período de 10 años que se inicia el 1º de enero de 1995, como decenio para la educación en la esfera de los derechos humanos.

- Ruega al Secretario General que considere el establecimiento de un fondo voluntario para la educación de los derechos humanos, con una provisión especial para apoyo de las actividades de las organizaciones no gubernamentales.

- Alienta a los órganos de seguimiento a que consideren solicitar a los Estados partes que incluyan en sus informes, de conformidad con los tratados, informaciones relacionadas con el contexto y alcance de la educación en la esfera de los derechos humanos.

1994/52

Asistencia a Guatemala en materia de derechos humanos

- Expresa su adhesión a la movilización de la sociedad guatemalteca que hizo posible la restauración del orden constitucional y del estado de derecho, frente a los acontecimientos ocurridos el 25 de mayo de 1993.

- Exhorta al gobierno a que intensifique las investigaciones que permitan identificar y someter a la acción judicial a todos los responsables de las violaciones de los derechos humanos, como así también a que indemnice a las víctimas y a que facilite las actividades de los organismos tanto oficiales como no gubernamentales.

- Insta al Gobierno de Guatemala a que promueva acciones concretas que permitan a la población tener acceso a mejores niveles de vida y que continúe el proceso de retorno de refugiados, brindando las facilidades necesarias para la pronta reubicación en sus lugares de origen.

- Insta también al gobierno de Guatemala a que, a la brevedad, considere la ratificación de los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, en los cuales no es parte.

1994/60

Asistencia a Somalia en materia de derechos humanos

- Insta a todos los somalíes a que colaboren para lograr la paz y la seguridad en Somalia, y garanticen la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos sus habitantes, como así también a que respeten el derecho internacional humanitario, protejan a los civiles y a los trabajadores de socorro humanitario contra las lesiones y muerte.

- Exhorta a la Dependencia de Derechos Humanos a prestar especial atención al suministro de asistencia para el fortalecimiento de los sistemas policial, judicial y penitenciario en Somalia de forma compatible con las normas internacionalmente aceptadas para la justicia penal.

1994/62

El Salvador

- Preocupada porque pese a las mejoras registradas en materia de derechos humanos aún persisten algunos actos de violencia que podrían afectar el proceso de paz y reconciliación nacional.

- Manifiesta su satisfacción y reconocimiento al Gobierno de El Salvador y al Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional por haber cumplido la mayoría de los compromisos asumidos y por haber superado varios obstáculos en el marco del proceso de paz y reconciliación.

- Reconoce, sin embargo, que persisten circunstancias negativas en relación al respeto del derecho a la vida y continúa siendo insatisfactoria la capacidad del sistema judicial para esclarecer y sancionar violaciones a los derechos humanos.

- Recomienda la continuación del programa de transferencia de tierras, el programa de reinserción de los ex combatientes a la sociedad civil, el despliegue de la nueva policía nacional civil y la aprobación de la Ley sobre servicios de seguridad privada.

- Expresa su apoyo a la Declaración del 5 de noviembre de 1993 titulada "Compromiso de los candidatos presidenciales a la paz y la estabilidad en El Salvador", en la cual los candidatos se comprometieron a mantener la evolución constructiva del proceso de paz y rechazaron todas las formas de violencia o intimidación política.

1994/63

Cuestión de los derechos sindicales

- Reconociendo el importantísimo papel de los sindicatos en los esfuerzos por lograr la justicia social y de la Organización Internacional del Trabajo [OIT] en la promoción y protección de los derechos sindicales, y preocupada porque en muchos países las personas que ejercen sus derechos sindicales son objeto de graves violaciones de sus derechos humanos básicos, hace un llamamiento a los Estados para que aseguren las condiciones que permitan el ejercicio libre y pleno de los derechos sindicales.

- Pide a los Estados que hagan participar a organizaciones sindicales representativas en los procesos efectivos de participación popular, incluso mediante mecanismos de consulta, y que además, luchen por el suministro de un lugar de trabajo sano y seguro.

- Alienta a los Estados Miembros a que eliminen todas las formas de discriminación en el lugar de trabajo, particularmente la relativa a la mujer, mediante la adopción del principio de igual salario por trabajo de igual valor.

 

 

1994/64

Medidas adoptadas para combatir las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y otros tipos análogos de intolerancia

- Hace hincapié en la diferencia fundamental entre el racismo y la discriminación racial en forma de política gubernamental institucionalizada, como el apartheid, y otras formas de discriminación que se producen en sectores de muchas sociedades y son perpetradas por individuos o grupos, algunas de ellas dirigidas contra trabajadores migrantes.

- Exhorta a todos los gobiernos, organizaciones intergubernamentales, organismos competentes del sistema de Naciones Unidas, así como a organizaciones no gubernamentales, a que proporcionen información al Relator Especial y estimula a los gobiernos para que colaboren con él.

- Alienta al Relator Especial para que presente en el futuro recomendaciones sobre la enseñanza de los derechos humanos con el fin de evitar actos conducentes a todo tipo de discriminación.

1994/71

Situación de los derechos humanos en Cuba

- Condena la actitud del gobierno de Cuba que ha seguido negándose a cooperar con el Relator Especial y que se ha rehusado a permitirle que visite Cuba para cumplir su mandato.

- Lamenta las múltiples denuncias no atendidas sobre violaciones a los derechos humanos básicos y libertades fundamentales que se describen en el informe del Relator Especial, y expresa su especial preocupación por la intolerancia que prevalece en lo que respecta a la libertad de expresión y de reunión en Cuba.

- Pide al Gobierno de Cuba que aplique las medidas recomendadas en el informe del Relator Especial y ponga fin a todas las violaciones de los derechos humanos, en particular la detención y el encarcelamiento de los defensores de los derechos humanos y otras personas que ejercen pacíficamente sus derechos.

1994/72

Situación de los derechos humanos en el territorio de la ex Yugoslavia: violaciones de los derechos humanos en Bosnia y Herzegovina, Croacia y la República Federativa de Yugoslavia [Serbia y Montenegro]

- Lamenta y condena la continua negativa de las autoridades serbias de Bosnia a permitir al Relator Especial que lleve a cabo investigaciones en el territorio bajo su control.

- Expresa su alarma ante las comprobaciones de que está aumentando la influencia de las ideologías ultranacionalistas y de que el adoctrinamiento y la desinformación alientan el odio nacional y religioso.

- Condena el sitio de ciudades y otras zonas civiles, el bombardeo deliberado y criminal de las mismas -en particular en las declaradas "zonas seguras"-, así como el amedrentamiento y los asesinatos sistemáticos de civiles y no combatientes y la destrucción de servicios vitales.

- Reafirma que la práctica de "limpieza étnica" nunca debe legitimarse.

- Condena los actos deliberados para impedir la entrega de alimentos, suministros médicos y de otra índole, esenciales para la población civil.

- Condena también los ataques y el continuo hostigamiento de que es objeto la Fuerza de Protección de las Naciones Unidas así como el personal que trabaja con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y otras organizaciones humanitarias.

- Exige el cierre inmediato de todos los lugares de detención que no estén autorizados por los Convenios de Ginebra de 1949 y no cumplan sus condiciones.

- Insta a todas las partes del conflicto a que cooperen para determinar la suerte de miles de personas desaparecidas.

- Condena decididamente las medidas y prácticas de discriminación contra los albaneses étnicos de Kosovo; declara que el mejor medio de impedir la posible escalada del conflicto es salvaguardar los derechos humanos, establecer instituciones democráticas y restaurar la autonomía en Kosovo.

- Expresa su grave preocupación ante los informes del Relator Especial sobre las violaciones de los derechos humanos en Sandjak, tales como hostigamiento físico, secuestros, incendio de viviendas, registros sin orden judicial, confiscaciones y otras prácticas que tienen por objeto modificar la estructura étnica en favor de la población serbia.

1994/73

Situación de los derechos humanos en la República Islámica del Irán

- Expresa su profunda preocupación por los continuos informes de violaciones de los derechos humanos en la República Islámica del Irán, en particular el elevado número de ejecuciones, la práctica de la tortura y los casos de tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, la falta de garantías en un juicio justo, las restricciones de las libertades de expresión, pensamiento, opinión y prensa; y ante el hecho de que se sigue discriminando a la mujer.

- Manifiesta una profunda preocupación por la continua aplicación de la pena de muerte.

- Considera que reviste asimismo gravedad el hecho de que persisten amenazas contra la vida de Salman Rushdie así como contra personas asociadas con la labor de éste, amenazas que cuentan con el apoyo de la República Islámica del Irán.

- Insta al gobierno a abstenerse de actividades como las mencionadas contra miembros de la oposición iraní que residen en el extranjero.

- Exhorta al Gobierno de la República Islámica del Irán a que respete los instrumentos internacionales relativos a los derechos humanos y a que investigue y rectifique las cuestiones relacionadas con los derechos humanos, particularmente en lo que concierne a la administración de justicia y a los procesos con las debidas garantías legales.

1994/74

Situación de los derechos humanos en el Iraq

-Expresa su enérgica condena a las violaciones masivas de los derechos humanos de las que es responsable el Gobierno de Iraq y que han provocado una situación general de represión y opresión sustentadas por una discriminación de amplia base y un terror generalizado; en particular:

*Ejecuciones sumarias y arbitrarias, organizaciones de ejecuciones y entierros en masa en todo el país; ejecuciones extrajudiciales, incluso por motivos políticos en los centros chiítas del sur y en las marismas del sur;

*Práctica habitual y generalizada de la tortura sistemática en sus formas más crueles;

*Desapariciones forzadas o involuntarias.

- Exhorta al Gobierno de Iraq a que cumpla el Protocolo de Ginebra relativo a la prohibición del empleo en la guerra, de gases asfixiantes, tóxicos o similares;

- Exhorta una vez más al Iraq a que cumpla las obligaciones libremente contraídas en virtud de los Pactos y de otros instrumentos internacionales de derechos humanos, y en particular a que respete y garantice los derechos de todos las personas, independientemente de su origen, que se encuentren en su territorio y sujetos a su jurisdicción.

- Exige al Gobierno de Iraq que ponga fin al bombardeo de terrenos agrícolas perteneciente a kurdos iraquíes, coopere en la localización de campos de minas con miras a facilitar su acotamiento y limpieza, colabore con los organismos de ayuda internacionales en el suministro de asistencia humanitaria a la región curda septentrional y tome medidas para levantar el embargo.

- Expresa, además, particular alarma por todos los embargos internos que fundamentalmente no permiten excepciones respecto de las necesidades humanitarias y que impiden el disfrute equitativo de los alimentos y exhorta al Iraq, único responsable de este estado de cosas, a que los levante.

1994/77

Agresión y violación de mujeres en el territorio de la ex Yugoslavia

-Toma nota con profunda preocupación de los informes del Relator Especial y del Secretario General, relativos a la agresión y violación de mujeres en el territorio de la ex Yugoslavia, en particular en Bosnia y Herzegovina, y reconoce la labor que realizan las organizaciones humanitarias.

- Condena enérgicamente las horrendas prácticas de agresión y violación de mujeres y niñas en las zonas de conflicto armado de la ex Yugoslavia, donde la práctica de la violación se utiliza como arma de guerra y como instrumento de la política de "limpieza étnica", en particular contra mujeres y niñas musulmanas en Bosnia y Herzegovina.

- Exige que las partes involucradas pongan fin inmediatamente a los actos ultrajantes que constituyen una transgresión flagrante del Derecho Humanitario Internacional [Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales].

- Celebra la creación, por el Consejo de Seguridad, de un Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de las violaciones graves del Derecho Internacional Humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia desde 1991; y aspira a que las personas acusadas de cometer o ayudar a cometer violaciones y violaciones sexuales como arma de guerra en la ex Yugoslavia sean juzgadas por este Tribunal.

- Reafirma que todas las personas que perpetren o autoricen transgresiones del Derecho Internacional Humanitario son individualmente responsables y también lo son quienes ocupan cargos de autoridad y no hayan procurado debidamente que sus subordinados cumplan lo dispuesto en los instrumentos internacionales pertinentes.

- Insta a los Estados Miembros de las Naciones Unidas a que hagan todo lo necesario por enjuiciar a los involucrados directa o indirectamente en los crímenes internacionales y acojan a refugiados procedentes de la ex Yugoslavia.

1994/80

Situación de los derechos humanos en Haití

-Expresa su profunda preocupación por los graves hechos ocurridos en Haití a partir del 29 de septiembre de 1991, que ocasionaron la interrupción del proceso democrático en ese país y llevaron consigo la pérdida de vidas humanas y la violación de los derechos humanos.

- Expresa su reconocimiento al Relator Especial por su informe; asimismo le pide que realice una pronta visita a Haití y presente un informe provisional a la Asamblea General y un informe final a la Comisión de Derechos Humanos.

- Reitera su enérgica condena por el derrocamiento del Presidente Constitucional electo, Sr Jean B. Aristide.

- Manifiesta su preocupación por el aumento de las violaciones de los derechos humanos y por la suerte de los nacionales haitianos que huyen del país.

- Expresa su pleno apoyo a la Misión Civil Internacional de Observadores de las Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos [OEA] y les pide a los Estados miembros de estos organismos que incrementen la ayuda humanitaria a la población haitiana y alienten el fortalecimiento de la coordinación institucional entre los organismos especializados, y entre las Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos.

- Expresa su convicción de que la total aplicación del Acuerdo de Governors Island por todas las partes constituye la única vía válida para solucionar la crisis en Haití.

1994/82

Ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias

- Recordando la Declaración Universal de Derechos Humanos, que garantiza el derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de la persona y teniendo en cuenta las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, expresa su profunda alarma por la práctica en gran escala de ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, y condena especialmente las violaciones del derecho a la vida de los menores y, en particular, de los niños y adolescentes sin hogar.

- Insta urgentemente a los gobiernos, a los órganos y organismos de las Naciones Unidas, a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales a que adopten medidas eficaces para combatir y eliminar el fenómeno de las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias.

- Pide al Relator Especial que continúe vigilando el cumplimiento de las normas internacionales existentes sobre salvaguardias y restricciones para la aplicación de la pena capital teniendo en cuenta los comentarios hechos por el Comité de Derechos Humanos en su interpretación del art. 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como de su segundo Protocolo Facultativo.

- Insta a los gobiernos a que adopten todas las medidas necesarias y posibles para impedir la pérdida innecesaria de vidas en situaciones de manifestaciones, violencia interna y comunitaria, disturbios, tensiones y emergencias públicas.

1994/83

Situación de los derechos humanos en el Líbano Meridional

- Gravemente preocupada por las prácticas emprendidas por las fuerzas de ocupación israelíes en el Líbano Meridional, que constituyen una violación de los principios del derecho internacional relativo a la protección de los derechos humanos, deplora la reiterada agresión israelí en el Líbano Meridional, en especial, el ataque en el sur y el oeste del Bekaa en julio de 1993, que causó gran número de muertos y heridos.

- Manifiesta su esperanza de que las medidas y los esfuerzos encaminados al logro de la paz en el Oriente Medio pongan fin a las violaciones de derechos humanos en la zona ocupada del Líbano Meridional.

- Expresa su preocupación por el hecho de que se esté impidiendo al Comité Internacional de la Cruz Roja y a otras organizaciones humanitarias desempeñar sus tareas en el territorio ocupado del Líbano Meridional.

- Exhorta al Gobierno de Israel a que ponga fin a las mencionadas prácticas y aplique las resoluciones del Consejo de Seguridad que piden que Israel se retire de inmediato de manera total e incondicional de todo el territorio libanés y respete la soberanía, independencia e integridad territorial del Líbano.

 

1994/89

Situación en Guinea Ecuatorial

-Manifiesta que las condiciones en que se llevaron a cabo las elecciones legislativas de 21 de noviembre de 1993, no aseguraron un carácter de transparencia y no permitieron a la oposición política una adecuada participación.

- Expresa su preocupación porque las autoridades continúan de manera persistente con el arresto y detención arbitrarios de opositores políticos, a menudo acompañados de tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes, en algunas ocasiones con resultados de muerte.

- Lamenta que el gobierno de Guinea Ecuatorial no haya cumplido cabalmente los compromisos asumidos con las fuerzas políticas en el Pacto Nacional acordado el 18 de marzo de 1993.

- Lamenta la situación y condición jurídica y social de la mujer en Guinea Ecuatorial.

- Alienta al Gobierno de este país a que facilite el retorno de los exiliados y refugiados y a que tome medidas que permitan la participación de todos los ciudadanos.

Informe del Comité de Derechos Humanos

Presentado a la Asamblea General en su cuadragésimo noveno período de sesiones

Islandia

El Comité, resaltando los aspectos positivos, se congratula de que una nueva ley establezca la separación entre el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo, así como por los cambios introducidos en el sistema y procedimientos judiciales; también por la ley sobre la igualdad de condición y derechos de la mujer y el establecimiento de los Comités de la Igualdad de los Derechos a nivel municipal.

Sugiere y recomienda a Islandia que incorpore las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en la legislación interna en un pie de igualdad con los instrumentos regionales de derechos humanos, que considere la posibilidad de modificar la Constitución a fin de reflejar las disposiciones del mencionado Pacto, que reexamine la necesidad de mantener las reservas, con miras a retirarlas y que adopte medidas a fin de dar mayor difusión a sus disposiciones.

Noruega

El Comité, resaltando los aspectos positivos, se congratula por el nivel alcanzado en el respeto de los derechos humanos, por la ratificación del Segundo Protocolo Facultativo del Pacto sobre abolición de la pena de muerte; destaca el esfuerzo realizado respecto de la promoción de la educación de derechos humanos en las escuelas y universidades, así como la capacitación para los miembros de la Policía; acoge con satiafacción la creación de órganos investigadores independientes para estudiar las denuncias de delitos perpetrados por miembros de la policía, cuyos informes han sido seguidos por una serie de enjuiciamientos. Asimismo celebra la concesión a los extranjeros del derecho de voto y a desempeñar un cargo público.

Sugiere y recomienda a Noruega anular las disposiciones anticuadas de la Constitución, en relación con la libertad de conciencia, religión y expresión y adecuarlas al Pacto; y se estudie la reserva hecha al art. 14 del Pacto, con miras a retirarla.

 

Japón

El Comité, resaltando los aspectos positivos, menciona la mejora de la situación de los derechos humanos en el país, la ayuda del Japón a la promoción de los derechos humanos en el plano internacional, la conciencia de la sociedad de este país de las disposiciones del Pacto, que se confirma en el interés de organizaciones no gubernamentales japonesas.

El Comité sugiere y recomienda al Japón que ratifique ambos Protocolos Facultativos del Pacto y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; que enmiende la legislación relativa a los niños nacidos fuera del matrimonio y que tome medidas tendientes a abolir la pena de muerte.

Rumania

El Comité, resaltando los aspectos positivos, subraya los cambios producidos en relación al avance hacia la democracia y el pluralismo, la reforma de la legislación interna [en especial la constitucional] que permite al Pacto y otros instrumentos de derechos humanos ocupar una posición superior en la jerarquía jurídica; destaca también la abolición de la pena de muerte y la adhesión al Primer y Segundo Protocolo Facultativos.

Sugiere y recomienda a Rumania que garantice que todas las leyes sean compatibles con las disposiciones del Pacto, que tome medidas para luchar contra las actitudes racistas y xenófobas, que ejerza un mayor control sobre la policía debido al reciente pasado autoritario del que está saliendo la sociedad, que fortalezca la situación de la mujer y los niños en la igualdad de oportunidades, que procure reducir la mortalidad infantil y que aliente la cultura de la independencia en el poder judicial.

México

El Comité, resaltando los aspectos positivos, menciona el establecimiento de la Comisión Nacional de Derechos Humanos encargada de realizar investigaciones y de formular recomendaciones al gobierno, la preparación de una legislación para reprimir la tortura e indemnizar a las víctimas de esa práctica, la ampliación del derecho de voto y la posibilidad que se ofrece a organizaciones no gubernamentales de llegar con su trabajo a todo el territorio del país.

Sugiere y recomienda a México que dote a la Comisión Nacional de Derechos Humanos de los poderes necesarios para un funcionamiento eficaz e independiente, que se investiguen los casos de ejecuciones extrajudiciales, torturas y detenciones arbitrarias, lleve a juicio y castigue a los culpables e indemnice a las víctimas; sugiere por otra parte la adopción de medidas que permitan velar por una representación equitativa del cuerpo electoral en su totalidad y para que los escrutinios se realicen sin fraude.

Camerún

El Comité, resaltando los aspectos positivos, menciona la creación de un Comité Nacional de Derechos Humanos y Libertades, así como las leyes promulgadas, relativas a partidos políticos, que establecen el pluripartidismo.

Sugiere y recomienda a Camerún que aproveche la reforma constitucional para introducir en el ordenamiento jurídico nacional todos los derechos garantizados en el Pacto; adopte disposiciones para organizar elecciones libres, equitativas y transparentes; revise el Código Penal a fin de limitar las infracciones que se sancionan con la pena de muerte; adopte medidas para impedir las ejecuciones sumarias, la tortura, los malos tratos y detenciones ilegales; se investiguen los casos de ese tipo, se juzgue y castigue a los culpables e indemnice a las víctimas; se tomen urgentemente las medidas necesarias para asegurar que en las cárceles y centros de detención se respeten las disposiciones del Pacto; se garantice la independencia y la imparcialidad de los tribunales; se mejore la situación de la mujer, adoptando medidas educativas para vencer el obstáculo de ciertas costumbres o prácticas contrarias a sus derechos; y se elimine definitivamente la censura.

El Salvador

El Comité, subrayando los aspectos positivos, celebra que la situación en materia de derechos humanos y el progreso en la consolidación de la paz y el imperio de derecho hayan mejorado; celebra también la creación de la Comisión de la verdad y de la Comisión ad hoc encargada de investigar los abusos en materia de derechos humanos, de recomendar la adopción de medidas contra los responsables y de evitar que tales abusos vuelvan a repetirse; el establecimiento de la Procuraduría Nacional para la Defensa de los Derechos Humanos y de la Oficina de Información de Detenidos; la primacía acordada en la Constitución a los instrumentos internacionales de derechos humanos sobre la legislación interna.

Sugiere y recomienda a El Salvador que examine el efecto de la ley de amnistía y que enmiende o derogue esa ley, según sea necesario; que adopte medidas urgente para evitar que sigan cometiéndose violaciones de los derechos humanos; que se investiguen las violaciones, castigue a los responsables e indemnice a las víctimas; que fortalezca la Procuraduría Nacional para la defensa de los derechos humanos tanto en lo relativo a la competencia como a los recursos, con el fin de asegurar que ésta pueda desempeñar eficazmente sus funciones; que realice una reforma al sistema judicial, con el fin de establecer un sistema independiente e imparcial; que incorpore todos los artículos del Pacto en el sistema jurídico nacional; que se proporcione capacitación en derechos humanos a policías, jueces y militares; que se imparta enseñanza sobre derechos humanos en las escuelas; y que se promueva la participación activa de las organizaciones no gubernamentales en el proceso de democratización del país.

Jordania

El Comité menciona como aspectos positivos al proceso democrático iniciado en 1989, el levantamiento del estado de excepción y la derogación de las leyes de defensa y marcial; la liberación de presos políticos y la reincorporación de los funcionarios expulsados por razones políticas; los esfuerzos por reformar la legislación, en particular la ley de prensa y la ley de partidos políticos; la creación de una Comisión de Derechos Humanos y el establecimiento de las secciones jordanas de la Organización Arabe de Derechos humanos y Amnistía Internacional.

Sugiere y recomienda a Jordania que continúe la reforma legislativa prevista en la Carta Nacional y aproveche para incorporar al derecho interno todas las disposiciones del Pacto; que estudie la posibilidad de pasar a ser parte en el Primer Protocolo Facultativo del Pacto así como también la posibilidad de abolir la pena de muerte y de adherirse al Segundo Protocolo Facultativo; que impida y ponga fin a las actitudes discriminatorias y los prejuicios contra la mujer; que considere la supresión del Tribunal de Seguridad del Estado; que los lugares de detención que dependan del Departamento Central de Inteligencia queden sometidos a la supervisión de las autoridades judiciales; que se adopten medidas para garantizar que no se produzcan actos de torturas, malos tratos y detenciones ilegales; se investigue, juzgue y castigue a los culpables de tales actos; que la detención administrativa y el régimen de incomunicación se apliquen en casos muy limitados y excepcionales, que se adopten más medidas que garanticen la libertad de religión y se elimine la discriminación; y que se tomen medidas para la mayor difusión del contenido de las disposiciones del Pacto.

Italia

El Comité subraya como aspectos positivos el nivel que ha alcanzado el respeto de los derechos humanos, el compromiso asumido por el Estado en la promoción y protección de los mismos; los esfuerzos realizados por promover la igualdad de oportunidades para la mujer; la aprobación de una ley destinada a fortalecer la prevención, la eliminación y el castigo de actos racistas; los acuerdos concertados entre el Estado y determinadas instituciones religiosas, así como el establecimiento de una oficina especial sobre la igualdad religiosa; las medidas adoptadas para proteger y promover los derechos de las personas pertenecientes a minorías lingüísticas.

Sugiere y recomienda a Italia revisar sus reservas al Pacto con miras a retirarlas; la adhesión al Segundo Protocolo Facultativo al Pacto; que considere la tipificación de la tortura como un delito penal concreto; que fortalezca aún más las medidas encaminadas a proteger los derechos de los detenidos, investigando rápidamente las acusaciones de malos tratos, impidiendo que se cometan tales actos mediante actividades que garanticen la observancia de las normas relativas a los detenidos; que se reduzca la duración de la detención preventiva; que proporcione capacitación en materia de derechos humanos a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y al servicio penitenciario; que continúe el fortalecimiento de programas de enseñanza y capacitación con miras a eliminar la discriminación racial y promover la tolerancia y la comprensión entre los pueblos y las razas; y que garantice la participación de la mujer en la vida pública y una protección más efectiva de la misma contra todo tipo de violencia.

Azerbaiyan

El Comité destaca como aspectos positivos la declaración (por adhesión) del Estado por la cual manifiesta que esta obligado por el Pacto, aunque hubiera sido correcto que se considerara sucesor en las obligaciones del Pacto como Estado Miembro de la Ex Unión Soviética; también que el Estado no negó responsabilidad con respecto a los acontecimientos que han ocurrido después de la independencia pero antes de la adhesión; los esfuerzos hechos para incluir los derechos humanos en la nueva Constitución, la adopción de nuevas leyes sobre la materia y la garantía del imperio del derecho; y la demostración de voluntad de realizar reformas en el Poder judicial.

Sugiere y recomienda a Azerbaiyan que revise la legislación antigua para establecer un sistema democrático de acuerdo al Pacto; que ponga fin a las violaciones graves de los derechos humanos que se han producido y se producen, se investigue, castigue a los culpables e indemnice a las víctimas; que se reduzca la aplicación de la pena de muerte y se establezca el derecho de apelación de las sentencias que impongan la pena capital; que se modifique el sistema judicial y quede abolida la antigua "procuratura"; que se introduzcan en la legislación garantías a la libertad de información y de prensa; que se asegure el pluralismo de los partidos políticos y se supriman los obstáculos a su registro; que se elaboren textos legislativos destinados a proteger los derechos de las minorías; que se intensifiquen la información y educación en materia de derechos humanos; y que se considere la posibilidad de adhesión al Primer Protocolo Facultativo del Pacto.

Chipre

El Comité subraya como aspectos positivos que Chipre cuenta con disposiciones constitucionales e instituciones democráticas que aseguran el respeto básico del imperio de la ley y la protección de los derechos; y que hay organizaciones no gubernamentales que trabajan activamente en la promoción de los derechos humanos. Celebra la reforma legislativa general que comprende disposiciones del Pacto, como ser las relativas a procedimiento de arresto y detención, a la legislación laboral y al derecho de familia, contra la incitación al odio racial o religioso, contra la deportación de extranjeros, contra la violencia en perjuicio de la mujer; celebra también la existencia de la Comisión encargada de investigar las denuncias y acusaciones formuladas contra la policía y el proyecto de ley en trámite destinado a enmendar la Ley sobre el Comisionado de Administración, "ombudsman", a fin de que incluya entre sus funciones la de examinar las denuncias por malos tratos.

Sugiere y recomienda a Chipre que ajuste la legislación y los procedimientos administrativos a los requisitos del Pacto, en especial estipular en el Código Penal la presunción de inocencia, la legislación que impida el encarcelamiento por deudas civiles y que se eliminen las restricciones a la libertad de expresión y de reunión; que se adhiera al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto; que adopte medidas para asegurar la investigación de las denuncias de tortura o malos tratos a los detenidos, juzgar y sancionar a los culpables de tales actos e impartir capacitación profesional a los encargados de hacer cumplir la ley; que enmiende las leyes relativas a los objetores de conciencia; que asegure la igualdad de derechos de la mujer, su participación en el proceso político y la aplicación efectiva de las leyes sobre violencia en el hogar; que revise y enmiende la legislación acerca de la protección del niño; y la imposición de la pena de muerte.

Eslovenia

El Comité menciona como aspectos positivos la transición a la democracia; la incorporación de los derechos humanos en la Constitución y la armonización de las leyes internas; la decisión de reparar a las víctimas de las violaciones a los derechos humanos cometidas por el antiguo régimen; la calidad de Eslovenia como estado Parte en instrumentos de derechos humanos como los dos Protocolos facultativos al Pacto; la abolición de la pena de muerte y la creación de la figura del "ombudsman" para proteger la observancia de estos derechos.

Sugiere y recomienda a Eslovenia traduzca a todos los idiomas que se hablan en el país los textos del Pacto y sus Protocolos Facultativos; adopte medidas para afianzar la participación de la mujer en la gestión de los asuntos públicos y en la vida económica y social del país, y para la protección contra todo tipo de violencia en perjuicio de la mujer; abrevie considerablemente el período máximo de la prisión preventiva; y garantice a todas las personas pertenecientes a minorías el disfrute pleno y en igualdad de condiciones de los derechos reconocidos en el Pacto.

Burundi

El Comité observa como aspectos positivos el hecho de que organizaciones gubernamentales extranjeras hayan podido realizar, sin obstáculos, investigaciones sobre las violaciones a los derechos humanos en el país, y podido tomar medidas para restablecer la paz civil entre los componentes de la población, a pesar de los resultados.

Sugiere y recomienda a Burundi iniciar un proceso de reconciliación nacional, a través del establecimiento de comisiones de investigación integradas por personas pertenecientes a diferentes etnias, u observadores imparciales extranjeros que colaboren para permitir que se identifique a las personas responsables de las violaciones masivas a los derechos humanos ocurridas en 1993, sancionarlas y juzgarlas; que proceda a depurar los diferentes cuerpos del Estado, en particular el ejército y la policía; se proceda a indemnizar a las víctimas y a sus familias; se utilicen los medios de comunicación para promover la reconciliación nacional; se garantice la participación equilibrada de todos los componentes de la población en la gestión de los asuntos públicos y el acceso sin discriminación de todo ciudadano a las funciones públicas; que el ejército quede de nuevo bajo el control efectivo de las autoridades civiles; que la magistratura y la administración actúen imparcialmente y sean representativos de toda la población; y recomienda al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que siga ocupando sus esfuerzos en favor del país para evitar nuevas violaciones, fomentando un mecanismo internacional de investigación y prestando asesoramiento técnico en materia de derechos humanos con la colaboración del Centro de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.