ORGANIZACION MUNDIAL
DEL COMERCIO (OMC)
(Adoptada el 13 de diciembre de 1996 )
Finalidad
1. Los Ministros nos hemos reunido en Singapur los días 9 a 13 de
diciembre de 1996 para la primera reunión bienal ordinaria de la OMC a nivel
ministerial, según lo estipulado en el artículo IV del Acuerdo por el que se
establece la Organización Mundial del Comercio, con el fin de consolidar aún
más la OMC como foro de negociación, de constante liberalización del comercio
en un sistema basado en normas y de examen y evaluación multilaterales
de las políticas comerciales y en particular para:
-evaluar la aplicación de los compromisos que hemos contraído en virtud
de los Acuerdos y decisiones de la OMC;
-pasar revista a las negociaciones en curso y al programa de
trabajo;
-examinar la evolución del comercio mundial; y
-hacer frente a los desafíos de una economía mundial en evolución. -
-Comercio y crecimiento económico
2. Durante
casi 50 años los Miembros han tratado de cumplir, primero en el GATT y ahora en
la OMC, los objetivos recogidos en el preámbulo del Acuerdo sobre la OMC de
conducir nuestras relaciones comerciales con miras a elevar los niveles de vida
en todo el mundo. El incremento del comercio mundial facilitado por la
liberalización de éste en el sistema basado en normas ha creado en muchos
países más puestos de trabajo y mejor pagados. Los logros de la OMC en sus dos
primeros años son testimonio de nuestro deseo de trabajar juntos para
aprovechar al máximo las posibilidades que ofrece el sistema multilateral de
promover el crecimiento y desarrollo sostenibles contribuyendo al mismo tiempo
a un clima más estable y seguro en las relaciones internacionales.
Integración de las economías; oportunidades y
desafíos
3. Creemos
que el alcance y el ritmo del cambio en la economía internacional, incluido el
crecimiento del comercio de servicios y de la inversión directa, y la creciente
integración de las economías ofrecen unas posibilidades sin precedentes de
mayor crecimiento, creación de puestos de trabajo y desarrollo. Esta evolución
exige que las economías y las sociedades se reajusten. Asimismo,
comporta desafíos al sistema de comercio. Nos comprometemos a hacer frente a
esos desafíos.
Normas fundamentales del trabajo
4.
Renovamos nuestro compromiso de respetar las normas Fundamentales del trabajo
internacionalmente reconocidas. La Organización Internacional del Trabajo (OIT)
es el órgano competente para establecer esas normas y ocuparse de ellas, y
afirmamos nuestro apoyo a su labor de promoción de las mismas. Consideramos que
el crecimiento y el desarrollo económicos impulsados por el incremento del
comercio y la mayor liberalización comercial contribuirán a la promoción
de esas normas. Rechazamos la utilización de las normas del trabajo con fines
proteccionistas y convenimos en que no debe cuestionarse en absoluto la ventaja
comparativa de los países, en particular de los países en desarrollo de bajos
salarios. A este respecto, tomamos nota de que las Secretarías de la OMC y la
OIT proseguirán su actual colaboración.
Marginación
5. Nos
comprometemos a abordar el problema de la marginación de los países menos
adelantados y el riesgo de caer en ella que corren ciertos países en
desarrollo. Asimismo seguiremos trabajando para conseguir una mayor coherencia
en la formulación de la política económica en el plano internacional y una
mejor coordinación entre la OMC y otros organismos para la prestación de
asistencia técnica.
Función de la OMC
6. En
prosecución del objetivo del crecimiento y desarrollo sostenibles para el bien
común, contemplamos un mundo en el que el comercio fluya libremente. Para este
fin renovamos nuestro compromiso para con:
-un sistema basado en normas justo, equitativo y más abierto;
-la liberalización y supresión progresivas de los obstáculos
arancelarios y no arancelarios al comercio de mercancías;
-la liberalización progresiva del comercio de servicios;
-el rechazo de todas las formas de proteccionismo;
-la supresión del trato discriminatorio en las relaciones comerciales
internacionales;
-la integración de los países en desarrollo, los países menos
adelantados y las economías en transición en el sistema multilateral; y
-el máximo nivel posible de transparencia.
Acuerdos regionales
7.
Observamos que en las relaciones comerciales de los Miembros de la OMC influyen
cada vez más los acuerdos comerciales regionales, cuyo número, alcance y
cobertura han aumentado en gran medida. Esas iniciativas pueden promover una
mayor liberalización y podrán ayudar a las economías menos adelantadas, en
desarrollo y en transición a integrarse en el sistema de comercio internacional.
En este contexto señalamos la importancia de los actuales acuerdos regionales
en que parricipan los países en desarrollo y los países menos adelantados. En
vista de la expansión y la amplitud de los acuerdos regionales, es
importante analizar si es preciso aclarar más el sistema de derechos y
obligaciones de la OMC en relación con los acuerdos comerciales regionales.
Reafirmamos la primacía del sistema de comercio multilateral, que incluye un
marco para el desarrollo de los acuerdos comerciales regionales, y renovamos
nuestro compromiso de asegurar que los acuerdos comerciales regionales sean
complementarios de aquél y compatibles con sus normas. A este respecto,
celebramos el establecimiento y aprobamos la labor del nuevo Comité de
Acuerdos Comerciales Regionales. Seguiremos llevando adelante la liberalización
progresiva en la OMC según el compromiso que hemos aceptado en el Acuerdo sobre
la OMC y en las Decisiones adoptadas en Marrakech y al hacerlo facilitaremos
procesos de liberalización del comercio mundial y regional que se apoyen
mutuamente.
Adhesiones
8. Es
importante que los 28 candidatos que negocian actualmente su adhesión
contribuyan a completar ese proceso mediante la aceptación de las normas de la
OMC y mediante la oferta de compromisos significativos de acceso a sus
mercados. Trabajaremos para integrar con prontitud a estos candidatos al
sistema de la OMC. Solución de diferencias
9. El
Entendimiento sobre Solución de Diferencias (ESD) ofrece, para resolver los
litigios entre los Miembros, un medio único en los acuerdos internacionales.
Consideramos que el funcionamiento imparcial y transparente del ESD es de
importancia fundamental para asegurar la solución de las diferencias
comerciales y para favorecer la aplicación y él funcionamiento de los Acuerdos
de la OMC. El Entendimiento, al establecer procedimientos previsibles, que
incluyen la posibilidad de apelar las decisiones de los grupos especiales ante
un Órgano de Apelación y disposiciones sobre la aplicación de las
recomendaciones, ha mejorado los medios al alcance de los Miembros para
resolver sus diferencias. Estimamos que el ESD ha funcionado eficazmente
durante sus dos primeros años de vigencia. También tomamos nota de la función
que han cumplido varios órganos de la OMC al contribuir a evitar diferencias.
Reafirmamos nuestra determinación de acatar las normas y procedimientos del ESD
y de los demás Acuerdos de la OMC en el desarrollo de nuestras relaciones
comerciales y en la solución de las diferencias. Confiamos en que una experiencia
más prolongada con el ESD, incluida la aplicación de las recomendaciones de los
grupos especiales y del Organo de Apelación, mejorará aún más la
eficacia y la credibilidad del sistema de solución de diferencias.
Aplicación
10. Atribuimos gran prioridad a la aplicación plena y efectiva
del Acuerdo sobre la OMC de manera compatible con el objetivo de la
liberalización del comercio. Hasta ahora la aplicación ha sido en general
satisfactoria, si bien algunos Miembros han expresado su descontento con
ciertos aspectos. Es claro que se precisa un mayor esf'uerzo a este respecto,
como señalan los órganos competentes de la OMC en sus informes. El cumplimiento
de los compromisos específicos consignados por los Miembros en sus listas en
relación con el acceso a los mercados para los productos industriales y con el
comercio de servicios parece desarrollarse sin tropiezos. En cuanto al acceso a
los mercados para los productos industriales, la vigilancia del cumplimiento
mejoraría si se dispusiera oportunamente de los datos comerciales y
arancelarios. También se han realizado progresos en la tarea de hacer avanzar
el programa de reforma de la agricultura de la OMC, inclusive en la aplicación
de las concesiones acordadas en materia de acceso a los mercados y de los
compromisos relativos a las subvenciones internas y las subvenciones a
la exportación.
Notificaciones y legislación
11. El cumplimiento
de las prescripciones en materia de notificación no ha sido plenamente satisfactorio.
Dado que el sistema de la OMC se basa en la vigilancia recíproca como medio
de evaluar la aplicación, los Miembros que no hayan presentado notificaciones
oportunamente o aquellos cuyas notificaciones sean incompletas deberán redoblar
sus esfuerzos. Al mismo tiempo, los órganos competentes deberán adoptar medidas
adecuadas para promover el cumplimiento cabal y a la vez examinar propuestas
prácticas de simplificación del proceso de notificación.
12. En los casos en que es necesaria legislación para aplicar las normas
de la OMC, los Miembros son conscientes de sus obligaciones de completar sin
más demoras el proceso legislativo interno. Se insta a los Miembros que tienen
derecho a períodos de transición a que adopten las medidas que consideren
necesarias para asegurar el oportuno cumplimiento de sus obligaciones cuando
éstas entren en vigor. Cada Miembro deberá examinar cuidadosamente toda su
legislación, programas y medidas vigentes o proyectados para asegurarse
de su plena compatibilidad con las obligaciones que impone la OMC y deberá
considerar cuidadosamente las cuestiones que en el examen por los órganos
competentes de la Organización se planteen acerca de la compatibilidad de la
legislación, programas y medidas con la OMC e introducir los cambios adecuados
cuando sea necesario.
Países en desarrollo
13. La integración de los países en desarrollo en el sistema de comercio
multilateral es importante para su desarrollo económico y para la
expansión del comercio mundial. A este respecto recordamos que el Acuerdo sobre
la OMC contiene disposiciones que prevén un trato diferenciado y más
favorable para los países en desarrollo, con inclusión de una especial atención
a la situación particular de los países menos adelantados. Reconocemos el hecho
de que los países en desarrollo Miembros han asumido compromisos nuevos y significativos,
tanto sustantivos como de procedimiento, y reconocemos la diversidad y la
complejidad de los esfuerzos que despliegan para cumplirlos. Para ayudarles en
esos esfuerzos, incluidos los que hacen en relación con los requisitos de
notificación y legislación, mejoraremos la disponibilidad de asistencia técnica
en el marco de las directrices convenidas. También hemos aceptado
recomendaciones relativas a la Decisión que adoptamos en Marrakech acerca de
los posibles efectos negativos del programa de reforma de la agricultura en los
países menos adelantados y en los países en desarrollo importadores netos de
productos alimenticios.
Países menos adelantados
14. Siguen preocupándonos los problemas de los países menos adelantados,
y hemos acordado:
-un Plan de Acción, que incluye la adopción con carácter autónomo de
medidas positivas como, por ejemplo, el acceso libre de derechos, encaminado a
mejorar la capacidad general de estos países para responder a las oportunidades
que ofrece el sistema de comercio;
-procurar imprimir al Plan de Acción un contenido operativo, por
ejemplo, mediante la mejora de las condiciones para la inversión y la concesión
de condiciones de acceso al mercado previsibles y favorables para los productos
de los países menos adelantados, favorecer la expansión y diversificación
de sus exportaciones a los mercados de todos los países desarrollados y, en el
caso de los países en desarrollo correspondientes, en el contexto del Sistema
Global de Preferencias Comerciales; y -organizar lo antes posible en 1997 una
reunión con la UNCTAD y el Centro de Comercio Internacional, con la
participación de organismos de ayuda, instituciones financieras multilaterales
y países menos adelantados, destinada a fomentar un planteamiento integrado de
la asistencia a estos países para potenciar sus oportunidades comerciales.
Textiles y vestido
15. Confirmamos que nos hemos comprometido a una plena y fiel aplicación
de las disposiciones del Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido (ATV).
Destacamos la importancia de la integración, prevista en el ATV, de los
productos textiles en el GATT de 1994 en el marco de sus normas y disciplinas
reforzadas, porque es de relevancia para el conjunto del sistema de comercio no
discriminatorio y basado en normas y porque contribuye al aumento de los
ingresos de los países en desarrollo por exportaciones. Consideramos que la
aplicación de este Acuerdo es importante para conseguir una efectiva transición
al GATT de 1994 mediante una integración de carácter progresivo. El recurso a
medidas de salvaguardia al amparo de las disposiciones del ATV deberá hacerse
con la mayor moderación posible. Tomamos nota de las preocupaciones existentes
por el recurso a otras medidas que distorsionan el comercio y por la elusión.
Reiteramos la importancia que tiene aplicar plenamente las disposiciones del
ATV relativas a los pequeños abastecedores, los nuevos exportadores y los
países menos adelantados Miembros y las que se refieren a los Miembros
exportadores que son productores de algodón. Reconocemos la importancia de los
productos de lana para algunos países en desarrollo Miembros. Reafirmamos que
como parte del proceso de integración y en relación con los compromisos
específicos aceptados por los Miembros a raíz de la Ronda Uruguay, todos los
Miembros deben adoptar las medidas que sean necesarias para respetar las normas
y disciplinas del GATT de 1994 al objeto de conseguir un mejor acceso a los
mercados para los productos textiles y de vestido. Convenimos en que, habida
cuenta de su carácter cuasijudicial, el Órgano de Supervisión de los Textiles
(OST) deberá conseguir la transparencia al establecer el fundamento de sus
conclusiones y recomendaciones. Esperamos que el OST llegue a conclusiones y
haga recomendaciones siempre que lo requiera el Acuerdo. Hacemos hincapié en la
responsabilidad que corresponde al Consejo del Comercio de Mercancías de
supervisar, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 5 del artículo IV del
Acuerdo sobre la OMC y en el artículo 8 del ATV, el funcionamiento de este
Acuerdo, cuya aplicación supervisa el OST.
Comercio y medio ambiente
16. El Comité de Comercio y Medio Ambiente ha hecho una contribución
importante al cumplimiento de su programa de trabajo. El Comité viene
examinando y mantendrá en examen, entre otras cosas, el alcance de los
aspectos complementarios entre la liberalización del comercio, el desarrollo
económico y la protección del medio ambiente. La plena aplicación de los
Acuerdos de la OMC será una contribución importante a la consecución de los
objetivos del desarrollo sostenible. La labor del Comité ha puesto de relieve
la importancia de la coordinación de políticas a nivel nacional en la esfera
del comercio y el medio ambiente. A este respecto, ha enriquecido los trabajos
del Comité la participación de expertos tanto ambientalistas como comerciales
de los gobiernos Miembros, y sería de desear que esos expertos continuaran
participando en las deliberaciones del Comité. La amplitud y la complejidad de
las cuestiones abarcadas por el programa de trabajo del Comité muestran que es
necesario realizar nuevos trabajos en todos los puntos de su orden del día,
según figuran en su informe. Tenemos el propósito de actuar sobre la base de la
labor realizada hasta ahora; encomendamos, por tanto, al Comité que lleve a
cabo sus trabajos, rindiendo informe al Consejo General, en el marco de su
mandato actual.
Negociaciones sobre servicios
17. Se ha constatado que el cumplimiento de los objetivos acordados en
Marrakech para las negociaciones sobre el mejoramiento del acceso a los
mercados para los servicios -servicios financieros, movimiento de personas
físicas, servicios de transporte marítimo y telecomunicaciones básicas-
ha sido difícil. Los resultados han sido inferiores a las expectativas. En tres
sectores ha sido necesario prolongar las negociaciones más allá de los plazos
inicialmente establecidos. Estamos decididos a conseguir, en la continuación de
las negociaciones y en las que está previsto se inicien a más tardar el l° de
enero del año 2000, niveles progresivamente más elevados de liberalización de
los servicios sobre la base de ventajas mutuas y con la adecuada flexibilidad
para los distintos países en desarrollo Miembros, según lo estipulado en el Acuerdo.
En este contexto, esperamos acuerdos NMF plenos basados en compromisos
mejorados sobre acceso a los mercados y en el trato nacional. En
consecuencia:
-llevaremos a buen término las negociaciones sobre telecomunicaciones
básicas en febrero de 1997; y
-reanudaremos las negociaciones sobre servicios financieros en abril de
1997 con objeto de conseguir compromisos significativamente mejorados sobre
acceso a los mercados, con una participación mayor y en el marco
temporal convenido. Teniendo presentes estos mismos objetivos amplios,
esperamos también llevar a buen término las negociaciones sobre servicios de
transporte marítimo en la próxima ronda de negociaciones sobre la
liberalización de los servicios. En lo referente a los servicios profesionales,
tenderemos a concluir la labor sobre el sector de la contabilidad para finales
de 1997 y seguiremos desarrollando disciplinas y directrices
multilaterales. A este respecto alentamos a la FIC, la CNIC: y la OICU a que
finalicen normas internacionales en el sector de la contabilidad. En cuanto a
las normas del AGCS, realizaremos los trabajos necesarios para terminar las
negociaciones sobre salvaguardias a finales de 1997. También tomamos nota de
que se precisarán más trabajos analíticos sobre las medidas de salvaguardia
urgentes, la contratación pública de servicios y las subvenciones.
Acuerdo sobre tecnología de la información y
Productos farmacéuticos
18. Tomando nota de que varios Miembros han llegado a un acuerdo acerca
de una Declaración sobre el Comercio de Productos de Tecnología de la
Información, celebramos la iniciativa de varios Miembros de la OMC y otros
Estados o territorios aduaneros distintos en proceso de adhesión a la OMC, que
han convenido en suprimir sobre una base NMF los aranceles en el comercio de
productos de tecnología de la información, al igual que la inclusión por varios
Miembros de más de 400 productos adicionales en sus listas de productos
farmacéuticos exentos de derechos arancelarios.
Programa de trabajo y programa incorporado
19. Teniendo presente que un aspecto importante de las actividades de la
OMC es la supervisión constante de la aplicación de diversos acuerdos, un
examen y actualización periódicos de su Programa de Trabajo es clave
para que la OMC pueda cumplir sus objetivos. En este contexto aprobamos los
informes de los diferentes órganos de la OMC. Una parte importante del Programa
de Trabajo se origina en el Acuerdo sobre la OMC y en las decisiones adoptadas
en Marrakech. Como parte de esos Acuerdos y decisiones, convinimos en
varias disposiciones que requieren futuras negociaciones sobre la agricultura,
los servicios y algunos ADPIC, o exámenes y otros trabajos en relación
con las medidas antidumping, la valoración en aduana, el Entendimiento sobre
Solución de Diferencias, las licencias de importación, la inspección previa a
la expedición, las normas de origen, las medidas sanitarias y fitosanitarias,
las salvaguardias, las subvenciones y medidas compensatorias, los obstáculos
técnicos al comercio, los textiles y el vestido, el Mecanismo de Examen de las
Políticas Comerciales, los aspectos de los derechos de propiedad intelectual
relacionados con el comercio y las medidas en materia de inversiones
relacionadas con el comercio. Estamos de acuerdo con un proceso de análisis e
intercambio de información, cuando lo prevean las conclusiones y
recomendaciones de los órganos competentes de la OMC, sobre las cuestiones del
programa incorporado, que permita a los Miembros comprender mejor las
cuestiones de que se trate e identificar sus intereses antes de iniciar las
negociaciones y exámenes acordados. Acordamos que:
-los marcos temporales establecidos en los Acuerdos se respetarán en
cada caso;
-los trabajos realizados no prejuzgarán el alcance de las futuras
negociaciones cuando tales negociaciones sean precisas; y
-los trabajos realizados no prejuzgarán la naturaleza de la actividad
acordada (es decir, negociación o examen).
Inversión y competencia
20. Teniendo en cuenta las disposiciones existentes de la OMC sobre
cuestiones relacionadas con la inversión y la política de competencia y el
programa incorporado relativo a esas materias, inclusive en el marco del
Acuerdo sobre las MIC, y en la inteligencia de que la labor que se emprenda no
prejuzgará la iniciación de negociaciones en el futuro, acordamos asimismo:
-establecer un grupo de trabajo encargado de examinar la relación entre
comercio e inversión; y
-establecer un grupo
de trabajo encargado de estudiar las cuestiones que planteen los Miembros
acerca de la interacción entre comercio y política de competencia, incluidas
las prácticas anticompetitivas, con vistas a identificar cualesquiera áreas que
puedan merecer ulterior atención en el marco de la OMC. Cada uno de esos grupos
aprovechará la labor del otro en caso necesario y aprovechará además, sin que
esto vaya en desmedro de ella, la labor realizada en la UNCTAD y otros foros
intergubernamentales apropiados. En lo que concierne a la UNCTAD, celebramos la
labor en curso prevista en la Declaración de Midrand y la contribución que
puede hacer a la comprensión de las cuestiones. En lo que respecta a la
conducción de la labor de los grupos de trabajo, alentamos a la cooperación con
las organizaciones antes citadas para hacer el mejor uso posible de los
recursos disponibles y asegurar que se tome plenamente en consideración la
dimensión del desarrollo. El Consejo General mantendrá bajo examen la labor de
uno y otro grupo y decidirá al cabo de dos años cómo habrá de proseguir
ésta en uno y otro caso. Queda claramente entendido que, de haberla, cualquier
futura negociación en materia de disciplinas multilaterales aplicables a estos
sectores sólo podrá tener lugar tras la adopción por los Miembros de la OMC de
una decisión explícita por consenso acerca de esas negociaciones.
21.Acordamos además:
Transparencia de la contratación pública
-establecer
un grupo de trabajo encargado de realizar un estudio sobre la transparencia de
las prácticas de contratación pública, que tenga en cuenta las políticas
nacionales, y, sobre la base de ese estudio, elaborar elementos
para su inclusión en un acuerdo apropiado; y
Facilitación del comercio
-encomendar
al Consejo del Comercio de Mercancías la realización de trabajos exploratorios y
analíticos sobre la simplificación de los procedimientos que rigen el
comercio, aprovechando los trabajos de otras organizaciones internacionales
pertinentes, con objeto de evaluar si procede establecer normas de la OMC: en
esta materia.
22. A los efectos de la organización de los trabajos a que se hace
referencia en los párrafos 20 y 21, se atenderá cuidadosamente a reducir
al mínimo la carga que recaiga en las delegaciones, sobre todo las que disponen
de menos recursos, y a coordinar las reuniones con las de los órganos
pertinentes de la UNCTAD. El programa de cooperación técnica de la Secretaría
estará a disposición de los países en desarrollo Miembros, y en especial de los
menos adelantados de entre ellos, para facilitar su participación en estos
trabajos.
23. Teniendo presente que el quincuagésimo aniversario del sistema
multilateral de comercio se cumplirá a comienzos 1998, encomendamos al Consejo
General que considere la mejor manera de conmemorar este histórico
acontecimiento.
Por
último, expresamos nuestro más profundo agradecimiento al Excmo. Sr. Yeo Cheow
Tong, Presidente de la Conferencia Ministerial, por su contribución personal al
éxito de esta Conferencia Ministerial. Deseamos expresar asimismo nuestra
sincera gratitud al Primer Ministro Goh Chok Tong, a los miembros de su
Gobierno y al pueblo de Singapur por la cálida hospitalidad que nos han
dispensado y la excelente organización de que hemos todos disfrutado. El hecho
de que esta primera Conferencia Ministerial de la OMC haya tenido lugar en
Singapur es una muestra más del compromiso de Singapur para con un sistema de
comercio mundial abierto.
Miembros
de la OMC (128) (13 de diciembre de 1996)
Alemania,
Angola, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Austria, Bahrein, Bangladesh,
Barbados, Bélgica, Belice, Benin, Bolivia, Botswana, Brasil, Brunei Darussalam,
Bulgaria, Burkina Faso, Burundi, Camerún, Canadá, Chad, Chile, Chipre,
Colombia, Comunidad Europea, Corea, Costa Rica, Cote d Ivoire Cuba, Dinamarca
Djiboutt Dominica, Ecuador, Egipto, El Salvador Emiratos Arabes Unidos,
Eslovenia España, Estados Unidos Fiji Filipinas Finlandia Francia, Gabón Gambia
Ghana, Granada, Grecia, Guatemala, Guinea, Guinea Bissau Guyana, Haití Honduras
Hong Kong, Hungría India Indonesia Irlanda Islandia Israel Italia Jamaica Japón
Kenya Kuwait Lesotho Liechtenstein Luxemburgo Macao Madagascar Malasia Malawi
Maldivas Malí Malta Marruecos Mauricio Mauritania México Mozambique Myanmar
Namibia Nicaragua, Níger, Nigeria, Noruega, Nueva Zelandia, Países Bajos - Para
el Reino de los Países Bajos en Europa y para las Antillas Holandesas,
Pakistán, Papua Nueva Guinea, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Qatar, Reino
Unido, República Centroafricana, República Checa, República Dominicana,
República Eslovaca, Rumania, Rwanda, Saint Kitts y Nevis, Las Islas Salomón,
San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Senegal, Sierra Leona, Singapur, Sri
Lanka, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Suriname, Swazilandia, Tailandia, Tanzanía,
Togo, Trinidad y Tabago, Túnez, Turquía, Uganda, Uruguay, Venezuela, Zambia,
Zimbabwe.
Mesa de
la Conferencia Ministerial de la OMC: Presidente - Excmo Sr Cheow Tong YEO - Ministro de Comercio e
Industria de Singapur Vicepresidente - Excmo Sr Knda KENNY - Ministro de
Turismo y Comercio de Irlanda Excmo. Sr Alvaro RAMOS - Ministro de Relaciones
Exteriores del Uruguay, Excmo. Sr. Mondher ZENAIDI - Ministro de Comercio de
Túnez.