CRONOLOGIA
DOCUMENTAL
Naciones Unidas
Líbano.
Celebró
que se haya creado el Consejo Superior de la Infancia, administrado por el
Ministerio de Asuntos Sociales, congratulándose de que el mismo haya decidido
llevar a cabo un estudio acerca de la situación de la legislación en el Líbano,
en relación con la Convención de los Derechos del Niño.
Acogió complacido
que se halla establecido la Comisión Parlamentaria para la Protección de la
Infancia.
Se
congratuló de que la mención infamante de «ilegitimo» se eliminara de las
cédulas de identidad, registros de nacimientos y de todos los demás documentos
oficiales.
Expresó su
satisfacción por las mesas redondas y los cursos de enseñanza organizados para
instruir y formar a los maestros, así como los planes para capacitar a los
policías, trabajadores sociales y otros profesionales sobre los derechos del
niño.
Expresó su
inquietud por la insuficiencia de las medidas tomadas a fin de garantizar un
mecanismo permanente y eficaz de coordinación y vigilancia de la Convención de
los Derechos del Niño.
Señaló
que, sigue habiendo leyes incompatibles con las disposiciones de la Convención
y de otros tratados.
Expresó su
preocupación por la aparente discriminación con que es tratado un hijo de
padres de distinta nacionalidad, si quiere solicitar ciudadanía libanesa.
Le
inquietó la práctica generalizada del matrimonio precoz y de las elevadas tasas
de mortalidad infantil, así como los perjuicios que causa a la salud de las
niñas la maternidad precoz y los matrimonios consanguíneos.
Señaló la
necesidad de que se lleven a cabo nuevas reformas en el sector de la educación
escolar a fin de mejorar la calidad de la enseñanza y prevenir la deserción.
Señaló la
necesidad de nuevas reformas en materia de justicia de menores y tratamiento de
delincuentes juveniles, en particular en lo que hace a la corta edad para la
responsabilidad penal, la no separación de los presos infantiles de los adultos
y la no disponibilidad de asistencia letrada.
Le
preocuparon los informes acerca de los niños que trabajan en la calle o en el
servicio doméstico.
Señaló la
necesidad de que se redoblen los esfuerzos para proteger a los niños en
situaciones especialmente difíciles, como los niños abandonados y los
apátridas.
Recomendó
que se modifique la edad mínima de responsabilidad penal, la de contraer
matrimonio y para el trabajo infantil.
Recomendó
que se establezca un mecanismo permanente y multidisciplinario destinado a
coordinar y vigilar la aplicación de la Convención de los Derechos del Niño.
Sugirió al
Gobierno que lleve a cabo campañas públicas para hacer frente eficazmente a la
persistencia de las actitudes discriminatorias, en particular respecto de las
niñas.
Recomendó
la elaboración de nuevos programas destinados a formar al personal que está en
contacto con los niños, como trabajadores sociales, policías, y funcionarios de
la administración de justicia.
Recomendó
enfáticamente que se garantice el respeto de los derechos de la niña,
especialmente en lo que se refiere a prevenir el matrimonio precoz.
Recomendó
al Gobierno que haga hincapié en la educación pública y el sistema de
asistencia social.
Acogió con
beneplácito las medidas adoptadas para reformar el sistema escolar y mejorar la
calidad de enseñanza, e invito a que se adopten medidas relativas a la
educación gratuita y obligatoria para los niños.
Celebró
que se haya adoptado la política de no permitir los castigos corporales en las
escuelas u otras instituciones oficiales, y recomendó que se examine a fondo el
problema de la violencia en el hogar.
Sugirió
que se elaboren programas especiales para los niños con discapacidades, a fin
de determinar sus necesidades sociales, psicológicas, físicas y de otra índole,
e instruir a los padres sobre la mejor forma de atenderlos. Recomendó que se
hagan nuevos esfuerzos para alentar a las escuelas a que garanticen la
participación de estos niños en todas las actividades.
Instó al
Estado Parte a que estudie detenidamente la posibilidad de hacer mayor hincapié
en la recuperación y reintegración psicosocial de las «víctimas pasivas» de la
violencia y de los conflictos armados en el Líbano.
Recomendó
a que se tomen nuevas medidas para proteger a los niños contra los trabajos
peligrosos, como la ratificación de los convenios pertinentes de la O.I.T..
Invitó al
Estado a que se lleve a cabo una reforma amplia del sistema de justicia de
menores. Se debería velar en especial, señaló, por que la medida de privación
de la libertad se utilice únicamente como último recurso y por el periodo más
breve posible, por la protección de los niños privados de la libertad y por que
los procesos cuenten con las debidas garantías.
El Comité
recomendó que los organismos e instituciones internacionales pertinentes, así
como todos los gobiernos, cooperen con las autoridades libanesas en los
esfuerzos de reconstrucción que se están haciendo para superar la devastación
provocada por tantos años de guerra.
Zimbabwe.
Se
congratuló de la adopción reciente de la enmienda número 14 de la Constitución,
que prohibe la discriminación por motivos de sexo. Tomó nota de las iniciativas
tomadas para dar a conocer los derechos del niño, entre las que figuran la
organización de un parlamento de los niños, el fomento de los consejos
juveniles y la figura del alcalde infantil. Puso de relieve la creación de un
Comité Interministerial de Derechos Humanos y Derecho Internacional, que
coordinara las actividades de los distintos ministerios y departamentos de
Gobierno con el objetivo de aplicar la Convección.
Valoró
positivamente la creación de la oficina del Ombudsman, y aplaudió la decisión
de que se amplíe su mandato, a fin de dar cabida en él a las supuestas
violaciones de los derechos del niño cometidas por miembros de las fuerzas de
defensa, de policía y funcionarios de los centros correccionales.
Acogió con
beneplácito las medidas para mejorar las condiciones de vida y mitigar la
pobreza. Celebró la atención prestada por el Gobierno a la campaña contra el
SIDA que se está organizando en el sistema educativo. Acogió con beneplácito la
iniciativa de crear tribunales que no traumaticen a las víctimas, con el objeto
de proporcionar un asesoramiento especial para la rehabilitación de las
víctimas infantiles de abusos sexuales.
El Comité
tomó nota de que Zimbabwe tuvo hasta 1980 un régimen no democrático en el que
la legislación y las políticas aprobadas y ejecutadas promovían la segregación
y discriminación raciales en la sociedad.
Le
inquietó que el Estado Parte no haya emprendido, todavía, una reforma jurídica
global con fines a lograr que su legislación se adapte plenamente a la
Convención.
Señaló con
preocupación que las medidas legislativas adoptadas para prevenir y eliminar
cualquier forma de discriminación son insuficientes. Indicó, en este sentido,
que el principio de no discriminación no se aplica a los profesionales, ni a
las instituciones privadas, lo que implica derogaciones en esferas importantes
como la adopción, el matrimonio, el divorcio e impide, entre otras cosas, que
las niñas tengan derecho a heredar.
Nepal.
Acogió con
beneplácito los esfuerzos del Gobierno para establecer mecanismos destinados a
velar por las cuestiones relativas a la infancia y a los derechos del niño.
Tomó nota con satisfacción del reciente establecimiento de un Consejo Nacional
para el desarrollo del niño y de la mujer en la Secretaria de la Comisión
Nacional de Planificación.
Tomó nota
con beneplácito de que el Estado Parte haya adoptado un Plan Nacional de Acción
y formulado un Programa Nacional de Acción para el niño y su Desarrollo en el
decenio de 1990.
E l Comité
observó que Nepal es uno de los países más pobres del mundo, en donde la mitad
de la población vive en la pobreza más absoluta, que afecta principalmente a
los grupos más vulnerables e impide el disfrute de los derechos del niño.
Le
inquietó el abismo resultante entre la legislación vigente y su aplicación
práctica.
Manifestó
su preocupación porque el Estado Parte no haya tenido en cuenta cabalmente en
su legislación o en sus políticas los principios generales de la Convención.
Le
preocupó especialmente las medidas insuficientes adoptadas para velar por la
aplicación del principio de no discriminación, tal como se refleja en la
preferencia de los hijos varones. Asimismo le inquieto las diferencias de edad
para el matrimonio de las niñas y los niños. También manifestó su inquietud
ante una norma del la Ley de Infancia que permite que los padres, miembros de
la familia y maestros peguen al niño «si se considera que es por su bien».
Le alarmó
que el Gobierno no conceda prioridad a velar por el ejercicio de los derechos
económicos, sociales y culturales del niño hasta el máximo de los recursos de
que disponga.
Le
inquietaron las escasas medidas adoptadas para garantizar la inscripción de los
nacimientos, y las repercusiones negativas que eso entraña para el disfrute de
los derechos fundamentales del niño.
Le
preocupó la elevada tasa de abandono escolar, sobre todo de las niñas de las
zonas rurales, y el alto porcentaje de trabajo infantil.
Manifestó
su profunda preocupación por que la enseñanza primaria no sea obligatoria para
todos. Le inquietó también el alto grado de analfabetismo de los niños y los
adultos.
Le alarmó
que aún no se hayan adoptado las medidas apropiadas para prevenir y combatir
realmente cualquier forma de malos tratos y castigos físicos de los niños en la
familia.
Le
preocupó el elevado número de niños que por la pobreza extrema y la violencia o
el maltrato en la familia se ven obligados a vivir en las calles, no gozan de
sus derechos fundamentales o están expuestos a diversas formas de explotación.
Le
inquietó que muchos niños se vean obligados a trabajar a pesar de su corta
edad, entre otros en el sector no estructurado, como el servicio domestico.
Se
encontró profundamente preocupado por la falta de una legislación y de
políticas especificas par combatir el problema de la venta y trata de niños y
en especial de las niñas.
Le
inquietó el fenómeno cada ves mayor de la prostitución infantil que afecta en
particular a los niños de las castas más bajas. Le alarmó, también, que no se
hayan tomado disposiciones para luchar contra él y la falta de medidas de rehabilitación
y por la escasez de medidas para hacer frente a la situación de los niños
toxicómanos.
Un gran
tema de preocupación fue el sistema de la administración de la justicia de
menores, en particular la baja edad en la responsabilidad penal, la disposición
que permite encadenar a los niños enfermos mentales y la definición jurídica de
la tortura que no es compatible con la Convención.
Para
combatir eficazmente las actitudes tan arraigadas de discriminación y las
tradiciones negativas respecto de las niñas, animó al Estado Parte a iniciar
una campaña de información pública general y bien estructurada a fin de
promover los derechos del niño en el seno de la sociedad, y, en especial de la
familia.
Sugirió
que se establezca un sistema de vigilancia interdisciplinaria a fin de evaluar
los progresos alcanzados y las dificultades halladas para dar efectividad a los
derechos reconocidos en la Convención.
Con
relación a los derechos económicos, sociales y culturales recomendó que se
preste especial atención a la necesidad de asignar partidas presupuestarias
hasta la máxima de los recursos de que se disponga.
Recomendó
que se tomen las medidas necesarias para reducir la tasa de abandono de niñas y
evitar que se dediquen a trabajar sin tener la edad necesaria y para respaldar
el acceso a los servicios básicos de los niños en las zonas rurales y de los
discapacitados en todo el país.
Para
promover la protección de los niños refugiados, alentó al Estado Parte a
estudiar la posibilidad de ratificar la Convención de 1951 sobre el Estatuto de
los Refugiados.
Recomendó
que el Gobierno adopte todas las medidas apropiadas para combatir toda forma de
maltrato y abuso sexual del niño, incluidos los cometidos en el seno de la
familia.
Instó a
que se garantice el derecho de todos los niños de Nepal a la supervivencia,
teniendo en cuenta aquellos que viven en las calles.
Con
relación al problema del trabajo infantil sugirió que Nepal estudie la
posibilidad de ratificar el Convenio Nº 138 de la O.I.T. sobre la edad mínima
de admisión al empleo y revise toda la legislación nacional pertinente, a fin
de ajustarla a las disposiciones de la Convención.
En la
esfera de la administración de justicia de menores recomendó una reforma
jurídica que tenga en cuenta la Convención de los Derechos del Niño,
principalmente prestando atención a elevar la edad mínima de responsabilidad
penal, establecer tribunales de menores, cumplir la legislación en vigor,
prevenir la delincuencia juvenil, establecer alternativas a la privación de la
libertad, proteger los derechos del niño privado de la libertad; revisar con
urgencia la ley que permite el encarcelamiento de niños con trastornos
mentales.
Guatemala.
Tomó nota
de la aprobación del Acuerdo sobre la Identidad y Derecho de los Pueblos
Indígenas. Consideró digna de felicitación la ratificación por Guatemala del
Convenio Nº 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes de
la O.I.T..
Tomó nota
de la firma del Acuerdo Global sobre derechos humanos, del Acuerdo para el
reasentamiento de las poblaciones desarraigadas por el enfrentamiento armado, y
por la creación de la Misión de Naciones Unidas en Guatemala (MINUGUA).
Opinó que
más de 30 años de conflicto armado en el país ha dejado una herencia de
violaciones a los derechos humanos e impunidad y un ambiente de temor e
intimidación que socava la confianza de la población en los mecanismos y
procedimientos que garantizan los derechos humanos.
Señaló que
las elevadas tasas de pobreza y analfabetismo y la discriminación contra la
población indígena y quienes viven en la pobreza, contribuyen a que las
violaciones a los derechos humanos sean moneda corriente.
Manifestó
que el conflicto armado ha causado problemas también en lo que se refiere a los
refugiados, las personas desplazadas internamente y las que han regresado al
país.
Le
preocupó que no se haya otorgado prioridad a la aplicación de los principios y
disposiciones de la Convención, especialmente el hecho de que el Código de
Menores contenga disposiciones incompatibles con la Convención.
Le
preocupó que la legislación nacional no prohiba la pena capital ni la prisión
perpetua sin la posibilidad de puesta en libertad, como también la inexistencia
de una edad mínima de responsabilidad penal. Señaló la incompatibilidad con la
Convención de la edad mínima para contraer matrimonio fijada a las niñas, que
difiere de la de los niños.
Le
preocupó la adecuación de las medidas adoptadas para asegurar la aplicación de
los derechos económicos, sociales y culturales de los niños, habida cuenta de
las disparidades históricas que afectan a los niños indígenas y a los que viven
por debajo del umbral de la pobreza, así como a las niñas.
El Comité
se alarmó por el elevado número de niños víctimas de casos de violencia.
Pese a la
mejora en los últimos años de la atención maternoinfantil, siguió preocupado
por las tasas relativamente elevadas de mortalidad materna, infantil y de
menores de 5 años de edad, también el que la mayoría de los niños en edad
escolar no asistan a la escuela y, en cambio, trabajen tanto en el sector
estructurado como en el no estructurado.
Le
preocupó hondamente el sistema de justicia de menores, en especial por la falta
de formación especializada del personal de la justicia de menores.
Recomendó
al Estado Parte a que siga encaminando sus esfuerzos a aprobar un código de la
infancia y de la adolescencia,a adoptar medidas legislativas que adapte la
legislación interna a las disposiciones de los arts. 37 y 40 de la Convención,
estableciendo entre otras cosas, una edad mínima de responsabilidad penal.
Recomendó además que se fije la edad de conclusión de la enseñanza obligatoria
en los 15 años, y considere la posibilidad de elevar la edad mínima del empleo
a los 15 años y que se revise la legislación sobre la edad de matrimonio de los
niños, a fin de elevarla y que sea la misma para niñas y niños.
El Comité
consideró urgente formar y educar en los principios y en las disposiciones de
la Convención a todos los profesionales que trabajan con niños o en favor de
estos.
Instó a
desarrollar y ejecutar una campaña exhaustiva de información publica para
combatir los malos tratos a los niños en la familia y la sociedad, y la
utilización de los castigos corporales en las escuelas.
Recomendó
que el Estado Parte centre más sus esfuerzos en la enseñanza obligatoria y
primaria gratuita, en erradicar el analfabetismo y en la enseñanza bilingüe de
los niños indígenas.
Instó a
que se preste asistencia social a las familias para ayudarlas a criar a sus
niños, a fin de disminuir el internamiento de menores. Recomendó que se vea la
conveniencia de solicitar la cooperación de las organizaciones internacionales
pertinentes para resolver los problemas de salud reproductiva de las mujeres.
También es necesario, opinó, poner mas empeño en obtener la participación activa
de los niños discapacitados en la comunidad.
Le han
preocupado mucho los problemas de los niños traumatizados por las consecuencias
del enfrentamiento armado y la violencia en la sociedad, exhortando a estudiar
la posibilidad de llevar a cabo proyectos específicos para niños, en un entorno
que fomente la salud, la autoestima y la dignidad del niño.
Chipre.
Acogió con
satisfacción los esfuerzos realizados por el Gobierno para revisar el marco
jurídico nacional a fin de armonizarlo con las disposiciones y principios de la
Convención. A este respecto observó con agrado que se este examinando en la
actualidad la Ley de Delincuentes Juveniles con objeto de introducir reformas.
Tomó nota con beneplácito de que se ha abolido la pena de muerte para los
delitos comunes y de que el Parlamento esté estudiando la aprobación de una ley
que prohiba la pena capital para los actos de alta traición.
Acogió con
satisfacción la creación del comité central para la vigilancia de la aplicación
de la Convención e los Derechos del Niño.
Felicitó
al Estado Parte por la buena predisposición para colaborar con el sector de las
O.N.G.s..
Observó
que a raíz de los acontecimientos de 1974, que dieron lugar a la ocupación de
una parte del territorio de Chipre, el Estado no esté en condiciones de ejercer
el control sobre todo su territorio, no pudiendo velar en consecuencia por la
aplicación de la Convención.
Le
inquietó la falta de conformidad de las disposiciones de la Convención en
algunas cuestiones relacionadas con la definición de niño, y en particular, la
atribución de responsabilidad penal a partir de la edad de siete años y el
hecho de que los niños entre 16 y 18 años de edad sean considerados adultos en
el sistema de justicia penal, para la comisión de delitos.
Expresó su
preocupación por el hecho de que el Estado no haya tenido en cuenta en su
legislación y decisiones los principios generales de la Convención.
Se
inquietó por la aparente persistencia de actitudes discriminatorias hacia los
niños nacidos fuera del matrimonio, en lo que respeta al derecho del apellido y
la nacionalidad.
Consideró
que se ha prestado una atención insuficiente a la tarea de lograr que los niños
participen en las decisiones, en particular en el seno de la familia, y en los
procedimientos administrativos y judiciales que les afecten.
Se
encontró especialmente preocupado por las consecuencias de los matrimonios
precoces.
Le
preocupó que aumente el número de niños que trabajan en el servicio doméstico
en condiciones ilegales, siendo vulnerables a todo tipo de abusos, incluidos el
abuso y explotación sexuales. Así como el sistema de administración de la
justicia de menores, en particular de la incompatibilidad con los arts. 37 y 40
de la Convención.
Recomendó
al Estado Parte una reforma legislativa destinada a garantizar que la
legislación se adapte a los principios generales y disposiciones de la
Convención.
Recomendó
asimismo que se tome en consideración la necesidad de facilitar la
participación del niño y el respeto de sus opiniones en las decisiones que lo afectan,
especialmente en la familia, la escuela y los tribunales.
Sugirió
que se tomen iniciativas específicas para dar a conocer la Convención y sus
principios entre los grupos profesionales que trabajan con niños y para ellos.
Aconsejó
que se adopten las medidas necesarias para que los niños nacidos fuera del
matrimonio gocen de todos sus derechos fundamentales.
Instó a
que el Gobierno reúna información e inicie un estudio importante para conocer
mejor el problema de la desatención y maltrato de los niños, y a establecer
programas sociales para evitarlo.
En el
ámbito de la justicia de menores, exhortó a continuar la reforma del
ordenamiento jurídico, teniendo en cuente la Convención de los Derechos del
Niño.
Indicó que
se debería prestar particular atención a elevar la edad de responsabilidad
penal y a velar por que las personas de 16 a 18 años de edad gocen de todos los
derechos reconocidos en la Convención.
China.
Tomó nota
del Programa General concebido a nivel nacional, que se está aplicando como
seguimiento de los objetivos fijados en la Declaración y Plan de Acción
aprobados en 1990 por la Cumbre Mundial en favor de la Infancia.
Elogió los
progresos logrados por el Estado Parte en su lucha por reducir la mortalidad
neonatal y la de los niños menores de 5 años. Resultó también meritorio el
compromiso por proteger, promover y respaldar la lactancia materna.
Tomó nota
de la Ley de Enseñanza obligatoria, la Ley de Protección de Menores y de
Protección de Discapacitados, y la labor emprendida por el Movimiento de Ayuda
al Inválido.
Manifestó
que la herencia histórica de ciertas tradiciones feudales en determinadas zonas
del país, y la persistencia de otras actitudes perjudiciales está afectando
negativamente a la vida de los niños y su sano desarrollo.
Le
inquietaron las diferencias existentes entre las zonas rurales y urbanas y
entre las diversas regiones en cuanto a la dotación de servicios sociales y el
acceso a ellos.
Opinó que
medidas inadecuadas tomadas en el campo de la seguridad social pueden
desembocar en una dependencia excesiva de los padres respecto de los hijos para
que cuiden de ellos. Señaló que esto pudo haber contribuido a la perpetuación
de prácticas y actitudes tradicionales perniciosas como la preferencia por los
hijos varones, en detrimento de niñas y niños discapacitados.
Consideró
insuficientes las medidas tomadas para dar a conocer las disposiciones y los
principios de la Convención entre los adultos, incluidos los profesionales que
trabajan con y para los niños, y los niños propiamente dicho.
Al tomar
nota de las medidas adoptadas para afrontar la discriminación, expresó su
preocupación por la persistencia de prácticas que pueden provocar casos de
infanticidio selectivo.
Opinó que
existen serias dudas en cuanto a la eficacia de las medidas tomadas para
garantizar que todos los niños sean inscriptos en el registro civil, a través
del registro de familia.
Subrayó
que se debe garantizar el respeto del derecho del niño a la libertad de
pensamiento, conciencia y religión.
Le
preocupó enormemente la situación de los niños atendidos en las instituciones
de asistencia social. Observó que las elevadísimas tasas de mortalidad en esas
instituciones están suscitando un sentimiento de alarma.
Le
preocupó el número de niños que aún no están escolarizados, que la calidad de
la educación es inferior y que no se están haciendo esfuerzos suficientes para
desarrollar un sistema educativo bilingüe.
Expresó su
profunda preocupación por las violaciones de los derechos humanos de la minoría
religiosa tibetana. Le dió la impresión de que ha sido muy desafortunada para
la población tibetana, la injerencia estatal en la creencia y ritos religiosos.
Siguió
preocupado porque la legislación nacional parece permitir que los niños entre
16 y 18 años puedan ser condenados a muerte con un plazo de suspensión de la
ejecución de dos años. Opinó que la imposición a niños de la pena capital con
suspensión de la ejecución constituye un trato o pena cruel, inhumano o
degradante.
Le
preocupó el sistema de justicia de menores en este país. Expresó su
preocupación con respecto al acceso de los padres a sus hijos detenidos en
espera de juicio, las posibilidades de asistencia letrada, el tiempo asignado a
la defensa, así como el respeto al principio de inocencia y de nullum crimen
sine lege, nulla poena sine lege.
Le
inquietó el incremento producido en los últimos años de los secuestros y raptos
de niños y la insuficiencia de las medidas tomadas para prevenir y combatir los
problemas de la venta, trata y explotación sexual de los niños.
El Comité
alentó, respecto de la reserva hecha al art. 6 de la Convención, a que sea
revisada con miras a retirarla.
Recomendó
que se emprenda una revisión global de la estructura de la legislación del
país, sirviendo de orientación las disposiciones y principios de la Convención.
Exhortó a
la máxima divulgación de los principios y disposiciones de la Convención,
utilizando también los medios de comunicación de masas.
Sugirió
que se incluyan temas sobre los principios y disposiciones de la Convención en
los programas de formación de una amplia serie de profesionales que trabajan
con o para los niños.
Aconsejó
que se revisen los criterios vigentes para la aplicación del art. 4 de la
Convención.
Recomendó
que debe corregirse la dependencia excesiva de las familias con respecto a sus
niños, en especial para que atiendan a sus padres en la vejez y que debe
prestarse mayor atención al tema de brindar oportunidades a los niños para que
participen, se escuchen sus opiniones y se los tenga en cuenta.
Sugirió
dedicar más atención a controlar la eficacia de los procedimientos de denuncia
con que cuentan los niños, sobre abusos o falta de asistencia, e investigar
estas violencias, tanto sean domésticas o en instituciones o centros de
detención.
Sugirió
que se invite a los dirigentes de todos los sectores a desempeñar un papel más
activo en las iniciativas encaminadas a prevenir y eliminar la discriminación
contra las niñas.
Si bien la
incidencia de discapacidades es baja en la población infantil, los niños
discapacitados han sido víctimas de abandono y discriminación. En este sentido
recomendó al Estado Parte a seguir investigando las medidas necesarias para
prevenir y combatir la discriminación por motivo de discapacidad.
Instó a
que se tomen medidas enérgicas y de carácter amplio para combatir el abandono y
el infanticidio de las niñas, así como la trata, venta y rapto o secuestro de
éstas. Destacó que la falta de inscripción en los registros de las niñas recién
nacidas constituye uno de los principales factores que repercuten en el
desequilibrio de la proporción de niños y niñas, aunque reconoce los esfuerzos
hechos por el Estado Parte.
Propuso
una revisión de las medidas destinadas a velar por que los niños de la Región
Autónoma del Tíbet, y de otras zonas en que viven minorías, tengan garantizadas
las máximas oportunidades de adquirir conocimientos acerca de su propia lengua
y cultura, así como de aprender la lengua china.
Con
relación a la Justicia de menores, recomienda que se revisen a fondo las disposiciones
legislativas, administrativas y los procedimientos en vigor, para cerciorarse
de que se ajustan a los principios y disposiciones de la Convención.
En cuanto
a las cuestiones de trabajo infantil, alentó al Estado Parte a estudiar la
posibilidad de adherirse al Convenio N° 138 de la O.I.T., sobre la edad mínima
para el empleo.