Anuario de Relaciones Internacionales, Año 1997 CRONOLOGIA DOCUMENTAL

 

CRONOLOGIA DOCUMENTAL
N
aciones Unidas

Resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos.

 

1996 /1. Situación de los derechos humanos en Burundi.

Condenó la violencia que se sigue ejerciendo contra las poblaciones civiles, en particular los refugiados, las personas desplazadas y el personal humanitario internacional, así como los asesinatos de funcionarios gubernamentales, los intentos de socavar la legitimidad del gobierno y las matanzas de civiles que siguen ocurriendo en ese país.

Exhortó a las autoridades burundianas a poner fin a la situación de impunidad que reina en ese país, e instó a los sectores civiles, gubernamentales y militares a promover el diálogo con miras a la reconciliación nacional.

1996/2. Los derechos humanos en el Golán Sirio ocupado.

Profundamente preocupada por los sufrimientos de la población del Golán Sirio ocupado, causado por la violación a los derechos humanos desde la ocupación militar israelí en 1967, exhortó a Israel -potencia ocupante- a que desista de modificar el carácter físico, la composición demográfica, la estructura institucional y la condición jurídica de ese país, e hizo hincapié en que debe permitirse que las personas desplazadas puedan regresar a sus hogares y recuperar sus bienes.

Instó a Israel a que desista de imponer su nacionalidad a los ciudadanos sirios en el Golán ocupado. Declaró que todas las medidas, actos legislativos y administrativos que haya adoptado o pueda adoptar Israel con el propósito de modificar el carácter y la condición jurídica del Golán Sirio ocupado, son nulos y constituyen violaciones patentes al Derecho Internacional y al Convenio de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de personas civiles en tiempo de guerra. En ese sentido, exhortó a los Estados miembros a no reconocer ninguno de estos actos.

1996/3. Cuestión de la violación de los derechos humanos en los territorios árabes ocupados, incluida Palestina.

Lamentó profundamente que continúen las violaciones de los derechos humanos en el territorio palestino ocupado, aún luego de la firma de la Declaración de Principios sobre las disposiciones relacionadas con un Gobierno Autónomo Provisional, por el gobierno de Israel y la Organización para la Liberación de Palestina el 13 de septiembre de 1993.

Particularmente condenó que aún subsistan las acciones que provocan la muerte y la detención de miles de palestinos sin juicio previo; la ampliación y el establecimiento de asentamientos israelíes; la confiscación de los bienes; y la expropiación de tierras.

Como consecuencia de ello instó a Israel a poner fin a estas acciones, así como a la imposición de castigos colectivos, a la demolición de casas y al cierre del territorio palestino.

Por último, pidió a Israel que se retire del territorio palestino, incluida Jerusalén, y demás territorios árabes ocupados.

1996/4. Asentamientos israelíes en los territorios árabes ocupados.

Tomó nota de que la cuestión de los asentamientos israelíes en los territorios ocupados será examinada en las negociaciones sobre el estatuto definitivo de los territorios, que comenzara en mayo de 1996, y consideró que la cesación total de la política de expansión israelí facilitará enormemente esas negociaciones.

Instó al gobierno de Israel a abstenerse de instalar colonos en los territorios ocupados y reafirmó que la instalación de civiles israelíes en esos territorios es ilegal, y constituye una violación a las disposiciones del Convenio de Ginebra de 1949, relativo a la protección de personas civiles en tiempo de guerra.

1996/6. Cuestión del Sahara Occidental.

Expresó la esperanza de que se resuelvan rápidamente los problemas que demoran la conclusión del proceso de identificación, así como el Código de Conducta, la puesta en libertad de los presos políticos, el acontonamiento de las tropas del Frente Popular para la Liberación de Saguia el Hamra y de Río de Oro y las disposiciones para reducir las tropas marroquíes en el territorio.

Reafirmó que el objetivo convenido por todos consiste en la celebración de un referéndum libre, justo e imparcial para el pueblo del Sahara Occidental.

1996/10. Los derechos humanos y la extrema pobreza.

Reafirmó que la extrema pobreza y la exclusión social constituyen una violación de la dignidad humana y requieren la adopción de medidas urgentes en el plano nacional e internacional.

Recordó que es necesario conocer mejor la vida que llevan las poblaciones en la miseria y proceder en base a la experiencia y a las ideas que ellas transmiten, así como de las personas que trabajan a su lado.

1996/12. Consecuencia de las políticas de ajuste económico originadas por la deuda externa en el goce efectivo de los derechos humanos y, especialmente, en la aplicación de la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo.

Consideró que, si bien las nuevas estrategias destinadas a resolver el problema de la deuda exigen la adopción de políticas de ajuste económico, acompañadas de crecimiento y desarrollo, es indispensable dar prioridad en su aplicación a las condiciones humanas, especialmente entre los grupos mas vulnerables y de bajos ingresos.

Destacó la necesidad de aplicar medidas adicionales de reducción de la deuda, como así también de que se aporten nuevas corrientes de recursos financieros a los países deudores en vías de desarrollo.

Afirmó que los pagos de la deuda no deben tener prelación sobre los derechos básicos de la población de los países deudores.

1996/14. Efectos nocivos para el goce de los derechos humanos del traslado y vertimiento ilícito de productos y desechos tóxicos y peligrosos.

Afirmó que el traslado y vertimiento ilícito de productos y desechos tóxicos y peligrosos constituye una amenaza grave para el derecho de todos a la vida y a la salud, particularmente en los países en desarrollo que carecen de las tecnologías necesarias para su tratamiento.

Acogió con satisfacción la decisión adoptada por los Estados partes en el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación, de introducir una enmienda al mismo por el cual se prohiba la exportación de esos desechos, incluidos los destinados al reciclaje.

Instó a todos los gobiernos a que adopten medidas legislativas adecuadas a fin de prohibir el tráfico internacional ilícito de productos y desechos tóxicos y peligrosos.

 

1996/18. Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares.

Destacó la importancia de crear y desarrollar condiciones que promuevan una mayor armonía y tolerancia entre los trabajadores migrantes y el resto de la sociedad del Estado en que residen, a fin de eliminar las crecientes manifestaciones de racismo y xenofobia.

Exhortó a los Estados miembros a que examinen la posibilidad de firmar y ratificar la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares, expresando su deseo de que dicho instrumento entre en vigor en fecha próxima.

1996/19. La tolerancia y el pluralismo como elementos indispensables de la promoción y protección de los derechos humanos.

Condenó categóricamente todos los actos y actividades violentas que atentan contra los derechos humanos y las libertades fundamentales, la democracia, la tolerancia y el pluralismo.

Pidió a los Estados que promuevan y fomenten mediante la educación, la tolerancia, la coexistencia y las relaciones armoniosas entre los grupos étnicos, religiosos, lingüísticos y otros. Instó a promover eficazmente los valores del pluralismo auténtico, el respeto de la diversidad y la no discriminación.

1996/21. Medidas adoptadas para combatir las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y otros tipos análogos de intolerancia.

Observó que, a pesar de los sostenidos esfuerzos por eliminar el racismo, la discriminación racial, el antisemitismo, la xenofobia y otras formas conexas de intolerancia, estos actos persisten e incluso cobran incremento, revistiendo continuamente nuevas formas, entre ellas la tendencia a establecer políticas basadas en la superioridad y el exclusivismo de tipo racial, religioso, étnico, cultural y nacional.

Expresó su repudio ante las manifestaciones de racismo y discriminación racial contra los grupos vulnerables de muchas sociedades, condenando el papel de ciertos medios de comunicación que incitan a actos de violencia motivados por el odio racial.

Asimismo, pidió a los gobiernos que apliquen y hagan cumplir la legislación para evitar que se cometan actos de racismo y discriminación, así como también adoptar nuevas medidas tendientes a su eliminación.

Decidió ampliar por tres años el mandato del Relator Especial encargado de estudiar este tema.

1996/24. Trata de mujeres y niña.

Observó con preocupación el número cada vez mayor de mujeres y niñas procedentes de los países en desarrollo y de algunos países con economía en transición, que son víctimas de los tratantes. Asimismo reconoció, que el problema de la trata afecta también a adolescentes varones.

Exhortó a los gobiernos de los países de origen, de tránsito y de destino, y a las organizaciones nacionales e internacionales a tomar medidas para abordar las causas fundamentales, incluidos los factores externos que promueven la trata de mujeres y niñas con fines de prostitución y otras formas de comercio sexual, matrimonios y trabajos forzados.

1996/27. Derechos humanos y las personas con discapacidad.

Expresó su preocupación por la utilización indiscriminada de minas antipersonales que provocan un gran número de discapacidades entre la población civil en todos los continentes.

Destacó la responsabilidad de los gobiernos de eliminar o facilitar la eliminación de las barreras y obstáculos que se oponen a la plena integración y participación en la sociedad de las personas con discapacidad, y apoyó los esfuerzos de los gobiernos por formular políticas nacionales para alcanzar objetivos concretos al respecto.

Tomó nota con satisfacción de la propuesta del Relator Especial de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección de Minorías acerca de la creación de un mecanismo internacional -ombudsman- para la protección y promoción de los derechos humanos de las personas con discapacidad.

1996/28. Cuestión de la detención arbitraria.

Expresó su preocupación ante el Informe suministrado por el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria según el cual, los casos más frecuentes de privación arbitraria de la libertad están motivados por el ejercicio del derecho a la libertad de opinión y expresión, y recordó la necesidad de prestar la debida atención a los casos de detención arbitraria que son resultado de violaciones a otros derechos humanos y libertades fundamentales.

Asimismo, destacó que la práctica de la detención arbitraria se ve facilitada y agravada por varios factores, como el abuso de los estados de excepción, la inobservancia del principio de proporcionalidad entre la gravedad de las medidas adoptadas y la situación de que se trata, la definición roga de los delitos contra la seguridad del Estado y la existencia de jurisdicciones especiales.

Pidió a los gobiernos interesados que presten la atención necesaria a los "llamamientos urgentes" del Grupo de Trabajo sobre una base estrictamente humanitaria y sin prejuzgar el carácter de la detención.

1996/30. Cuestión de las desapariciones forzadas.

Se preocupó por la intensificación y generalización en diversas partes del mundo de esta práctica, lamentando el hecho de que algunos gobiernos nunca hayan dado una respuesta circunstanciada sobre casos de desapariciones forzadas que presuntamente han ocurrido en sus países.

Exhortó a los gobiernos a que adopten medidas para proteger a las familias de las personas desaparecidas contra todo acto de intimidación o contra cualquier maltrato de que pudieran ser objeto.

Pidió al Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas que preste particular atención a los casos de niños víctimas de desapariciones forzadas y de hijos de padres desaparecidos y que coopere estrechamente con los gobiernos interesados en la búsqueda e identificación de esos niños.

1996/32. Los derechos humanos en la administración de justicia, en particular los de los niños y menores detenidos.

Se preocupó por la gravedad y la brutalidad con que los niños y los menores son utilizados como instrumentos para actividades delictivas, y en particular por sus necesidades especiales mientras están privados de libertad.

Instó a los Estados a que tomen las medidas adecuadas para garantizar el cumplimiento del principio de que sólo como último recurso se debe privar de libertad a los niños y menores y por el menor período de tiempo posible, en particular antes del juicio. Asimismo, que se garantice que los niños y menores detenidos o encarcelados estén separados de los adultos.

1996/35. El derecho de restitución, indemnización y rehabilitación de las víctimas de violaciones graves de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

Tomó nota con interés de la positiva experiencia de países que han establecido políticas de reparación a las víctimas de violaciones graves a los derechos humanos, e instó a la comunidad internacional a dar mayor atención al derecho de restitución, indemnización y rehabilitación de las mencionadas víctimas.

1996/46. Protección de los derechos humanos de las personas infectadas con el virus de inmunodeficiencia humana (VIH) y con el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA).

Se preocupó por el hecho de que las personas infectadas por el VIH o enfermas de SIDA, así como los que se supone que están infectados, continúen siendo objeto de discriminación en la ley, en la política y en la práctica.

Exhortó a los Estados a que adopten todas las medidas necesarias, en particular medidas de educación e información, con el objeto de facilitar conductas responsables.

1996/47. Derechos humanos y terrorismo.

Deploró el número cada vez mayor de personas inocentes, entre ellas mujeres, niños y personas de edad, que son asesinadas, masacradas y mutiladas por terroristas en actos indiscriminados y arbitrarios de violencia y terror que no pueden justificarse bajo ninguna circunstancia.

Expresó su solidaridad con las víctimas del terrorismo y reiteró su condena inequívoca a todos los actos, métodos y prácticas terroristas.

Exhortó a los Estados a que adopten todas las medidas necesarias para prevenir, combatir y eliminar el terrorismo.

Asimismo, instó a la comunidad internacional a intensificar la cooperación regional e internacional en la lucha contra el terrorismo con el objeto de erradicarlo.

1996/49. La eliminación de la violencia contra la mujer.

Condenó todos los actos de violencia sexista contra la mujer y exigió que la misma sea eliminada del ámbito familiar, comunitario o dondequiera que sea perpetrada o permitida por el Estado, poniendo de manifiesto el deber que los gobiernos tienen de evitar el empleo de la violencia contra la mujer y actuar con la necesaria diligencia para prevenir, investigar y castigar dichos actos, proporcionando a las víctimas el acceso a un medio de reparación justo y eficaz, como así también a recibir una asistencia especializada.

Asimismo, condenó todas las violaciones de los derechos humanos de la mujer en situaciones de conflicto armado.

1996/51. Derechos humanos y éxodos en masa.

Expresó su preocupación por la escalada y la creciente magnitud de los éxodos de efugiados y de los desplazamientos de poblaciones en muchas regiones del mundo.

Acogió con beneplácito que continúen las consultas interinstitucionales sobre alerta temprana, con el fin de asegurar tanto la prevención como la preparación para casos de emergencia.

Deploró la intolerancia étnica y otras formas de intolerancia, que constituyen una de las causas principales de los movimientos migratorios forzados, e instó a los Estados a que adopten todas las medidas para garantizar el respeto de los derechos de las personas pertenecientes a minorías.

1996/53. Derecho a la libertad de opinión y de expresión.

Expresó su preocupación por el gran número de detenciones en muchas partes del mundo, así como por la discriminación, las amenazas y los actos de violencia y hostigamiento, incluso persecución e intimidación de personas que tratan de promover y defender las libertades de opinión y expresión.

Acogió con satisfacción la liberación de personas detenidas por ejercer esos derechos y libertades.

Hizo un llamamiento a todos los Estados para que velen por que todas las personas que traten de ejercer esos derechos y libertades no sean objeto de discriminación.

1996/69. Los derechos humanos en Cuba.

Deploró la detención y el hostigamiento de los miembros de la Organización pro Democracia Concilio Cubano y el que se les haya impedido reunirse libremente y expresar sus convicciones.

Instó al gobierno cubano a que dé al Relator Especial la oportunidad de cumplir plenamente su mandato, en particular permitiéndole visitar Cuba, y a que aplique las recomendaciones que figuran en su informe.

Acogió con beneplácito la ratificación por el gobierno de Cuba de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas y Degradantes; y también la autorización concedida a una delegación de derecho humanos para que visite Cuba.

1996/71. Situación de los derechos humanos en la República de Bosnia y Herzegovina, el Estado de Bosnia y Herzegovina, la República de Croacia y la República Federativa de Yugoslavia (Servia y Montenegro).

Condenó todas las violaciones de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario cometidas durante el conflicto, especialmente en las zonas que estaban bajo control de las autoproclamadas autoridades servias de Bosnia y Croacia.

Expresó su indignación ante la abominable práctica deliberada y sistemática de la violación, utilizada como arma de guerra en la República de Bosnia y Herzegovina, pidiendo se proteja y atiende a las víctimas.

Lamentó la continuación de las violaciones de los derechos humanos en el Estado de Bosnia y Herzegovina, y el retraso en aplicar las disposiciones del Acuerdo de Paz relativas a los derechos humanos.

Reconoció y apoyó la importante labor de las actividades realizadas por el Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la ex-Yugoslavia a partir de 1991, y exigió a los Estados que colaboren con dicho Tribunal, particularmente en lo relativo a la entrega a las personas buscadas.

Pidió con urgencia que las autoridades de la República Federativa de Yugoslavia (Servia y Montenegro) adopten medidas inmediatas para poner fin a la represión de las poblaciones no servias de Kosovo, e impidan la violencia contra ellas, como también que permitan que las personas de origen albanés de Kosovo disfruten de los derechos políticos y educacionales sin discriminación alguna.