Anuario de Relaciones Internacionales, Año 1997 DOCUMENTOS

ORGANIZACION MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC)

Declaración ministerial de Singapur

 

(Adoptada el 13 de diciembre de 1996 )

 

Finalidad

1. Los Ministros nos hemos reunido en Singapur los días 9 a 13 de diciembre de 1996 para la primera reunión bienal ordinaria de la OMC a nivel ministerial, según lo estipulado en el artículo IV del Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio, con el fin de consolidar aún más la OMC como foro de negociación, de constante liberalización del comercio en un sistema basado en normas y de examen y evaluación multilaterales de las políticas comerciales y en particular para:

-evaluar la aplicación de los compromisos que hemos contraído en virtud de los Acuerdos y decisiones de la OMC;

-pasar revista a las negociaciones en curso y al programa de trabajo;

-examinar la evolución del comercio mundial; y

-hacer frente a los desafíos de una economía mundial en evolución. -

-Comercio y crecimiento económico

2. Durante casi 50 años los Miembros han tratado de cumplir, primero en el GATT y ahora en la OMC, los objetivos recogidos en el preámbulo del Acuerdo sobre la OMC de conducir nuestras relaciones comerciales con miras a elevar los niveles de vida en todo el mundo. El incremento del comercio mundial facilitado por la liberalización de éste en el sistema basado en normas ha creado en muchos países más puestos de trabajo y mejor pagados. Los logros de la OMC en sus dos primeros años son testimonio de nuestro deseo de trabajar juntos para aprovechar al máximo las posibilidades que ofrece el sistema multilateral de promover el crecimiento y desarrollo sostenibles contribuyendo al mismo tiempo a un clima más estable y seguro en las relaciones internacionales.

Integración de las economías; oportunidades y desafíos

3. Creemos que el alcance y el ritmo del cambio en la economía internacional, incluido el crecimiento del comercio de servicios y de la inversión directa, y la creciente integración de las economías ofrecen unas posibilidades sin precedentes de mayor crecimiento, creación de puestos de trabajo y desarrollo. Esta evolución exige que las economías y las sociedades se reajusten. Asimismo, comporta desafíos al sistema de comercio. Nos comprometemos a hacer frente a esos desafíos.

Normas fundamentales del trabajo

4. Renovamos nuestro compromiso de respetar las normas Fundamentales del trabajo internacionalmente reconocidas. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es el órgano competente para establecer esas normas y ocuparse de ellas, y afirmamos nuestro apoyo a su labor de promoción de las mismas. Consideramos que el crecimiento y el desarrollo económicos impulsados por el incremento del comercio y la mayor liberalización comercial contribuirán a la promoción de esas normas. Rechazamos la utilización de las normas del trabajo con fines proteccionistas y convenimos en que no debe cuestionarse en absoluto la ventaja comparativa de los países, en particular de los países en desarrollo de bajos salarios. A este respecto, tomamos nota de que las Secretarías de la OMC y la OIT proseguirán su actual colaboración.

Marginación

5. Nos comprometemos a abordar el problema de la marginación de los países menos adelantados y el riesgo de caer en ella que corren ciertos países en desarrollo. Asimismo seguiremos trabajando para conseguir una mayor coherencia en la formulación de la política económica en el plano internacional y una mejor coordinación entre la OMC y otros organismos para la prestación de asistencia técnica.

Función de la OMC

6. En prosecución del objetivo del crecimiento y desarrollo sostenibles para el bien común, contemplamos un mundo en el que el comercio fluya libremente. Para este fin renovamos nuestro compromiso para con:

-un sistema basado en normas justo, equitativo y más abierto;

-la liberalización y supresión progresivas de los obstáculos arancelarios y no arancelarios al comercio de mercancías;

-la liberalización progresiva del comercio de servicios;

-el rechazo de todas las formas de proteccionismo;

-la supresión del trato discriminatorio en las relaciones comerciales internacionales;

-la integración de los países en desarrollo, los países menos adelantados y las economías en transición en el sistema multilateral; y

-el máximo nivel posible de transparencia.

Acuerdos regionales

7. Observamos que en las relaciones comerciales de los Miembros de la OMC influyen cada vez más los acuerdos comerciales regionales, cuyo número, alcance y cobertura han aumentado en gran medida. Esas iniciativas pueden promover una mayor liberalización y podrán ayudar a las economías menos adelantadas, en desarrollo y en transición a integrarse en el sistema de comercio internacional. En este contexto señalamos la importancia de los actuales acuerdos regionales en que parricipan los países en desarrollo y los países menos adelantados. En vista de la expansión y la amplitud de los acuerdos regionales, es importante analizar si es preciso aclarar más el sistema de derechos y obligaciones de la OMC en relación con los acuerdos comerciales regionales. Reafirmamos la primacía del sistema de comercio multilateral, que incluye un marco para el desarrollo de los acuerdos comerciales regionales, y renovamos nuestro compromiso de asegurar que los acuerdos comerciales regionales sean complementarios de aquél y compatibles con sus normas. A este respecto, celebramos el establecimiento y aprobamos la labor del nuevo Comité de Acuerdos Comerciales Regionales. Seguiremos llevando adelante la liberalización progresiva en la OMC según el compromiso que hemos aceptado en el Acuerdo sobre la OMC y en las Decisiones adoptadas en Marrakech y al hacerlo facilitaremos procesos de liberalización del comercio mundial y regional que se apoyen mutuamente.

Adhesiones

8. Es importante que los 28 candidatos que negocian actualmente su adhesión contribuyan a completar ese proceso mediante la aceptación de las normas de la OMC y mediante la oferta de compromisos significativos de acceso a sus mercados. Trabajaremos para integrar con prontitud a estos candidatos al sistema de la OMC. Solución de diferencias

9. El Entendimiento sobre Solución de Diferencias (ESD) ofrece, para resolver los litigios entre los Miembros, un medio único en los acuerdos internacionales. Consideramos que el funcionamiento imparcial y transparente del ESD es de importancia fundamental para asegurar la solución de las diferencias comerciales y para favorecer la aplicación y él funcionamiento de los Acuerdos de la OMC. El Entendimiento, al establecer procedimientos previsibles, que incluyen la posibilidad de apelar las decisiones de los grupos especiales ante un Órgano de Apelación y disposiciones sobre la aplicación de las recomendaciones, ha mejorado los medios al alcance de los Miembros para resolver sus diferencias. Estimamos que el ESD ha funcionado eficazmente durante sus dos primeros años de vigencia. También tomamos nota de la función que han cumplido varios órganos de la OMC al contribuir a evitar diferencias. Reafirmamos nuestra determinación de acatar las normas y procedimientos del ESD y de los demás Acuerdos de la OMC en el desarrollo de nuestras relaciones comerciales y en la solución de las diferencias. Confiamos en que una experiencia más prolongada con el ESD, incluida la aplicación de las recomendaciones de los grupos especiales y del Organo de Apelación, mejorará aún más la eficacia y la credibilidad del sistema de solución de diferencias.

Aplicación

10. Atribuimos gran prioridad a la aplicación plena y efectiva del Acuerdo sobre la OMC de manera compatible con el objetivo de la liberalización del comercio. Hasta ahora la aplicación ha sido en general satisfactoria, si bien algunos Miembros han expresado su descontento con ciertos aspectos. Es claro que se precisa un mayor esf'uerzo a este respecto, como señalan los órganos competentes de la OMC en sus informes. El cumplimiento de los compromisos específicos consignados por los Miembros en sus listas en relación con el acceso a los mercados para los productos industriales y con el comercio de servicios parece desarrollarse sin tropiezos. En cuanto al acceso a los mercados para los productos industriales, la vigilancia del cumplimiento mejoraría si se dispusiera oportunamente de los datos comerciales y arancelarios. También se han realizado progresos en la tarea de hacer avanzar el programa de reforma de la agricultura de la OMC, inclusive en la aplicación de las concesiones acordadas en materia de acceso a los mercados y de los compromisos relativos a las subvenciones internas y las subvenciones a la exportación.

Notificaciones y legislación

11. El cumplimiento de las prescripciones en materia de notificación no ha sido plenamente satisfactorio. Dado que el sistema de la OMC se basa en la vigilancia recíproca como medio de evaluar la aplicación, los Miembros que no hayan presentado notificaciones oportunamente o aquellos cuyas notificaciones sean incompletas deberán redoblar sus esfuerzos. Al mismo tiempo, los órganos competentes deberán adoptar medidas adecuadas para promover el cumplimiento cabal y a la vez examinar propuestas prácticas de simplificación del proceso de notificación.

12. En los casos en que es necesaria legislación para aplicar las normas de la OMC, los Miembros son conscientes de sus obligaciones de completar sin más demoras el proceso legislativo interno. Se insta a los Miembros que tienen derecho a períodos de transición a que adopten las medidas que consideren necesarias para asegurar el oportuno cumplimiento de sus obligaciones cuando éstas entren en vigor. Cada Miembro deberá examinar cuidadosamente toda su legislación, programas y medidas vigentes o proyectados para asegurarse de su plena compatibilidad con las obligaciones que impone la OMC y deberá considerar cuidadosamente las cuestiones que en el examen por los órganos competentes de la Organización se planteen acerca de la compatibilidad de la legislación, programas y medidas con la OMC e introducir los cambios adecuados cuando sea necesario.

Países en desarrollo

13. La integración de los países en desarrollo en el sistema de comercio multilateral es importante para su desarrollo económico y para la expansión del comercio mundial. A este respecto recordamos que el Acuerdo sobre la OMC contiene disposiciones que prevén un trato diferenciado y más favorable para los países en desarrollo, con inclusión de una especial atención a la situación particular de los países menos adelantados. Reconocemos el hecho de que los países en desarrollo Miembros han asumido compromisos nuevos y significativos, tanto sustantivos como de procedimiento, y reconocemos la diversidad y la complejidad de los esfuerzos que despliegan para cumplirlos. Para ayudarles en esos esfuerzos, incluidos los que hacen en relación con los requisitos de notificación y legislación, mejoraremos la disponibilidad de asistencia técnica en el marco de las directrices convenidas. También hemos aceptado recomendaciones relativas a la Decisión que adoptamos en Marrakech acerca de los posibles efectos negativos del programa de reforma de la agricultura en los países menos adelantados y en los países en desarrollo importadores netos de productos alimenticios.

Países menos adelantados

14. Siguen preocupándonos los problemas de los países menos adelantados, y hemos acordado:

-un Plan de Acción, que incluye la adopción con carácter autónomo de medidas positivas como, por ejemplo, el acceso libre de derechos, encaminado a mejorar la capacidad general de estos países para responder a las oportunidades que ofrece el sistema de comercio;

-procurar imprimir al Plan de Acción un contenido operativo, por ejemplo, mediante la mejora de las condiciones para la inversión y la concesión de condiciones de acceso al mercado previsibles y favorables para los productos de los países menos adelantados, favorecer la expansión y diversificación de sus exportaciones a los mercados de todos los países desarrollados y, en el caso de los países en desarrollo correspondientes, en el contexto del Sistema Global de Preferencias Comerciales; y -organizar lo antes posible en 1997 una reunión con la UNCTAD y el Centro de Comercio Internacional, con la participación de organismos de ayuda, instituciones financieras multilaterales y países menos adelantados, destinada a fomentar un planteamiento integrado de la asistencia a estos países para potenciar sus oportunidades comerciales.

Textiles y vestido

15. Confirmamos que nos hemos comprometido a una plena y fiel aplicación de las disposiciones del Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido (ATV). Destacamos la importancia de la integración, prevista en el ATV, de los productos textiles en el GATT de 1994 en el marco de sus normas y disciplinas reforzadas, porque es de relevancia para el conjunto del sistema de comercio no discriminatorio y basado en normas y porque contribuye al aumento de los ingresos de los países en desarrollo por exportaciones. Consideramos que la aplicación de este Acuerdo es importante para conseguir una efectiva transición al GATT de 1994 mediante una integración de carácter progresivo. El recurso a medidas de salvaguardia al amparo de las disposiciones del ATV deberá hacerse con la mayor moderación posible. Tomamos nota de las preocupaciones existentes por el recurso a otras medidas que distorsionan el comercio y por la elusión. Reiteramos la importancia que tiene aplicar plenamente las disposiciones del ATV relativas a los pequeños abastecedores, los nuevos exportadores y los países menos adelantados Miembros y las que se refieren a los Miembros exportadores que son productores de algodón. Reconocemos la importancia de los productos de lana para algunos países en desarrollo Miembros. Reafirmamos que como parte del proceso de integración y en relación con los compromisos específicos aceptados por los Miembros a raíz de la Ronda Uruguay, todos los Miembros deben adoptar las medidas que sean necesarias para respetar las normas y disciplinas del GATT de 1994 al objeto de conseguir un mejor acceso a los mercados para los productos textiles y de vestido. Convenimos en que, habida cuenta de su carácter cuasijudicial, el Órgano de Supervisión de los Textiles (OST) deberá conseguir la transparencia al establecer el fundamento de sus conclusiones y recomendaciones. Esperamos que el OST llegue a conclusiones y haga recomendaciones siempre que lo requiera el Acuerdo. Hacemos hincapié en la responsabilidad que corresponde al Consejo del Comercio de Mercancías de supervisar, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 5 del artículo IV del Acuerdo sobre la OMC y en el artículo 8 del ATV, el funcionamiento de este Acuerdo, cuya aplicación supervisa el OST.

Comercio y medio ambiente

16. El Comité de Comercio y Medio Ambiente ha hecho una contribución importante al cumplimiento de su programa de trabajo. El Comité viene examinando y mantendrá en examen, entre otras cosas, el alcance de los aspectos complementarios entre la liberalización del comercio, el desarrollo económico y la protección del medio ambiente. La plena aplicación de los Acuerdos de la OMC será una contribución importante a la consecución de los objetivos del desarrollo sostenible. La labor del Comité ha puesto de relieve la importancia de la coordinación de políticas a nivel nacional en la esfera del comercio y el medio ambiente. A este respecto, ha enriquecido los trabajos del Comité la participación de expertos tanto ambientalistas como comerciales de los gobiernos Miembros, y sería de desear que esos expertos continuaran participando en las deliberaciones del Comité. La amplitud y la complejidad de las cuestiones abarcadas por el programa de trabajo del Comité muestran que es necesario realizar nuevos trabajos en todos los puntos de su orden del día, según figuran en su informe. Tenemos el propósito de actuar sobre la base de la labor realizada hasta ahora; encomendamos, por tanto, al Comité que lleve a cabo sus trabajos, rindiendo informe al Consejo General, en el marco de su mandato actual.

Negociaciones sobre servicios

17. Se ha constatado que el cumplimiento de los objetivos acordados en Marrakech para las negociaciones sobre el mejoramiento del acceso a los mercados para los servicios -servicios financieros, movimiento de personas físicas, servicios de transporte marítimo y telecomunicaciones básicas- ha sido difícil. Los resultados han sido inferiores a las expectativas. En tres sectores ha sido necesario prolongar las negociaciones más allá de los plazos inicialmente establecidos. Estamos decididos a conseguir, en la continuación de las negociaciones y en las que está previsto se inicien a más tardar el l° de enero del año 2000, niveles progresivamente más elevados de liberalización de los servicios sobre la base de ventajas mutuas y con la adecuada flexibilidad para los distintos países en desarrollo Miembros, según lo estipulado en el Acuerdo. En este contexto, esperamos acuerdos NMF plenos basados en compromisos mejorados sobre acceso a los mercados y en el trato nacional. En consecuencia:

-llevaremos a buen término las negociaciones sobre telecomunicaciones básicas en febrero de 1997; y

-reanudaremos las negociaciones sobre servicios financieros en abril de 1997 con objeto de conseguir compromisos significativamente mejorados sobre acceso a los mercados, con una participación mayor y en el marco temporal convenido. Teniendo presentes estos mismos objetivos amplios, esperamos también llevar a buen término las negociaciones sobre servicios de transporte marítimo en la próxima ronda de negociaciones sobre la liberalización de los servicios. En lo referente a los servicios profesionales, tenderemos a concluir la labor sobre el sector de la contabilidad para finales de 1997 y seguiremos desarrollando disciplinas y directrices multilaterales. A este respecto alentamos a la FIC, la CNIC: y la OICU a que finalicen normas internacionales en el sector de la contabilidad. En cuanto a las normas del AGCS, realizaremos los trabajos necesarios para terminar las negociaciones sobre salvaguardias a finales de 1997. También tomamos nota de que se precisarán más trabajos analíticos sobre las medidas de salvaguardia urgentes, la contratación pública de servicios y las subvenciones.

Acuerdo sobre tecnología de la información y Productos farmacéuticos

18. Tomando nota de que varios Miembros han llegado a un acuerdo acerca de una Declaración sobre el Comercio de Productos de Tecnología de la Información, celebramos la iniciativa de varios Miembros de la OMC y otros Estados o territorios aduaneros distintos en proceso de adhesión a la OMC, que han convenido en suprimir sobre una base NMF los aranceles en el comercio de productos de tecnología de la información, al igual que la inclusión por varios Miembros de más de 400 productos adicionales en sus listas de productos farmacéuticos exentos de derechos arancelarios.

Programa de trabajo y programa incorporado

19. Teniendo presente que un aspecto importante de las actividades de la OMC es la supervisión constante de la aplicación de diversos acuerdos, un examen y actualización periódicos de su Programa de Trabajo es clave para que la OMC pueda cumplir sus objetivos. En este contexto aprobamos los informes de los diferentes órganos de la OMC. Una parte importante del Programa de Trabajo se origina en el Acuerdo sobre la OMC y en las decisiones adoptadas en Marrakech. Como parte de esos Acuerdos y decisiones, convinimos en varias disposiciones que requieren futuras negociaciones sobre la agricultura, los servicios y algunos ADPIC, o exámenes y otros trabajos en relación con las medidas antidumping, la valoración en aduana, el Entendimiento sobre Solución de Diferencias, las licencias de importación, la inspección previa a la expedición, las normas de origen, las medidas sanitarias y fitosanitarias, las salvaguardias, las subvenciones y medidas compensatorias, los obstáculos técnicos al comercio, los textiles y el vestido, el Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales, los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio y las medidas en materia de inversiones relacionadas con el comercio. Estamos de acuerdo con un proceso de análisis e intercambio de información, cuando lo prevean las conclusiones y recomendaciones de los órganos competentes de la OMC, sobre las cuestiones del programa incorporado, que permita a los Miembros comprender mejor las cuestiones de que se trate e identificar sus intereses antes de iniciar las negociaciones y exámenes acordados. Acordamos que:

-los marcos temporales establecidos en los Acuerdos se respetarán en cada caso;

-los trabajos realizados no prejuzgarán el alcance de las futuras negociaciones cuando tales negociaciones sean precisas; y

-los trabajos realizados no prejuzgarán la naturaleza de la actividad acordada (es decir, negociación o examen).

Inversión y competencia

20. Teniendo en cuenta las disposiciones existentes de la OMC sobre cuestiones relacionadas con la inversión y la política de competencia y el programa incorporado relativo a esas materias, inclusive en el marco del Acuerdo sobre las MIC, y en la inteligencia de que la labor que se emprenda no prejuzgará la iniciación de negociaciones en el futuro, acordamos asimismo:

-establecer un grupo de trabajo encargado de examinar la relación entre comercio e inversión; y

-establecer un grupo de trabajo encargado de estudiar las cuestiones que planteen los Miembros acerca de la interacción entre comercio y política de competencia, incluidas las prácticas anticompetitivas, con vistas a identificar cualesquiera áreas que puedan merecer ulterior atención en el marco de la OMC. Cada uno de esos grupos aprovechará la labor del otro en caso necesario y aprovechará además, sin que esto vaya en desmedro de ella, la labor realizada en la UNCTAD y otros foros intergubernamentales apropiados. En lo que concierne a la UNCTAD, celebramos la labor en curso prevista en la Declaración de Midrand y la contribución que puede hacer a la comprensión de las cuestiones. En lo que respecta a la conducción de la labor de los grupos de trabajo, alentamos a la cooperación con las organizaciones antes citadas para hacer el mejor uso posible de los recursos disponibles y asegurar que se tome plenamente en consideración la dimensión del desarrollo. El Consejo General mantendrá bajo examen la labor de uno y otro grupo y decidirá al cabo de dos años cómo habrá de proseguir ésta en uno y otro caso. Queda claramente entendido que, de haberla, cualquier futura negociación en materia de disciplinas multilaterales aplicables a estos sectores sólo podrá tener lugar tras la adopción por los Miembros de la OMC de una decisión explícita por consenso acerca de esas negociaciones.

21.Acordamos además:

Transparencia de la contratación pública

-establecer un grupo de trabajo encargado de realizar un estudio sobre la transparencia de las prácticas de contratación pública, que tenga en cuenta las políticas nacionales, y, sobre la base de ese estudio, elaborar elementos para su inclusión en un acuerdo apropiado; y

Facilitación del comercio

-encomendar al Consejo del Comercio de Mercancías la realización de trabajos exploratorios y analíticos sobre la simplificación de los procedimientos que rigen el comercio, aprovechando los trabajos de otras organizaciones internacionales pertinentes, con objeto de evaluar si procede establecer normas de la OMC: en esta materia.

22. A los efectos de la organización de los trabajos a que se hace referencia en los párrafos 20 y 21, se atenderá cuidadosamente a reducir al mínimo la carga que recaiga en las delegaciones, sobre todo las que disponen de menos recursos, y a coordinar las reuniones con las de los órganos pertinentes de la UNCTAD. El programa de cooperación técnica de la Secretaría estará a disposición de los países en desarrollo Miembros, y en especial de los menos adelantados de entre ellos, para facilitar su participación en estos trabajos.

23. Teniendo presente que el quincuagésimo aniversario del sistema multilateral de comercio se cumplirá a comienzos 1998, encomendamos al Consejo General que considere la mejor manera de conmemorar este histórico acontecimiento.

Por último, expresamos nuestro más profundo agradecimiento al Excmo. Sr. Yeo Cheow Tong, Presidente de la Conferencia Ministerial, por su contribución personal al éxito de esta Conferencia Ministerial. Deseamos expresar asimismo nuestra sincera gratitud al Primer Ministro Goh Chok Tong, a los miembros de su Gobierno y al pueblo de Singapur por la cálida hospitalidad que nos han dispensado y la excelente organización de que hemos todos disfrutado. El hecho de que esta primera Conferencia Ministerial de la OMC haya tenido lugar en Singapur es una muestra más del compromiso de Singapur para con un sistema de comercio mundial abierto.

 

Miembros de la OMC (128) (13 de diciembre de 1996)

Alemania, Angola, Antigua y Barbuda, Argentina, Australia, Austria, Bahrein, Bangladesh, Barbados, Bélgica, Belice, Benin, Bolivia, Botswana, Brasil, Brunei Darussalam, Bulgaria, Burkina Faso, Burundi, Camerún, Canadá, Chad, Chile, Chipre, Colombia, Comunidad Europea, Corea, Costa Rica, Cote d Ivoire Cuba, Dinamarca Djiboutt Dominica, Ecuador, Egipto, El Salvador Emiratos Arabes Unidos, Eslovenia España, Estados Unidos Fiji Filipinas Finlandia Francia, Gabón Gambia Ghana, Granada, Grecia, Guatemala, Guinea, Guinea Bissau Guyana, Haití Honduras Hong Kong, Hungría India Indonesia Irlanda Islandia Israel Italia Jamaica Japón Kenya Kuwait Lesotho Liechtenstein Luxemburgo Macao Madagascar Malasia Malawi Maldivas Malí Malta Marruecos Mauricio Mauritania México Mozambique Myanmar Namibia Nicaragua, Níger, Nigeria, Noruega, Nueva Zelandia, Países Bajos - Para el Reino de los Países Bajos en Europa y para las Antillas Holandesas, Pakistán, Papua Nueva Guinea, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Qatar, Reino Unido, República Centroafricana, República Checa, República Dominicana, República Eslovaca, Rumania, Rwanda, Saint Kitts y Nevis, Las Islas Salomón, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Senegal, Sierra Leona, Singapur, Sri Lanka, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Suriname, Swazilandia, Tailandia, Tanzanía, Togo, Trinidad y Tabago, Túnez, Turquía, Uganda, Uruguay, Venezuela, Zambia, Zimbabwe.

Mesa de la Conferencia Ministerial de la OMC: Presidente - Excmo Sr Cheow Tong YEO - Ministro de Comercio e Industria de Singapur Vicepresidente - Excmo Sr Knda KENNY - Ministro de Turismo y Comercio de Irlanda Excmo. Sr Alvaro RAMOS - Ministro de Relaciones Exteriores del Uruguay, Excmo. Sr. Mondher ZENAIDI - Ministro de Comercio de Túnez.