CRONOLOGIA
DOCUMENTAL
Naciones Unidas
para los Derechos Humanos.
Chipre.
El Comité
acogió con agrado los esfuerzos, políticas y planes que se estaban llevando a
cabo para eliminar la discriminación contra la mujer.
Reconoció
que los mayores obstáculos para la aplicación de la Convención eran las
actitudes y prácticas sociales basadas en las ideas tradicionales y estereotipadas
sobre el papel que corresponde, respectivamente, al hombre y a la mujer.
Acogió con
agrado la afirmación del Estado de que los efectos de la ratificación de la
Convención habían sido considerables, en particular, había servido de marco a
la política orientada a reducir la desigualdad y había constituido un
instrumento útil para las organizaciones de mujeres que perseguían el cambio.
Recibió
con agrado la enmienda introducida en la Constitución, por la que se crearon
tribunales civiles especiales que serán los competentes en materia de derecho
de familia.
Tomó nota
con satisfacción del alto nivel alcanzado por las mujeres y las niñas, y valoró
el programa de educación orientado a crear conciencia sobre la igualdad y a
eliminar estereotipos tradicionales basados en el género, especialmente entre
las mujeres de zonas rurales.
Acogió con
agrado la introducción de la legislación en relación a la violencia contra la
mujer en la familia, en particular, la aclaración de que la violación conyugal
constituye un delito. Asimismo, acogió con beneplácito el establecimiento de
servicios de asesoramiento y la contribución del Gobierno para financiar un
centro de auxilio para las víctimas de violencia.
Tomó nota
con reconocimiento de los esfuerzos realizados por el Gobierno para hacer
frente a los problemas de discriminación contra la mujer en la televisión, la
radio y la publicidad, incluidos los programas sobre cuestiones de interés para
la mujer, la participación de la mujer en las emisiones y la imagen de la mujer
presentada en los medios de difusión.
Observó
con gran preocupación la información suministrada sobre la trata internacional
y la explotación sexual de mujeres, y sobre el hecho de que el Gobierno
presente la baja tasa de fecundidad como razón para mantener las restricciones
penales respecto del aborto.
Recomendó
al Gobierno, sobre la base del compromiso contraído en la Cuarta Conferencia
Internacional sobre la Mujer, medidas para fortalecer los mecanismos nacionales
al servicio de la mujer, incluidos su estructura administrativa, su
presupuesto, sus recursos humanos y su poder ejecutivo.
Alentó a
proseguir con los esfuerzos para rectificar la legislación discriminatoria
contra la mujer y señaló a la atención del Gobierno la recomendación general nº
19 del Comité, sobre la enmienda al Código Penal en lo que respecta a la
violencia contra la mujer.
Instó a
tomar medidas urgentes, con arreglo al art. 4 de la Convención, a fin de
aumentar sustancialmente la presencia de la mujer en todas las esferas de la
vida pública y política, así como promover su posición en los niveles
directivos de la administración pública y el servicio diplomático.
Por último
recomendó al Gobierno que ponga en práctica programas especiales de
sensibilización y formación en cuestiones de género para todos los funcionarios
encargados de hacer cumplir la ley y, especialmente, a los jueces con
competencia en cuestiones de familia.
Islandia.
El Comité
felicitó al Gobierno de Islandia por las enmiendas introducidas en la
Constitución y por la promulgación de la ley sobre Igualdad de Condición, si
bien advirtió que la no incorporación de la Convención a la legislación interna
redundaba negativamente en la aplicación de sus principios.
Acogió con
beneplácito el hecho de que en los procedimientos ante el Comité de Quejas, la
carga de la prueba de una acusación de discriminación por motivos de sexo,
hubiera pasado de la demandante al presunto perpetrador. Asimismo, encomió
también la aprobación de una ley por la cual el Tesoro Nacional se encargaría de
pagar la indemnización por daños y perjuicios a las víctimas de violencia, así
como la constitución de un Comité de hombres cuyo objetivo era sensibilizar a
la población masculina acerca de los problemas derivados del comportamiento
violento.
Tomó nota
con satisfacción del adelanto de la mujer en la educación en general, que se
manifestaba en el hecho de que ella representa aproximadamente el 50% de los
egresados universitarios y de que se haya establecido en la universidad un
centro de estudios sobre la mujer.
Expresó
profunda preocupación por las grandes diferencias entre los salarios del hombre
y de la mujer, tanto en el sector público como en el privado, y el hecho de que
esto pudiera explicarse sólo por razones de género. Asimismo, lamentó que las
mujeres de zonas rurales tuvieran, en general, menos oportunidades de empleo
fuera del hogar que los hombres o que las mujeres de zonas urbanas.
El Comité
consideró que la modificación de la ley sobre licencia de maternidad no era
suficiente para lograr un mayor equilibrio en las responsabilidades familiares
de hombres y mujeres, por lo que recomendó que el Gobierno desarrollase otros
mecanismos que amplíen la participación de los hombres en las tareas domésticas
y la crianza de los hijos.
Instó al
Gobierno a tomar medidas tales como: instruir al personal judicial acerca de la
Convención; enmendar la ley sobre Igualdad de Condición para asegurar una
representación de al menos el 40% de cada sexo en los organismos públicos;
incorporar en los programas de enseñanza la educación sobre derechos humanos
con carácter obligatorio; y a considerar a la violencia contra la mujer una
cuestión de salud pública, facilitando a las entidades que prestan servicios
primarios en esta área, la notificación de casos de violencia.
Paraguay.
El Comité
reconoció la existencia de factores que obstaculizan la aplicación de la
Convención. Entre ellos destacó: las limitadas capacidades económicas del país
y la dependencia de la producción agropecuaria; la existencia de elevadas
proporciones de población en situación de pobreza y exclusión; las secuelas
institucionales y culturales de la prolongada dictadura; y la existencia de una
sociedad muy tradicional y jerarquizada.
Observó la
consagración en la nueva Constitución del principio de igualdad entre hombres y
mujeres; así como la creación de una Secretaría de la Mujer a cargo de la
coordinación de las políticas públicas para este sector de la población.
Asimismo,
acogió con agrado la importancia que el Gobierno le asignaba a su compromiso
con la Plataforma de Acción de Beijing y, particularmente, la iniciativa de
adoptar el enfoque del género en las políticas y programas, así como
sensibilizar en ese sentido al personal de la administración.
Reconoció,
además, las iniciativas y esfuerzos que habían realizado las organizaciones no
gubernamentales por ampliar la participación política de la mujer, establecer
una ley de cupos y obligar a todos los partidos políticos a fijar un número
mínimo de mujeres en sus listas electorales.
Manifestó
preocupación ya que, pese a los avances logrados en algunos códigos, la
legislación civil y penal requería modificaciones importantes que consagraran
los derechos establecidos en la Convención y los que se derivaban de la
Constitución.
Lamentó el
carácter limitado del mandato y de la escasez de recursos proporcionados a la
Secretaría de la Mujer, y la aparente inferioridad de jerarquía político
administrativa respecto de otros ministerios. En tal sentido, el Comité se
mostró extrañado por la exclusión de la Ministra de la Secretaría de la Mujer
de las reuniones del gabinete de Ministros, lo cual configuraba una suerte de
acto discriminatorio.
Expresó su
preocupación por los elevados índices de mortalidad materna y de abortos
practicados en condiciones sumamente riesgosas, así como por la alta tasa de
fecundidad y por las limitadas posibilidades de acceso a servicios básicos de
salud y de planificación familiar.
En
relación a la violencia contra la mujer, lamentó la insuficiencia de
disposiciones legales para combatirla, para proteger a las víctimas y para
sancionar a los agresores. En ese mismo orden de ideas, brindó considerable
atención a la crítica situación en materia de prostitución y las proporciones
alarmantes que este hecho registraba entre niñas y mujeres muy jóvenes, así
como en las fallas legales que prevalecían en materia de adopciones, las cuales
contribuían a la permanencia de un indeseable tráfico internacional de niñas y niños.
Instó al
Estado Parte a continuar las iniciativas dirigidas a actualizar y
compatibilizar la legislación nacional con el principio constitucional de
igualdad y con los artículos de la Convención.
Recomendó
la adopción de medidas para enfrentar el elevado índice de mortalidad materna y
la incidencia del aborto clandestino y examinar la posibilidad de revisar las
medidas punitivas de la ley sobre abortos, de conformidad con la Plataforma de
Acción de Beijing.
Por
último, instó a una amplia difusión de la Convención entre las mujeres, y en
especial, entre las indígenas y las campesinas.
Etiopía.
El Comité
expresó su reconocimiento por el hecho de que Etiopía hubiese ratificado la
Convención, al igual que otros instrumentos internacionales de derechos humanos,
y que hubiera aceptado la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing sin
reservas.
Determinó
que los principales factores y dificultades que afectaban la aplicación de la
Convención eran la pobreza, las altas tasas de natalidad, y el desempleo.
Expresó su
reconocimiento por la voluntad política de implementar programas para el
adelanto de la mujer y por la creación de centros de coordinación en los
órganos políticos de adopción de decisiones en los planos nacional, regional y
local. Estimó, sin embargo, que si no se definían claramente las esferas de
competencia de los dichos mecanismos, y si no se conseguía la necesaria
financiación, las iniciativas podrían verse obstaculizadas.
Observó
con profunda preocupación la práctica generalizada de la mutilación genital
femenina, así como la incidencia de la violencia contra mujeres y niñas y la
insuficiencia de medidas para erradicarla. Asimismo, mostró inquietud por la
prevalencia de la prostitución y la promiscuidad entre los varones, factor que
aumentaba la propagación del SIDA.
Tomó nota
de la escasa representación de las mujeres en los niveles más altos de decisión
y expresó dudas acerca de la eficiencia de las medidas que pudieran tomarse
para erradicar la pobreza, mientras el porcentaje de mujeres en el gobierno se
mantuviera tan bajo.
Recomendó
al Estado parte tomar medidas tendientes a: implementar programas de
sensibilización y medidas jurídicas a fin de abolir la práctica de la
mutilación genital femenina; implementar programas de capacitación orientados a
rehabilitar a las prostitutas e impartir conocimientos para que hallen nuevas
fuentes de ingreso; incrementar el número de mujeres en las posiciones de
decisión en los poderes públicos; y garantizar a las mujeres y hombres
infectados con el VIH la igualdad en el disfrute de los derechos humanos.
Por
último, instó a no escatimar esfuerzos para lograr un entorno estable y
pacífico sostenible a fin de reconstruir el país y crear las condiciones
necesarias para el desarrollo sostenible y la integración de la mujer.
Bélgica.
El Comité
acogió con satisfacción la intención del Estado parte de retirar las reservas a
la Convención respecto de la sección b) del art. 7 en relación con las
funciones reales, y del art. 15 en relación con los bienes propios de la mujer
casada de las zonas rurales.
Encomió la
orientación multicultural de los programas gubernamentales sobre la mujer en
que se respetaban las identidades culturales en el marco general de un sistema
federal.
Expresó su
satisfacción por la aclaración que hizo el Gobierno de la definición de
violación en el matrimonio, y por su campaña para combatir la violencia contra
la mujer mediante la movilización de los medios de difusión. Asimismo, expresó
su reconocimiento por los subsidios que aportaba a los refugios para las
víctimas de la violencia y a los programas de capacitación encaminados a
sensibilizar a los organismos encargados de hacer cumplir las leyes en relación
con la violencia contra la mujer.
Acogió con
agrado la aprobación de una ley contra la trata de personas, la prostitución y
la pornografía, de aplicación extrateritorial, que constituyó una medida
decisiva para hacer frente a la cuestión de la explotación sexual de la mujer.
Tomó nota
con interés de la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo y
de la observancia de la confidencialidad al prestar asesoramiento a las mujeres
que podían optar o no por ese procedimiento, como así también por la
información suministrada en cuanto a que no se había producido un aumento en el
número de solicitudes de abortos.
Expresó su
preocupación por la persistente diferencia salarial y la segregación en el
lugar de trabajo entre hombres y mujeres, por las altas tasas de desempleo
entre las mujeres, lo que daba lugar al fenómeno de la feminización de la
pobreza, como así también por la discriminación de la mujer en materia de
seguridad social y tributación. En relación a ese tema, observó también, el
alto número de mujeres, en comparación con los hombres, con empleos de jornada
parcial, y la discriminación oculta que ello representaba.
Recomendó,
para hacer frente a la cuestión de la diferencia salarial, reevaluar y
reclasificar los puestos de trabajo con miras a aumentar el nivel de los
empleos desempeñados por mujeres, así como adoptar medidas para abordar la
discriminación oculta en materia de seguridad social y tributación entre
diferentes grupos de mujeres y equilibrar el número de mujeres y hombres que
trabajan a jornada parcial.
El Comité
recomendó que en los próximos informes debían presentarse programas o proyectos
que atiendan a las necesidades de las mujeres migratorias y otros grupos
vulnerables; datos concretos acerca de las políticas gubernamentales de acción
afirmativa; como así también información sobre las consecuencias de la legislación
contra la trata de personas.
Cuba.
El Comité
tomó nota de los efectos negativos del embargo económico en el país, lo que
unido a la disolución de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas y de sus
aliados socialistas, tenía graves repercusiones en la economía cubana. Como
consecuencia, algunos de los programas encaminados a promover la igualdad de
oportunidades y a erradicar los estereotipos de género, se habían recortado o
suspendido y la situación alimentaria había empeorado considerablemente.
Observó
que la legislación cubana era progresista en sus disposiciones, ya que afirmaba
la igualdad de sexos y la discriminación era tipificada como delito. Asimismo,
tomó nota con satisfacción que el Gobierno brindara apoyo a la Federación de
Mujeres Cubanas, que nucleaba el 90% de las mujeres en el país.
Advirtió
que había aumentado notablemente el número de mujeres en todos los niveles y
esferas de la educación, en una amplia gama de ocupaciones, incluidas la
ciencia y la tecnología, la medicina, los deportes, etc, y, en particular, en
la formulación de la política en los planos local, nacional e internacional.
Observó
que había habido una disminución sostenida de la mortalidad materna, debido en
gran medida a la mejora en la atención a las embarazadas y de los niños en los
primeros años de vida. Asimismo, tomó nota de que se había proclamado como
derecho humano fundamental la libertad de decidir el número y el espaciamiento
de los nacimientos.
Observó
que los estereotipos de género perduraban a pesar de los elevados índices de
matriculación escolar y que las tareas domésticas y el cuidado de los niños
seguían siendo responsabilidad de las mujeres.
Tomó nota
con cierto escepticismo de que, según las informaciones suministradas, la
violencia doméstica fuera poco frecuente y no se considerara un problema
social. Asimismo, expresó su preocupación por el resurgimiento de la
prostitución en el país, como consecuencia de la expansión del turismo y de los
problemas económicos a que hacían frente las mujeres.
Lamentó que
la situación económica provocada por el embargo económico haya producido una
grave escasez de productos esenciales como medicamentos y anticonceptivos, lo
que había planteado problemas a la población en general y a las mujeres en
particular.
Recomendó al
Gobierno reactivar los programas que habían resultado satisfactorios en la
lucha contra los prejuicios y los estereotipos sexistas, ya que ayudaban a
elucidar las actitudes de hombres y mujeres que había que modificar, sobre todo
en cuanto a la necesidad de compartir el cuidado y la educación de los niños,
en consonancia con el art. 5 de la Convención y con la recomendación general nº
21.
Alentó al
Gobierno a activar los programas de difusión para la prevención de las
enfermedades venéreas, especialmente el VIH/SIDA, dirigidos a las jóvenes,
fundamentalmente las que se dedicaban a la prostitución, con arreglo a la
recomendación general nº 15.
El Comité
señaló la necesidad de que se ampliara la participación de la mujer en los
niveles más altos del poder político y sugirió que se continuara procurando que
las ellas tuvieran una voz efectiva en las decisiones que afectaban sus vidas.
Hungría.
El Comité
tomó nota de que la recesión económica y la aparición de ideas
neoconservadoras y neoliberales habían hecho que empeore considerablemente la
situación general del país, lo que había producido que se esté retrasando la
aplicación de la Convención y el cumplimiento del Estado parte de los
compromisos contraidos durante la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer.
Tomó nota
con satisfacción de que la Constitución y la legislación de Hungría
garantizaban la igualdad de derechos de la mujer sin ninguna discriminación, y
apreció las reformas legislativas y estructurales del Gobierno para garantizar
el derecho social y político de la mujer y, en particular, la ley de protección
del embrión, que había hecho disminuir considerablemente el número de abortos
provocados.
Consideró
satisfactoria la enseñanza que se impartía sobre los derechos humanos -entre
ellos los derechos de la mujer- en los programas de las escuelas primarias,
secundarias y en las universidades.
Acogió
favorablemente el hecho de que Hungría colaborase con instituciones
internacionales como la Unión Europea, el Consejo de Europa y la Organización
Internacional del Trabajo en el marco del perfeccionamiento de los recursos
humanos, lo que en particular ofrecía oportunidades a la mujer para mejorar su
situación. Asimismo, tomó nota con interés del aumento de organizaciones no
gubernamentales de mujeres, las cuales mantenían entre sí relaciones de
solidaridad con el fin de que la mujer cobrase conciencia de sus derechos.
Expresó su
preocupación por el hincapié excesivo que se hacía de la función de madre de la
mujer, sin equilibrarla con su papel de ciudadana, y lamentó que la cuestión de
la mujer no fuese prioritaria para el Gobierno, los partidos políticos y la
opinión pública.
Tomó nota
con inquietud de que se habían duplicado, entre 1983 y 1993, los actos de
violencia y los delitos sexuales contra la mujer, instando a producir el
material legislativo destinado a reprimir esos delitos.
Recomendó
al Estado parte que velase por la aplicación de las disposiciones de la
Convención y que cumpliese los compromisos asumidos en la Cuarta Conferencia
Mundial en relación al hecho de establecer un mecanismo nacional de alto nivel
encargado de definir y coordinar una política en favor del adelanto de la
mujer.
Instó al
Gobierno a adoptar las medidas necesarias a fin de: mejorar la representación
de la mujer en todos los ámbitos de la vida política y pública; propiciar la
planificación de la familia y reducir la tasa de abortos; rehabilitar y
reinsertar a las prostitutas en la sociedad; ofrecer protección social a las
mujeres de las minorías y a las refugiadas; facilitar la creación de una red de
organizaciones no gubernamentales de mujeres para reforzar sus actividades; y
finalmente difundir de manera eficiente la Convención y las recomendaciones del
Comité.
Ucrania.
El Comité
reconoció la existencia de una extraordinaria crisis económica que afectaba al
país como resultado de la transición a una sociedad democrática orientada hacia
el mercado y signada por los ajustes estructurales. También tomó nota de la
grave crisis ecológica derivada de diversos factores, entre ellos, el incidente
de Chernobyl. Estimó, que los dos hechos conspiraban contra la aplicación de la
Convención y el disfrute de los derechos humanos de la mujer.
Consideró
que la celebración de una audiencia parlamentaria en 1995, a fin de analizar
concretamente las cuestiones vinculadas con la Convención, ponía de manifiesto
la importancia que el Gobierno le asignaba a la misma, así como a la labor del
Comité.
Asimismo,
observó con satisfacción que Ucrania había ratificado todos los principales
tratados de derechos humanos y que había aprobado una nueva ley sobre los
efectos de los acuerdos internacionales, en virtud de la cual aquellos que
hubieran sido ratificados pasaban automáticamente a ser parte de la legislación
interna.
Consideró
también destacable, el hecho de que el Gobierno hubiera asumido compromisos en
la Conferencia de Beijing sobre importantes cuestiones vinculadas con los
problemas de la vida familiar que enfrentaban las mujeres como consecuencia de
la transición económica, y que hubiera establecido organismos regionales para
supervisar la ejecución de esos proyectos.
Observó
con preocupación que, pese a la existencia de varias entidades que se ocupaban
de las mujeres y los niños, el Gobierno no había formulada una política clara y
concreta en favor de la mujer, ni había proporcionado al mecanismo nacional
encargado de esas cuestiones específicas, de los medios necesarios para que
actuara eficazmente.
Lamentó la
persistencia de los estereotipos sexuales y la sobreprotección laboral, que
sólo tenían por efecto restringir sus oportunidades económicas y no constituían
medios legítimos para promover la salud reproductiva de la mujer.
Asimismo,
tomó nota del limitado acceso que tenían las mujeres de las zonas rurales a
métodos eficaces, asequibles y aceptables de planificación familiar. lo que
provocaba que un número considerable de mujeres recurrieran a abortos en
condiciones de riesgo.
Expresó
también preocupación, por el hecho de que la tasa de actividad económica de la
mujer hubiera declinado en forma significativa en los últimos años. Las mujeres
constituían del 80% al 90% de los desempleados, lo que se debía a la reducción
del papel del sector público como principal empleador de las mujeres, y a que
el incipiente sector privado no contrataba a mujeres.
Recomendó
que, habida cuenta de la incorporación a la legislación interna de todos los
tratados internacionales ratificados por el país, se estableciera de forma
obligatoria la educación en materia de derechos humanos para los jueces y los
miembros de los organismos encargados de hacer cumplir la ley.
Instó al
Gobierno a que examinara y modificara la legislación que permitía las
actividades de servicios de índole sexual, así como a adoptar las medidas
necesarias para enjuiciar a los delincuentes y brindar apoyo a las víctimas
mediante servicios de educación y rehabilitación.
Rwanda.
El Comité
señaló entre los principales factores que obstaculizaban la aplicación de la
Convención: la debilidad de los mecanismos estatales para mantener
efectivamente el proceso de paz; el difícil proceso de reconciliación nacional;
el derrumbamiento de la infraestructura pública y de los sistemas privados de
apoyo; el gran número de refugiados y personas desplazadas internamente; el
gran número de milicianos y civiles todavía armados; y la economía arrasada
junto con la extrema pobreza.
Tomó nota
con interés de la creación de una oficina de promoción del adelanto de la
mujer, así como de un centro de coordinación para brindar asistencia jurídica,
proporcionar apoyo y elaborar programas en los que se tuvieran en cuenta las
diferencias de trato por razón del sexo.
Manifestó
su consternación por el profundo trauma sicológico sufrido por las violaciones
masivas de mujeres y niñas durante el genocidio, lo que había provocado una
enorme propagación del VIH/SIDA y de otras enfermedades de transmisión sexual.
Sostuvo
que la comunidad internacional -incluidos los organismos de Naciones Unidas y
los gobiernos- debían prestar apoyo en gran escala para mitigar la pobreza e
instaurar programas de educación encaminados a eliminar las violaciones de
derechos humanos y a reconstruir Rwanda.
Consideró
que hombres y mujeres debían tener igual representación en el Tribunal
Internacional para Rwanda, el cual debía ocuparse también de los derechos de la
mujer. Asimismo, manifestó que debía crearse una dependencia de protección de
los testigos en la Oficina del Fiscal de crímenes de guerra, a fin de proteger
a quienes diesen testimonio acerca de violaciones, actos de violencia sexual y
otros delitos.
Sugirió
que el personal de la dependencia de vigilancia de la Operación de Derechos
Humanos en Rwanda debía recibir educación y capacitación en todo lo relativo a
las agresiones sexuales y a las violaciones individuales y sistemáticas, como
así también que se hiciera hincapié en la diversidad de experiencias y en la
familiaridad con la cultura y el idioma de Rwanda.
Por
último, consideró necesario organizar un debate que tenga por finalidad
alcanzar el consenso sobre la repatriación de los refugiados y las personas
internamente desplazadas en Rwanda, y sostuvo que la comunidad internacional
sólo debería alentar la repatriación de los refugiados cuando desde la propia
Rwanda hubiera claros indicios que hicieran aconsejable esa medida.