GUATEMALA
(Ciudad de Guatemala, Guatemala, 29 de diciembre
de 1996)
Considerando
Que con la
suscripción del presente Acuerdo se pone fin a más de tres décadas de
enfrentamiento armado en Guatemala, y concluye una dolorosa etapa de nuestra
historia,
Que a lo
largo de los últimos años, la búsqueda de una solución política al
enfrentamiento armado ha generado nuevos espacios de diálogo y entendimiento
dentro de la sociedad guatemalteca,
Que de
aquí en adelante empieza la tarea de preservar y consolidar la paz, que debe
unir los esfuerzos de todos los guatemaltecos,
Que para
ese fin el país dispone, con los Acuerdos de Paz, de una agenda integral
orientada a superar las causas del enfrentamiento y sentar las bases de un
nuevo desarrollo,
Que el
cumplimiento de estos acuerdos constituye un compromiso histórico e
irrenunciable,
Que para
conocimiento de las generaciones presentes y futuras, es conveniente recoger el
sentido profundo de los compromisos de paz,
El
Gobierno de la República de Guatemala y la Unidad Revolucionaria Nacional
Guatemalteca acuerdan lo siguiente:
I.
Conceptos
1. Los Acuerdos de Paz expresan consensos de carácter nacional. Han sido
avalados por los diferentes sectores representados en la Asamblea de la
Sociedad Civil y fuera de ella. Su cumplimiento progresivo debe satisfacer las
legítimas aspiraciones de los guatemaltecos y, a la vez, unir los esfuerzos de
todos en aras de esos objetivos comunes.
2. El Gobierno de la República reafirma su adhesión a los principios y
normas orientadas a garantizar y proteger la plena observancia de los derechos
humanos, así como su voluntad política de hacerlos respetar.
3. La población desarraigada por el enfrentamiento armado tiene derecho
a residir y vivir libremente en el territorio guatemalteco. El Gobierno de la
República se compromete a asegurar su retorno y reasentamiento, en condiciones
de dignidad y seguridad.
4. Es un derecho del pueblo de Guatemala conocer plenamente la verdad
sobre las violaciones de los derechos humanos y los hechos de violencia
ocurridos en el marco del enfrentamiento armado interno. Esclarecer con toda
objetividad e imparcialidad lo sucedido, contribuirá a que se fortalezca el
proceso de conciliación nacional y la democratización en el país.
5. El reconocimiento de la identidad y derechos de los pueblos indígenas
es fundamental para la construcción de una nación de unidad nacional
multiétnica, pluricultural y multilingüe. El respeto y ejercicio de los
derechos políticos, culturales, económicos y espirituales de todos los
guatemaltecos, es la base de una nueva convivencia que refleje la diversidad de
su Nación.
6. La paz firme y duradera debe orientarse sobre un desarrollo
socioeconómico participativo orientado al bien común, que responda a las
necesidades de toda la población. Dicho desarrollo requiere de justicia social
como uno de los pilares de la unidad y solidaridad nacional, y de crecimiento
económico con sostenibilidad, como condición para atender las demandas sociales
de la población.
7. Es fundamental para lograr la justicia social y el crecimiento
económico, la participación efectiva de los ciudadanos y ciudadanas de todos
los sectores de la sociedad. Corresponde al Estado ampliar estas posibilidades
de participación y fortalecerse como orientador del desarrollo nacional, como
legislador, como fuente de inversión pública y proveedor de servicios básicos,
como promotor de la concertación social y de la resolución de conflictos. Para
ello el Estado requiere elevar la recaudación tributaria y priorizar el gasto
público hacia la inversión social.
8. En la búsqueda del crecimiento, la política económica debe orientarse
a impedir que se produzcan procesos de exclusión socioeconómica, como el
desempleo y el empobrecimiento, y a optimizar los beneficios del crecimiento
económico para todos los guatemaltecos. La elevación del nivel de vida, la
salud, la educación, la seguridad social y la capacitación de los habitantes,
constituyen las premisas para acceder al desarrollo sostenible de Guatemala.
9. El Estado y los sectores organizados de la sociedad deben aunar
esfuerzos para la resolución de la problemática agraria y el desarrollo rural,
que son fundamentales para dar respuesta a la situación de la mayoría de la
población que vive en el medio rural, y que es la más afectada por la pobreza,
las iniquidades y la debilidad de las instituciones estatales.
10. El fortalecimiento del poder civil es una condición indispensable
para la existencia de un régimen democrático. La finalización del
enfrentamiento armado ofrece la oportunidad histórica de renovar las
instituciones para que, en forma articulada, puedan garantizar a los habitantes
de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el
desarrollo integral de la persona. El Ejército de Guatemala debe adecuar sus
funciones a una nueva época de paz y democracia.
11. La incorporación de URNG a la legalidad en condiciones de seguridad
y dignidad constituye un factor de interés nacional, que responde al objetivo
de la conciliación y del perfeccionamiento de un sistema democrático sin
exclusiones.
12. Las reformas constitucionales contenidas en los Acuerdos de Paz,
constituyen la base sustantiva y fundamental para la conciliación de la
sociedad guatemalteca en el marco de un Estado de derecho, la convivencia
democrática, la plena observancia y el estricto respeto de los derechos humanos.
13. Las elecciones son esenciales para la transición que vive Guatemala
hacia una democracia funcional y participativa. El perfeccionamiento del
régimen electoral permitirá afianzar la legitimidad del poder público y
facilitar la transformación democrática del país.
14. La implementación de la agenda nacional derivada de los Acuerdos de
Paz, constituye un proyecto complejo y de largo plazo que requiere la voluntad
de cumplir con los compromisos adquiridos y el involucramiento de los
Organismos del Estado y de las diversas fuerzas sociales y políticas
nacionales. Este empeño supone una estrategia que priorice con realismo el
cumplimiento gradual de los compromisos, de forma tal que se abra un nuevo
capítulo de desarrollo y convivencia democrática en la historia de Guatemala.
II.
Vigencia de los Acuerdos de Paz
15. Al presente Acuerdo de Paz Firme y Duradera quedan integrados todos
los Acuerdos suscritos con base en el Acuerdo Marco sobre Democratización para
la Búsqueda de la Paz por Medios Políticos, suscrito en la Ciudad de Querétaro,
México, el 25 de julio de 1991 y a partir del Acuerdo Marco para la Reanudación
del Proceso de Negociación entre el Gobierno de Guatemala y la Unidad
Revolucionaria Nacional Guatemalteca, suscrito en la Ciudad de México el 10 de
enero de 1994. Dichos acuerdos son:
- El Acuerdo Global sobre Derechos Humanos, suscrito en la Ciudad de
México el 29 de marzo de 1994;
- El Acuerdo para el Reasentamiento de las Poblaciones Desarraigadas por
el Enfrentamiento Armado, suscrito en Oslo el 17 de junio de 1994;
- El Acuerdo sobre el Establecimiento de la Comisión para el
Esclarecimiento Histórico de las Violaciones a los Derechos Humanos y los
Hechos de Violencia que han Causado Sufrimientos a la Población Guatemalteca,
suscrito en Oslo el 23 de junio de 1994;
- El Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas,
suscrito en la Ciudad de México el 31 de marzo de 1995;
- El Acuerdo sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria,
suscrito en la Ciudad de México el 6 de mayo de 1996;
- El Acuerdo sobre Fortalecimiento del Poder Civil y Función del
Ejército en una Sociedad Democrática, suscrito en la Ciudad de México el 19 de
septiembre de 1996;
- El Acuerdo sobre el Definitivo Cese al Fuego, suscrito en Oslo el 4 de
diciembre de 1996;
- El Acuerdo sobre Reformas Constitucionales y Régimen Electoral,
suscrito en Estocolmo el 7 de diciembre de 1996;
- El Acuerdo sobre Bases para la Incorporación de URNG a la Legalidad,
suscrito en Madrid el 12 de diciembre de 1996;
- El Acuerdo sobre Cronograma para la Implementación, Cumplimiento y
Verificación de los Acuerdos de Paz, suscrito en la Ciudad de Guatemala el 29
de diciembre de 1996.
16. Con excepción del Acuerdo Global sobre Derechos Humanos, que está en
vigencia desde su suscripción, todos los acuerdos integrados al Acuerdo de Paz
Firme y Duradera cobran formal y total vigencia en el momento de la firma del
presente Acuerdo.
III.
Reconocimiento
17. Al culminar el histórico proceso de negociación para la búsqueda de
la paz por medios políticos, el Gobierno de Guatemala y la Unidad
Revolucionaria Nacional Guatemalteca dejan constancia de su reconocimiento a
los esfuerzos nacionales e internacionales que han coadyuvado a la conclusión
del Acuerdo de Paz Firme y Duradera en Guatemala. Resaltan el papel de la
Comisión Nacional de Reconciliación, de la Conciliación, de la Asamblea de la
Sociedad Civil, y de la Moderación de las Naciones Unidas. Valoran asimismo el
acompañamiento del Grupo de Países Amigos del Proceso de Paz de Guatemala, integrado
por la República de Colombia, el Reino de España, los Estados Unidos de
América, los Estados Unidos Mexicanos, El Reino de Noruega y la República de
Venezuela.
IV.
Disposiciones Finales
Primera.-
El Acuerdo de Paz Firme y Duradera entra en vigencia en el momento de su
suscripción.
Segunda.-
Se dará la más amplia divulgación al presente Acuerdo, en especial a través de
los programas oficiales de educación.
Por el
Gobierno de Guatemala
Gustavo
PORRAS CASTEJÓN
Otto PÉREZ
MOLINA
General de
Brigada
Raquel
ZELAYA ROSALES
Richard
AITKENHEAD CASTILLO
Por la
Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca
Ricardo
RAMÍREZ DE LEÓN
(Comandante
Rolando MORÁN)
Jorge
Ismael SOTO
(Comandante
Pablo MONSANTO)
Ricardo
ROSALES ROMÁN
(Carlos
GONZÁLES)
Jorge
Edilberto ROSAL MELÉNDEZ
Por las
Naciones Unidas
Boutros
BOUTROS-GHALI