MALVINAS
Organización de Estados Americanos
Declaración
sobre la cuestión de las Islas Malvinas (Tema 12)- XXVI Asamblea General Ordinaria
de la OEA
El día 4
de junio de 1996, la Asamblea General de la Organización de los Estados
Americanos emitió la siguiente
Declaración
sobre la Cuestión Malvinas:
«La
Asamblea General,
CONSIDERANDO
que en reiteradas oportunidades ha declarado que la Cuestión de las Islas
Malvinas constituye un tema de permanente interés hemisférico;
RECORDANDO
su resolución AQ/RES. 928 (XVIZI-0/88), aprobada por consenso el 19 de
noviembre de 1988, que pide a los Gobiernos de la República Argentina y del
Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte que reanuden las negociaciones
a fin de encontrar, a la brevedad posible, una solución pacífica a la disputa
de soberanía, y
TENIENDO
EN CUENTA que en su resolución AG/RES.1049 (XX-0/90) manifestó su satisfacción
por la reanudación de las relaciones diplomáticas entre ambos países y su
Declaración AG/DEC. 5 (XXIII-0/93) en la que destacó el excelente estado
alcanzado por las relaciones bilaterales;
HABIENDO
ESCUCHADO la exposición del Jefe de la Delegación de la República Argentina,
EXPRESA su
satisfacción por la reafirmación de la voluntad del Gobierno argentino de
continuar explorando todas las vías posibles de solución pacífica de la
controversia, particularmente, sus positivas consideraciones sobre los
habitantes de las Islas Malvinas, y
DECIDE
continuar examinando la Cuestión de las Islas Malvinas en los sucesivos
períodos de sesiones de la Asamblea General, hasta su solución definitiva»
VI.
Declaraciones Conjuntas:
a) Grupo
Argentino-Británico de Alto Nivel:
b) Grupo
de Trabajo Argentino-Británico sobre Asuntos del Atlántico Sur.
c)
Comisión de Pesca del Atlántico Sur
1.- La duodécima reunión de la Comisión de Pesca del Atlántico Sur se
celebró en Buenos Aires los días 26 y 27 de noviembre de 1996. La delegación
argentina estuvo presidida por el Consejero Legal, Embajador Orlando R.
Rebagliati y la delegación británica por el Director del Departamento Atlántico
Sur y Antártida, Sr. Anthony Longrigg.
La reunión se desarrolló en una atmósfera amistosa y constructiva.
2.- Las delegaciones argentina y británica acordaron que se aplica a la
reunión y a sus resultados la fórmula sobre la soberanía de las Islas Malvinas,
Georgias del Sur y Sandwich del Sur y sus espacios marítimos circundantes,
acordada por los Gobiernos argentino y británico en el Punto 2 de la
Declaración Conjunta dada en Madrid el 19 de octubre de 1989.
3.- La Comisión de Pesca del Atlántico Sur recibió los Informes de la
Séptima y de la Octava Reuniones del Subcomité Científico que tuvieron lugar en
Londres el 8 y 9 de julio de 1996 y en Mar del Plata el 21 y 22 de noviembre de
1996, respectivamente. Se tomó nota de la cooperación entre el Instituto de
Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) y el Imperial College y de los
avances realizados en materia de investigación conjunta. La Comisión manifestó
su satisfacción por los progresos logrados por el Subcomité Científico respecto
de la organización de futuros trabajos conjuntos y acordó recomendar a los
Gobiernos las propuestas formuladas por dicho Subcomité.
4.- Ambas delegaciones expresaron su compromiso con la conservación de
los recursos pesqueros en el Atlántico Sur y acordaron recomendar a sus
Gobiernos continuar cooperando para alcanzar un mayor grado de conocimiento
científico sobre las especies de altura más significativas en el área de
cooperación. Para coadyuvar al logro de ese objetivo y como tuviera lugar en
años precedentes, en 1997 se llevará a cabo un crucero de investigación
conjunta para la evaluación del nivel de la abundancia de la población de
calamar illex.
5.- Ambas delegaciones recordaron que en 1995 habían expresado su
interés para que el INIDEP y al IMPERIAL COLLEGE analizaran mecanismos de
perfeccionamiento del sistema de alerta temprana para el calamar illex. La
Comisión tomó nota del importante progreso alcanzado por el Subcomité en la
elaboración de sus propuestas, entre las que se incluye el intercambio de datos
en tiempo real para los buques que participan en la pesquería del calamar illex
y acordó recomendarlas a los Gobiernos. La Comisión también acordó recomendar a
los Gobiernos realizar todos los esfuerzos conducentes a asegurar para el
término de la temporada 1997 un nivel de biomasa desovante de calamar illex de
al menos 40.000 toneladas.
6.- La Comisión tomó nota de la preocupación manifestada por el
Subcomité con respecto a la merluza polaca y las incertidumbres de orden
metodológico que han surgido en su evaluación científica. Al respecto, la
Comisión acordó recomendar a los Gobiernos que se intensifique la investigación
conjunta sobre esta especie.
7.- La delegación argentina hizo referencia a la preocupación del
Gobierno argentino por la situación creada por decisión británica en el área
descripta en el Anexo a la Declaración Conjunta del 28 de noviembre de 1990 y
en el área al, oeste de la misma. Asimismo expresó su esperanza de que este
tema sea debidamente tratado a fin de superar esta situación. La delegación
británica hizo saber su posición al respecto.
8.- Las partes mantendrán consultas por la vía diplomática para
concertar el lugar y fecha de la próxima reunión de la Comisión.
Buenos
Aires, 27 de noviembre de 1996.
d)
Comisión de Hidrocarburos
1.
Comunicado de Prensa Conjunto de la Primera Reunión de la Comisión sobre
Hidrocarburos en el Atlántico Sudoccidental
1. Los días 29 de febrero y 1 de marzo de 1996 se celebró en Buenos
Aires el encuentro argentino-británico durante el cual se estableció la
Comisión sobre Hidrocarburos en el Atlántico Sudoccidental. La delegación
argentina estuvo presidida por el Sr. Subsecretario de Política Exterior del
Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, Embajador
Guillermo González, y la delegación británica por el Sr. Subsecretario para las
Américas del Foreign and Commonwealth Office, Embajador William Marsden.
2. Las delegaciones argentina y británica acordaron que se aplica a esta
reunión y a sus resultados la fórmula sobre la soberanía de las Islas Malvinas,
Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes,
incluida en el párrafo 1 de la Declaración Conjunta del 27 de septiembre de
1995.
3. Ambas delegaciones reafirmaron su compromiso de aplicar la mencionada
Declaración Conjunta y expresaron su respaldo a la nueva Comisión, en su tarea
de llevar a cabo las funciones establecidas por la Declaración Conjunta. Al
respecto, las delegaciones acordaron la metodología de trabajo de la Comisión,
que se reunirá por lo menos dos veces al año.
4. La Comisión estableció un Subcomité, de acuerdo con lo previsto por
la Declaración Conjunta. El Subcomité estará constituido por funcionarios y
expertos de las dos Partes, para asesorar a la Comisión sobre los aspectos
técnicos de las actividades hidrocarburíferas en el Área de Cooperación
Especial.
5. Las delegaciones examinaron, también, medidas para la protección
ambiental del Atlántico Sudoccidental e intercambiaron información al respecto.
También informaron sobre las medidas administrativas propuestas por sus
respectivos gobiernos de conformidad con la Declaración Conjunta.
6. Las delegaciones acordaron sobre la necesidad de abordar una serie de
cuestiones prácticas detalladas antes del lanzamiento del llamado a licitación
en el Área de Cooperación Especial, tal como fuera definido en la Declaración
Conjunta. Ambas Partes consideraron que se han efectuado buenos progresos en
este sentido.
7. Ambas delegaciones reiteraron su intención de promover, a través de
la Comisión, la exploración y explotación de hidrocarburos en las áreas
marítimas del Atlántico Sudoccidental sujetas a una disputa de soberanía y
jurisdicción, y a ese fin, promover la cooperación entre la industria de ambas
Partes, incluyendo la formación de joint-ventures y la elaboración de proyectos
conjuntos para la exploración, producción y uso de infraestructura.
8. La reunión tuvo lugar en una atmósfera constructiva y cordial y ambas
delegaciones expresaron su confianza en que la cooperación sobre hidrocarburos
en el Atlántico Sudoccidental facilitará el desarrollo económico de la región,
dando especial consideración a la protección del medio ambiente marino.
9. La próxima reunión de la Comisión se celebrará en la segunda mitad
del corriente año. El Subcomité se reunirá por primera vez, en Londres, en
abril/mayo de 1996.
Buenos
Aires, 1º de marzo de 1996
2.Comunicado
de Prensa Conjunto de la Segunda Reunión de la Comisión sobre Hidrocarburos en
el Atlántico Sudoccidental.
Londres, 10 de diciembre de 1996
1. La Segunda Reunión de la Comisión de Hidrocarburos del Atlántico
Sudoccidental tuvo lugar en Londres el 10 de diciembre de 1996. La delegación
argentina estuvo presidida por el Embajador Alberto Daverede, Subsecretario de
Política Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio
Internacional y Culto, y la británica por William Marsdea, Director para las
Américas de la Cancillería Británica, El día 9 de diciembre se celebró una
reunión del Subcomité, relativa al Área Especial de Cooperación.
2. Las delegaciones de la Argentina y el Reino Unido acordaron que se
aplica a la reunión y sus consecuencias la fórmula de soberanía sobre las Islas
Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes,
descripta en el párrafo 1 de la Declaración Conjunta del 27 de septiembre de
1995.
3. La Comisión Conjunta expresó su satisfacción por el progreso
realizado por su Subcomité en la elaboración de entendimientos para un llamado
a licitación en el Área de Cooperación Especial. La Comisión aprobó el acuerdo
alcanzado sobre la configuración de bloques, el enfoque impositivo y los
lineamientos sobre el marco regulatorio.
4. La Comisión Conjunta consideró particularmente las cuestiones
vinculadas a la protección del medio ambiente marino del Atlántico
Sudoccidental y al desarrollo de una estrategia conjunta para el manejo de los
temas ambientales, de salud y seguridad.
5. La Comisión Conjunta coordinó la recomendación del Subcomité en
cuanto a que los gobiernos permitan la realización de estudios aéreos y
sísmicos del Área de Cooperación Especial. Hasta el momento se han recibido dos
solicitudes. La Comisión Conjunta acordó coordinar el otorgamiento de los
correspondientes permisos no-exclusivos de los Gobiernos. Éstos procurarían
hacerlo de modo de pedir que el primer estudio comience en febrero de 1997.
6. La Comisión Conjunta confirmó que procuraría anunciar el llamado a
licitación en el área de Cooperación Especial a fines de 1997. La Comisión
observó que los trabajos tendrían que ser clasificados para materializar este
objetivo. La Comisión Conjunta recomendó que se debería dar particular
prioridad a los trabajos sobre los detalles de la invitación a las empresas a
solicitar permisos en el Área de Cooperación Especial. La próxima reunión del
Subcomité en Buenos Aires, en Marzo de 1997, avanzará sobre el tema.
7. Ambas partes analizaron formas de cooperación para la promoción de la
exploración y explotación de hidrocarburos en áreas marítimas del Atlántico
Sudoccidental sujetas a una controversia de soberanía y jurisdicción, y para el
uso de la infraestructura existente. Acordaron»: hacer arreglos para la
realización de una misión a la región del sector petrolero a fin de analizar
áreas potenciales de cooperación en el desarrollo de hidrocarburos en el
Atlántico Sudoccidental. La cooperación debería estar guiada por criterios
comerciales acordes con la Declaración Conjunta de septiembre de 1995.
8. La Comisión Conjunta estuvo satisfecha con el significativo progreso
realizado desde su última reunión. Los trabajos conjuntos se desarrollaron en
una atmósfera cordial y constructiva. Se planea realizar la próxima reunión de
la Comisión Conjunta en Buenos Aires en la primera mitad de 1997,
VII
Declaración de los Presidentes del MERCOSUR.
Declaración
de los Presidentes de los Estados Partes del Mercosur y de la República de
Bolivia y de la República de Chile
"Declaración sobre Malvinas"
Los
Presidentes de los Estados Partes del Mercosur y los Presidentes de la
República de Bolivia y de la República de Chile, reafirman su respaldo a los
legítimos derechos de la República Argentina en la disputa de soberanía
referida a la cuestión de las Islas Malvinas. Asimismo, recuerdan el interés
hemisférico en que la prolongada disputa de soberanía entre la República
Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre dichos
territorios, alcance una pronta solución de conformidad con las resoluciones de
las Naciones Unidas y de la Organización de los Estados Americanos.
Hecha, el
25 de Junio de 1996 en la localidad de Potrero de los Funes, Provincia de San
Luis, República Argentina.
CARLOS SAUL MENEM FERNANDO HENRIQUE CARDOSO
JUAN CARLOS WASMOSY JULIO MARÍA SANGUINETTI
GONZALO SANCHEZ DE LOSADA EDUARDO FREI RUIZ TAGLE
VIII
Resolución del Comité de la Internacional Socialista.
Reunión
del Comité de la IS para América Latina y el Caribe (SICLAC)
Santo Domingo, República Dominicana, 22-23 de
marzo de 1996.
Proyecto
de Resolución sobre el Atlántico Sur.
El Comité
de la Internacional Socialista para América Latina y el Caribe (SICLAC),
reunido en la Ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, los días 22 y 23
de marzo de 1996, expresa su esperanza de que los gobiernos de la República
Argentina y del Reino Unido inicien, a la mayor brevedad, un diálogo que
abarque la totalidad de los temas que los vinculan, incluido el futuro de las
Islas Malvinas, ya que continuar con la exclusión de los puntos que constituyen
la disputa pendiente, aumenta peligrosamente el riesgo de agravar la reciente
tensión creada en el Atlántico Sur a raíz de medidas tomadas unilateralmente en
materia de pesca, en abierta violación del sistema del Tratado Antártico.
IX 4a.
Reunión de los Estados Miembros de la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico
Sur
Declaración
final
(Somerset West - República de Sudáfrica, 1º -
2 de abril de 1996).
Los
representantes de los Estados Miembros de la Zona de Paz y Cooperación del
Atlántico Sur (ZPCAS - de aquí en adelante "la Zona"), reunidos en
Somerset West (Sudáfrica) los días 1° y 2 de abril de 1996, teniendo en cuenta
las conclusiones de la tercera reunión de alto nivel, que se realizó en
Brasilia, los días 21 y 22 de septiembre de 1994,
1. Felicitan al presidente y al Bureau del Comité Permanente de la Zona
por el fructífero trabajo que han realizado como coordinadores de la Zona a
partir de la reunión de Brasilia;
2. Reafirman que la Zona es un instrumento útil que promueve comprensión
y de la cooperación entre los países del Atlántico Sur y contribuye a la paz y
a la seguridad internacionales, y acuerdan sobre la necesidad de reforzar su
carácter de instrumento regional de coordinación y de diálogo;
3. Acuerdan en que la cooperación entre los países de la Zona debe
continuarse en todos los campos en los que la acción común es posible,
especialmente en los de la economía, la tecnología, el medio ambiente, la
cultura y los deportes;
4. Reiteran asimismo que su cooperación se funda en el respeto de la
soberanía y de la integridad territorial de los Estados y en los otros
principios pertinentes del derecho internacional y en el derecho de los pueblos
de elegir libremente su sistema económico y político;
5. Recuerdan la voluntad de los Miembros de la Zona de fomentar la
democracia y el pluralismo, de promover y defender los Derechos Humanos y las
libertades fundamentales, y de colaborar en la realización de estos objetivos;
6. Están de acuerdo en que la Zona deberá cumplir un rol importante en
la concertación de las cuestiones multilaterales, principalmente en aquellas
vinculadas con el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, en la
promoción de la cooperación internacional con miras al desarrollo económico y
social, a la protección del medio ambiente y al fortalecimiento del rol de la
Organización de las Naciones Unidas;
7. Reiteran su convencimiento en lo que respecta a la no proliferación
de cualquier tipo de armas de destrucción masiva en pos de lograr su total
eliminación e impedir su introducción en la Zona, ratifican en este contexto la
validez de la Declaración sobre la Desnuclearización del Atlántico Sur,
adoptada en la Tercera Reunión de los Estados Miembros de la Zona y sugieren a
la Conferencia sobre el Desarme que firmen, a la brevedad, un tratado de
prohibición total de pruebas de armas nucleares;
8. Destacan la importancia de la comprensión y de la estrecha
cooperación en el campo nuclear entre los países de la Zona, que han permitido
avanzar en el camino hacia la aplicación integral del Tratado para la
prohibición de las armas nucleares en América Latina (Tratado de Tlatelolco) y
firmar el Tratado para la creación de una zona libre de armas nucleares en
África (Tratado de Pelindaba);
9. Reciben con satisfacción el texto definitivo del Tratado de Pelindaba
e invitan a todos los Estados Africanos y a otros Estados involucrados a firmar
y ratificar este Tratado y sus protocolos para su pronta entrada en vigencia;
10. Comprometen a los países que poseen armas de destrucción masiva al
estricto cumplimiento del Estatuto de Zona como región exenta de este tipo de
armas;
11. Expresan su convicción de que los Tratados de Tlatelolco, Pelindaba,
Antártico, Rarotonga y el más reciente sobre la creación de una zona exenta de
armas nucleares en el Sudeste Asiático contribuirán a la desnuclearización del
Hemisferio Sur y de las regiones vecinas afectadas por estos tratados;
12. Apoyan los esfuerzos de los países de la Zona en pos de la
resolución de conflictos a través de la negociación y de la promoción del
principio de solución pacífica de los diferendos;
13. Comprometen a todos los Estados Miembros de la Zona a apoyar los
procesos de paz que tienen lugar en la región y los invitan a contribuir en las
operaciones de mantenimiento de la paz que las Naciones Unidas desarrollan en
la Zona;
14. Reconocen los importantes sacrificios y los constantes esfuerzos
realizados por los Estados Miembros de la CEDEAO, especialmente por su
presidente y por otros dirigentes de la subregión, para restablecer la paz en
Liberia, y convocan una vez más a la comunidad internacional a honrar el
compromiso de aplicar el Acuerdo de Abuja y participar en la reconstrucción de
Liberia;
15. Están satisfechos de las elecciones democráticas que tuvieron lugar
en la República de Benin y en la de Sierra Leona y manifiestan su confianza en
que los gobiernos recientemente elegidos en ambos países dedicarán sus
esfuerzos a consolidar la paz, la seguridad y la estabilidad en la subregión en
pos del desarrollo socioeconómico de sus pueblos y del cumplimiento de los
objetivos de la ZPCAS;
16. Invitan a las partes en conflicto en Sierra Leona a actuar para
alcanzar los objetivos del proceso de paz de Yamussukro;
17. Ven con agrado las medidas positivas tomadas por el gobierno angolés
para cumplir sus obligaciones en el marco del proceso de paz en Angola.
Expresan su profunda preocupación ante los sucesivos retrasos en la aplicación
del Protocolo de Lusaka; y comprometen a la UNITA a transferir sin demora en
forma ordenada y efectiva todas sus tropas hacia las zonas de acantonamiento;
18. Expresan su agradecimiento a la comunidad internacional y a la
Organización de las Naciones Unidas y felicitan al Secretario General y a su
Representante Especial por los esfuerzos realizados para apoyar el proceso de
paz en Angola y la Misión UNAVEM III, invitándolos a continuar su acción en pos
de estos objetivos;
19. Están dispuestos a contribuir con todos los medios a su alcance al
restablecimiento de una paz efectiva y duradera en Angola e invitan una vez más
a la comunidad internacional a realizar las contribuciones anunciadas para el
resurgimiento y la reconstrucción económica de Angola en los plazos previamente
establecidos en el cronograma;
20. Ratifican la importancia de la diplomacia preventiva, de la promoción,
mantenimiento y refuerzo de la paz, medios adecuados para el próximo
restablecimiento de la paz y la seguridad, y señalan, a su vez, que la
eliminación de la pobreza y la promoción del desarrollo económico y social son
condiciones previas al logro de paz y seguridad duraderas;
21. Están persuadidos de la necesidad de reestructurar y revitalizar el
sistema de las Naciones Unidas y apoyan las acciones tendientes a reforzar la
Organización en todos los campos y fomentan en este sentido los trabajos que
realiza el Grupo de Trabajo con un número ilimitado de miembros sobre la
representación equitativa en el Consejo de Seguridad y sobre el aumento de la
cantidad de sus miembros y de otros temas analizados vinculados a dicho
Consejo; asimismo, ponen de manifiesto la necesidad de mejorar la coordinación
con las instituciones de Breton Woods y preparar el sistema de las Naciones
Unidas para responder a las necesidades de la comunidad internacional en el
Siglo XXI,
22. Sostienen la necesidad de reforzar aún más la cooperación en el
campo económico y financiero y resaltan la utilidad de la "Agenda para el
Desarrollo" en este sentido;
23. Manifiestan una vez más su convicción de la conveniencia de que los
acuerdos surgidos de las negociaciones de Uruguay permitan reforzar el acceso a
los mercados, desarrollar el comercio mundial, aumentar las ganancias y crear
nuevos empleos a través del mundo, fundamentalmente en los países en
desarrollo;
24. Tienen confianza en que, cuando se haga efectiva la plena vigencia
de la Organización Mundial del Comercio, ésta permitirá la rápida desaparición
de prácticas comerciales desleales y de medidas proteccionistas unilaterales y
tomará las medidas apropiadas para proteger los legítimos intereses de los
países menos desarrollados;
25. Destaca el rol de la integración regional y subregional en el
mejoramiento de la competitividad internacional de las economías nacionales y
en el refuerzo del proceso de desarrollo;
26. Invitan a los ámbitos universitarios, científicos y técnicos de los
Estados Miembros a participar en los debates sobre el refuerzo de la
cooperación en la Zona y comprometen su apoyo para la organización de
seminarios y otros medios para profundizar la mutua comprensión;
27. Reconocen con agrado los avances realizados para crear la comunidad
de los países lusófonos que comparten los objetivos de consolidación de la paz
y cooperación con los países de la Zona;
28. Alientan a los Estados Miembros a continuar explorando y a
implementar los medios que permitan facilitar la iniciativa privada en el
contexto de la consolidación de la cooperación económica regional y de los
lazos comerciales en el Atlántico Sur, entre los Estados Miembros de la Zona;
29. Promueven asimismo que los Estados Miembros faciliten el
establecimiento de vínculos marítimos y aéreos y las telecomunicaciones a
través del Atlántico Sur, entre los Estados Miembros de la Zona;
30. Comprometen a los Estados Miembros, en el contexto de la
consolidación de la cooperación Sur-Sur, a promover la colaboración regional
para la implementación de nuevas técnicas en el sector público y privado, a
poner en común de los recursos naturales y de los sistemas internacionales de
comunicación en el campo de la ciencia y de la técnica y a valorar los recursos
humanos;
31. Expresan su preocupación con respecto a la seguridad del transporte
a través del Atlántico Sur de combustible nuclear irradiado, de plutonio y de
desechos nucleares altamente radiactivos en buques, que debe efectuarse de
acuerdo a las normas de seguridad establecidas por el Código de 1993 de la
Organización Marítima Internacional;
32. Promueven la continuación de la cooperación e intercambio de
información entre todos los Estados sobre el transporte de materias nucleares y
de desechos radiactivos y del trabajo en el marco de la Organización Marítima
Internacional y de la Agencia Internacional de Energía Atómica en vistas del
cabal cumplimiento del Código;
33. Están persuadidos de que los mecanismos internacionales sobre la
responsabilidad resultan indispensables en las operaciones de indemnización por
daños de origen nuclear factibles durante el transporte de combustible nuclear
irradiado de plutonio y de desechos altamente radiactivos;
34. Reiteran la importancia de que los países miembros de la Zona
apliquen los acuerdos internacionales sobre el medio ambiente, principalmente
los relativos a los cambios climáticos, a la lucha contra la desertificación en
los países que enfrentan graves problemas de sequía y/o de desertificación, en
especial en África, a la protección de la capa de ozono, a la preservación y a
la utilización racional de la biodiversidad y al traslado de desechos
peligrosos a través de las fronteras;
35. Confirman la importancia de la Declaración sobre el Medio Ambiente
Marino, adoptada en la Tercera Reunión y expresan una vez más su apoyo a la
cooperación internacional entre los Estados Miembros de la Zona, de acuerdo a
la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar del 10 de
diciembre de 1982;
36. Destacan la importancia que, para la Zona, tiene el Acuerdo sobre la
Aplicación de las Disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre
el Derecho del Mar del 10 de diciembre de 1982 sobre la conservación y la
gestión de los stocks de peces cuyos desplazamientos se realizan tanto en el
interior de zonas económicas exclusivas (stocks fluctuantes) como por fuera de
las mismas y de los stocks de peces grandes migradores, del 4 de agosto de
1995, cuyas disposiciones completan y refuerzan la Declaración sobre el Medio
Ambiente Marino, adoptada en la tercera Reunión de los Estados Miembros de la
Zona;
37. Sugieren a los Estados Miembros que apliquen eficazmente, a nivel
nacional y regional, el Programa de Acción Mundial para la Protección del Medio
Marino contra la Contaminación debida a las Actividades Terrestres, adoptada en
Washington en noviembre de 1995, por la Conferencia Intergubernamental, en el
marco del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA);
38. Expresan su preocupación ante el desarrollo del tráfico ilícito de
droga dentro o a través de los países de la Zona y manifiestan su decisión de
elaborar un programa de cooperación para la ayuda mutua en pos del control y la
eliminación de las actuales redes de tráfico de droga que afectan la seguridad
de los países de la Zona; por esto, han acordado cooperar para reforzar el
intercambio de información sobre narcotraficantes y sus actividades
ilegales en los países de la zona para frenar el aumento de la criminalidad y
de la violencia vinculadas a la droga;
39. Solicitan a los Estados Miembros que aún no lo han hecho que
ratifiquen a la brevedad las tres principales convenciones de las Naciones
Unidas sobre la droga o que adhieran a las mismas. Invitan a los Estados
Miembros a adoptar y promulgar leyes que contemplen lo dispuesto por estas
convenciones. Además, los Estados Miembros deberían analizar las medidas a
tomar para atacar las consecuencias del tráfico ilícito de droga;
40. Comprometen el apoyo de los Estados Miembros a los esfuerzos
realizados por las instituciones especializadas en la investigación y la
educación sobre el SIDA para frenar la expansión de esta pandemia;
41. Manifiestan su convencimiento de que la Zona seguirá teniendo una
participación activa en la consolidación de la cooperación intra e
interregional y, en este sentido, se comprometen a promover sus objetivos;
42. Expresan su gratitud al pueblo de Sudáfrica por su hospitalidad y al
gobierno de este país por haber acogido a la Cuarta Reunión de los Estados
Miembros de la Zona;
43. Felicitan al gobierno sudafricano por el apoyo que brindó a los
objetivos de la Zona y por su vitalidad;
44. Aceptan con sumo agrado el ofrecimiento del gobierno argentino de
ser la sede de la Quinta Reunión Ministerial de la ZPCAS.
Antártida
Cumpliendo
con los mecanismos acordados para el funcionamiento del Sistema del Tratado
Antártico, se celebró entre el 29 de abril y el 10 de mayo de 1996, en la
ciudad de Utrech, Países Bajos, la XX Reunión Consultiva de los Gobiernos
Partes del Tratado; a fin de intercambiar información y adoptar decisiones para
promover los principios y objetivos contenidos en el mencionado instrumento
jurídico internacional.
Ante una
agenda de trabajo que refleja los múltiples aspectos de la problemática
antártica, destácase la preocupación por la protección del medio ambiente a
partir de las normas establecidas en el Protocolo al Tratado Antártico sobre
Protección del Medio Ambiente, también conocido como Protocolo de Madrid, que
si bien aún no entró en vigencia promueve un fuerte compromiso por parte de los
países involucrados, quienes han decidido adelantar su cumplimiento en la
medida de lo posible.
En ese
sentido se realizó la segunda sesión de trabajo del Grupo Interino sobre Medio
Ambiente, el cual una vez vigente el Protocolo se constituirá en Comité sobre
Protección Ambiental. En el marco de este foro fueron tratados temas referidos
a las áreas protegidas, evaluación y seguimiento ambiental como así también
prevención de impactos acumulativos, entre otras cuestiones del complejo
sistema medioambiental antártico.
Asimismo
continuaron los trabajos de expertos legales con miras a redactar un nuevo
Anexo al Protocolo de Madrid sobre «Responsabilidad». Dicho Anexo constituirá
una verdadera «piedra angular» para sostener la estructura normativa
establecida en dicho Protocolo. No obstante ello, en Utrech no se han logrado
progresos significativos en torno al texto en cuestión.
Desde el
punto de vista institucional existe consenso en la necesidad de contar con una
Secretaria que facilite el intercambio de información, programación y
coordinación entre las Partes Consultivas del Tratado Antártico.
Recuérdase
que Argentina ofreció ser sede de dicha Secretaría contando con la aprobación
de la mayoría de las Partes, no habiéndose alcanzado a la fecha un acuerdo
definitivo al respecto.
La XX
Reunión Consultiva adoptó cinco Resoluciones destacándose las referidas a
valores estéticos de la Antártida, eficacia en la gestión y conservación de
sitios y monumentos históricos y modificaciones en la lista de inspecciones
para bases antárticas; asimismo adoptó dos Medidas que contemplan cuestiones
vinculadas a áreas protegidas.
La próxima
Reunión Consultiva se celebrará en la ciudad de Christchurch, aceptando el
ofrecimiento formulado por Nueva Zelanda, en el mes de mayo de 1997.-
Antartida
Resoluciones
y Medidas adoptadas durante la XX Reunión consultiva del Tratado Antártico.
Anexo A.
Resoluciones
1 Texto agregado a la Lista de Verificación A «Estaciones Antárticas
Permanentes e Instalaciones Asociadas»
anexada a la Resolución 5 (1995).
2 Valores estéticos de la Antártida.
3 Prórroga de las fechas de vencimiento para los Sitios de Especial
Interés Científico.
4 Eficacia en la Gestión y Conservación de los Sitios y Monumentos
Históricos.
5 Revisión del nuevo sistema de numeración para las Zonas Antárticas
Protegidas.
Anexo B.
Medidas
1
Descripción y Plan de Gestión revisados para los Sitios de Especial Interés Científico
(SEIC).
2 Sistema
de Zonas Antárticas Protegidas: Nuevos Sitios y Monumentos Históricos.
1.-Resolución 1 (1996)
Texto
agregado a la Lista de Verificación A «Estaciones Antárticas Permanentes e
Instalaciones Asociadas» anexada a la Resolución 5 (1995)
Los
Representantes de las Partes Consultivas,
Recordando
la Resolución 5 (1995) sobre las listas de verificación de las inspecciones;
Considerando
que en virtud del Artículo VII del Tratado Antártico se pueden realizar
inspecciones de los campamentos remotos y que al respecto sería útil contar con
orientación para la planificación y la realización de dichas inspecciones;
Recomiendan:
Agregar el
texto siguiente al final de la Lista de Verificación A «Estaciones Antárticas
Permanentes e Instalaciones Asociadas» anexada a la Resolución 5 (1995):
«Esta
lista de verificación podría ser útil para ayudar a preparar y guiar las
inspecciones de campamentos remotos así como de estaciones permanentes e
instalaciones asociadas. Algunos puntos de la lista pueden no ser pertinentes
para la inspección de campamentos remotos. Al planear las inspecciones, la
lista de verificación debiera examinarse y adaptarse a la instalación
específica que se ha de inspeccionar».
2.-Resolución 2 (1996)
Valores
Estéticos de la Antártida.
Los
Representantes de las Partes Consultivas,
Constatando
que la Antártida ha sido el tema de importantes obras de arte, música y
literatura;
Reconociendo
que el carácter singular de la Antártida de por sí representa una inspiración
para proteger sus valores;
Recomiendan:
Promover
el entendimiento y aprecio de los valores de la Antártida, particularmente de
sus valores científicos, estéticos y de vida silvestre, incluyendo mediante:
a)
oportunidades educativas, sobre todo para los jóvenes, y
b) la
contribución de escritores, artistas y músicos.
3.-RESOLUCION 3 (1996)
Prórroga
de las fechas de vencimiento para los Sitios de Especial Interés Científico.
Los
Representantes de las Partes Consultivas,
Recordando
las Recomendaciones VIII-3 y XII-5, y la Resolución 7 (1995);
Observando
que la experiencia respecto a los efectos prácticos de los planes de gestión
para estos sitios había demostrado que representaban un medio eficaz de reducir
los riesgos de interferencia con las actividades científicas llevadas a cabo en
las zonas de especial interés científico; y
Conscientes
de la utilidad de continuar armonizando las fechas de vencimiento de los Sitios
de Especial Interés Científico hasta la entrada en vigor del Protocolo al
Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente y su Anexo V;
Recomiendan
que:
1. Se prorrogue al 31 de diciembre del año 2000, según se había decidido
durante la XIX RCTA, la fecha de vencimiento de los Sitios de Especial Interés
Científico Nº 13 y 20.
2. Se prorrogue del 31 de diciembre de 1997 al 31 de diciembre del año
2000 la fecha de vencimiento de los Sitios de Especial Interés Científico Nº 2,
23, 24, 25, 26, 27 y 28.
3. Se prorrogue del 31 de diciembre de 1999 al 31 de diciembre del año
2000 la fecha de vencimiento de los Sitios de Especial Interés Científico Nº
29, 31 y 32.
4. Los Gobiernos de las Partes Consultivas velen por el cumplimiento de
los Planes de Gestión de dichos Sitios, de conformidad con lo estipulado en los
párrafos 3 y 4 de la Recomendación VII-3.
4.-Resolución 4 (1996).
Eficacia
en la Gestión y Conservación de los Sitios y Monumentos Históricos.
Los
Representantes de las Partes Consultivas,
Tomando
nota de la necesidad de garantizar la eficacia en la gestión y conservación de
los Sitios y Monumentos Históricos;
Conscientes
de que las Partes originarias de un Sitio o Monumento Histórico no son
necesariamente las mismas que proponen su designación como tal, ni que preparan
sus planes de gestión;
Reconociendo
la particular relevancia histórica y cultural de estos sitios para las Partes
originarias;
Recomiendan
que:
Durante
los trabajos preparatorios para la presentación de una propuesta de designación
de un Sitio o de un Monumento Histórico, o durante la redacción de su Plan de
Gestión, se garantice un enlace apropiado, según proceda, entre la Parte que
propone la designación y la Parte o Partes de dicho Sitio o Monumento
Histórico.
5.-
Resolución 5 (1996).
Revisión
del nuevo sistema de numeración para las Zonas Antárticas Protegidas.
Los
Representantes de las Partes Consultivas,
Tomando
nota de los requisitos estipulados en el Artículo 3 (3) del Anexo V, según los
cuales en el momento de su entrada en vigor todas las Zonas Especialmente
Protegidas (ZEP) y todos los Sitios de Especial Interés Científico (SEIC)
designados como tal por anteriores reuniones consultivas del Tratado Antártico
deberán volverse a titular y a numerar en consecuencia;
Reconociendo
que durante la XIX RCTA las Partes convinieron adoptar un nuevo sistema de
numeración de tres dígitos;
Tomando en
consideración las lagunas existentes en el sistema de numeración actual;
Recomiendan
que:
1. Se adopte el sistema de numeración para las Zonas Antárticas
Especialmente Protegidas (ZAEP) anexado a esta Resolución; y
2. Se introduzca el sistema de tres dígitos en el momento en que la RCTA
adopte, para cualquier zona protegida, el Plan de Gestión al amparo del Anexo
V;
3. Cuando una ZEP y un SEIC están ubicados juntos, se les asigne números
separados a fin de no adelantarse a una revisión de sus respectivos planes de
gestión.
SEIC
existentes Nº actual Nº pro- Año
de adopción
Del sitio puesto del plan
deGestión
En
virtud del Anexo V
Taylor Rookery 1 101 1992
Islas Rookery 2 102 1992
Islas
Andery y Odbert 3 103 1992
Isla
Sabrina 4 104
Isla
Beaufort 5 105
Cabo
Crozier (redesignado como SEIC Nº4) - -
Cabo
Hallet 7 106
Islas Dion 8 107
Isla Green 9 108
Península
Byers (redesignada como SEIC Nº6) - -
Cabo
Shireff (redesignado como SEIC Nº32) - -
Península
Fides (redesignada como SEIC Nº5) - -
Isla Moe 13 109 1995
Isla Lynch 14 110
Isla
Powell del Sur 15 111 1995
Península Coppermine 16 112
Isla Litchfield 17 113
Isla
Coronación Norte 18 114
Isla Lagotellerie 19 115
Valle New College 20 116 1992
Isla Avian
(anteriormente SEIC Nº30) 21 117
"Cryptogram
Ridge" 22 118
Lagunas de
Florida y del Valle Davis 23 119
Archipiélago
de Pointe-Geologie 24 120 1995
Cabo Royds 1 121
Alturas
Arribo 2 122
Valle
Barwick 3 123
Cabo
Crozier (anteriormente ZEP Nº6) 4 124
Península
Fides (anteriormente ZEP Nº 12) 5 125
Península
Byers (anteriormente ZEP Nº10) 6 126
Isla
Haswell 7 127
Costa
Occidental de la Bahía Laserre 8 128
Punta
Rothera 9 129
Playa
Caughley 10 116
"Tramway
Ridge" 11 130 1995
Glaciar
Canadá 12 131
Península
Potter 13 132
Punta
Armonía 14 133
Punta
Cierva 15 134
Península
Bayley 16 135
Península Clark 17 136
Isla White 18 137
Terraza
Linaeus 19 138
Punta
Biscoe 20 139
Partes de
la Isla Decepción 21 140
"Valle
Yukidori" 22 141
Svarthamaren 23 142
Cumbre del
Monte Melbourne 24 118
"Marine Plain" 25 143
Bahía Chile 26 144
Puerto Foster 27 145
South Bay 28 146
Punta
Ablation 29 147
Isla Avian
(redesignada como ZEP Nº21) - -
Monte
Flora 31 148
Cabo
Shireff (anteriormente ZEP Nº11) 32 149
Isla Ardley 33 150
Lions Rump 34 151
Estrecho
Bransfield Occidental 35 152
Bahía
Dallman 36 153
1.-
Medida 1 (1996)
Descripción
y Plan de Gestión revisados para los Sitios de Especial Interés Científico
(SEIC).
Los
Representantes de las Partes Consultivas,
Recomiendan
a sus gobiernos que adopten las siguiente Medida, de conformidad con el párrafo
4 del Artículo IX del Tratado Antártico.
Para los
Sitios de Especial Interés Científico mencionados seguidamente;
(i) suprimir el Plan de Gestión en el Anexo de la Recomendación XIII-8
sobre la facilitación de la investigación científica: Sitios de Especial
Interés Científico.
(ii) Incluir en el Anexo de la Recomendación XIII-8 sobre facilitación
de la investigación científica: Sitios de Especial Interés Científico, los
planes de gestión pertinentes para los Sitios de Interés Científico anexados a
la presente medida.
Los Sitios de Especial Interés Científico mencionados son:
SEIC Nº 9 - Punta Rothera, Isla Adelaida.
SEIC Nº 19- Terraza Linnaeus, Cordillera Asgard, Tierra Victoria.
(iii)Garantizar el cumplimiento por parte de sus ciudadanos de las
disposiciones obligatorias de los nuevos planes de acción.
(La
restante documentación, correspondiente a la implementación de esta Medida no
se transcribe por ser demasiado extensa. La misma se encuentra a disposición de
los interesados en la sede del IRI - Archivo del Departamento Malvinas,
Antártida e Islas del Atlántico Sur - Sección Antártida).
2.-
Medida 2 (1996)
Sistema de
Zonas Antárticas Protegidas: Nuevos Sitios y Monumentos Históricos.
Los
Representantes de las Partes Consultivas,
Recordando
las Recomendaciones I-IX, V-4, VI-14, VII-9, XII-7, XIII-16 y XIV-8, las
Medidas 4 y 5 (1995) y la Resolución 8 (1995),
Recomiendan
a sus gobiernos agregar los siguientes monumentos históricos a la «Lista de
Monumentos Históricos Identificados y descritos por el o los Gobiernos
Proponentes», anexada a la Recomendación VII-9 garantizando así su plena
protección y respeto en virtud de los estipulado por las Recomendaciones
mencionadas anteriormente.
Montículo
de Mikkelsen, Islas Tryne, Cerro Vestfold. Un montículo de piedras y un mástil
de madera erigidos por la expedición a tierra dirigida por el Capitán Klarius
Mikkelsen del ballenero noruego Thorshavn, que incluía a Caroline Mikkelsen, la
esposa del Capitán Mikkelsen, primer mujer que desembarcó en el este antártico.
El montículo, ubicado en la latitud 68º 22 minutos 34 segundos latitud S, en la
longitud 78º 24 minutos 33 segundos E fue redescubierto por las expediciones a
tierra de la Expedición Nacional de Investigación Antártica de Australia en
1957 y nuevamente en 1995.