ISLAS
MALVINAS
IV.
Unión Interparlamentaria mundial.
96a.
Conferencia Interparlamentaria.
Beijing,
China, 16 al 20 de setiembre de 1996.
Los
legítimos derechos argentinos sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y
Sandwich del Sur.
Señor
Presidente
Distinguidos
Colegas:
El
Grupo Parlamentario Argentino concurre a este elevado foro para reiterar su
posición respecto a los irrenunciables derechos soberanos que asisten a nuestro
país sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur.
Para
la República Argentina la cuestión Malvinas es una herida abierta en su derecho
a ejercer plena soberanía en esta parte de su territorio.
Para
Latinoamérica la causa de Malvinas es su propia causa.
Para
la comunidad internacional toda, la presencia colonial británica en el Atlántico
sur contradice claros principios de la Carta de las Naciones Unidas que condenan
el colonialismo, y a cuyo respeto y obediencia están obligados sus estados
miembros.
El
caso de las Islas Malvinas, que con sus mares adyacentes pertenecen de jure
a la soberanía argentina, constituye un caso especial y particular, no asimilable
a la situación de otros territorios no autónomos.
Tras
el despojo consumado en 1833 por la fuerza de las armas, Gran Bretaña desalojó
a la población y autoridades autóctonas que vivían en las islas, reemplazándolas
por súbditos británicos «transplantados», e impidiéndose a los argentinos
regresar, establecerse o ser propietarios de tierras.
Este
hecho no fue ni será nunca consentido por la República Argentina, para lo
cual no basta ni un siglo ni dos de ocupación que puedan convalidar un solo
día de presencia británica en el archipiélago.
El
eminente internacionalista Verdross sostiene que: «El derecho a la soberanía
territorial se mantiene incluso cuando su ejercicio se haga imposible como
consecuencia de una anexión antijurídica».
Es
este el criterio que avala los derechos soberanos argentinos en el archipiélago
y que fuera consagrado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en
la histórica resolución 1514, que condena todo intento de quebrar total o
parcialmente la integridad territorial de un país.
Dicha
resolución establece la distinción entre colonias y territorios ocupados.
Para
los casos típicos coloniales se aplica el principio de libre determinación.
El
cambio para los territorios ocupados como las Islas Malvinas priva el principio
de integridad territorial, es decir el proceso de descolonización solo
opera mediante su restitución al estado cuyo territorio fue desmembrado.
Lo
contrario importaría tergiversar el espíritu de tan trascendente resolución
y olvidar que la libre determinación de los pueblos es, en definitiva, un
derecho que se reconoce a favor de los oprimidos y no de los opresores.
Queda
claro que admitir en la cuestión Malvinas el principio de libre determinación
implicaría la quiebra territorial de la República Argentina.
La
línea directriz de la política exterior argentina es alcanzar por vías pacíficas
y acuerdos diplomáticos la solución de la controversia de soberanía en el
Atlántico Sur.
No
obstante nuestra permanente disposición y los reiterados pronunciamientos
de la Asamblea General de las Naciones Unidas y de la Organización de Estados
Americanos para que se avance en la solución de la cuestión sustancial, el
llamamiento sigue sin ser cumplido.
Recientemente
el Comité de Descolonización aprobó por consenso una nueva resolución instando
a las partes a resolver el diferendo. Al respecto mucho agradecemos el proyecto
patrocinado por la República de Chile y que fuera acompañado por Cuba, Papua
Nueva Guinea y Venezuela como iniciativa tendiente a la solución del tema.
En
igual modo se ha pronunciado expresamente el MERCOSUR con el apoyo de Bolivia
y Chile, reafirmando su respaldo a los derechos soberanos de la Argentina
sobre las Islas Malvinas.
Instamos
pues al Reino Unido a que nos acompañe en este esfuerzo y absteniéndose de
toda acción unilateral que altere el status quo de la región, acceda a abordar
la cuestión de la soberanía con verdadera voluntad negociadora.
Hasta
que ello ocurra y partiendo de una actitud constructiva, el gobierno argentino
se ha propuesto como objetivo la cooperación, siempre y cuando la misma no
implique menoscabo de los derechos que reivindicamos.
En
este contexto se han logrado algunos acuerdos materia de hidrocarburos y se
procura avanzar en la cooperación en cuanto a la pesca en el Atlántico Sur.
Pero
este proceso se ha visto obstaculizado por las ilegítimas medidas unilaterales
adoptadas por Gran Bretaña alrededor de las Islas Georgias del Sud, al pretender
cobrar licencias de pesca en dicha área bajo la amenaza del uso de la fuerza.
Esta
acción fue enérgicamente rechazada por la República Argentina, ya que no solo
viola sus legítimos derechos sino que también transgrede la Convención para
la Conservación de los Recursos Marinos Antárticos.
Aspiramos
a que la comunidad internacional rechace firmemente este tipo de actitudes
que conspiran contra el clima de entendimiento y buena voluntad imprescindible
para alcanzar una solución justa y duradera del conflicto.
Señor
Presidente
Distinguidos
Colegas:
La
recuperación pacífica del ejercicio pleno de la soberanía sobre el área en
disputa ha sido consagrada en la Constitución Argentina, siendo además un
objetivo permanente e irrenunciable de nuestra política exterior.
Confiamos
en que el Reino Unido, respondiendo a los numerosos pedidos de la comunidad
internacional, aceptará una negociación profunda y honesta, presidida por
la buena fe.
Hasta
que ello ocurra la República Argentina seguirá pacientemente reivindicando,
en este y en todos los foros, sus derechos soberanos sobre Malvinas.
Porque
como lo expresara el destacado escritor británico George Orwell: «Si la
libertad significa algo, será sobre todo el derecho de decir a los demás aún
aquello que no quieren oir».
Eduardo
Menem
Presidente
Grupo
Parlamentario Argentino.
97a.
Conferencia Interparlamentaria
Seul,
Corea, 10 al 14 de abril de 1997.
Los
legítimos derechos argentinos sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y
Sandwich del Sur.
Señor
Presidente
Distiguidos
Colegas:
El
Grupo Parlamentario Argentino concurre a este elevado foro para reiterar la
reivindicación de sus legítimos e irrenunciables derechos de soberanía sobre
las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, ocupadas desde el
3 de enero de 1833 por Gran Bretaña como consecuencia de un acto de fuerza.
Ello
no solo en el convencimiento de los derechos que nos asisten, sino por entender
que el mantenimiento de situaciones coloniales no tiene cabida en el nuevo
orden internacional que entre todos estamos construyendo.
El
fin del colonialismo es un objetivo compartido por la inmensa mayoría de los
pueblos del mundo. Hace treinta y siete años se inició en el mundo un irreversible
proceso de descolonización con la histórica Resolución 1514 de las Naciones
Unidas.
Decenas
de naciones jóvenes que hoy ocupan con señera dignidad sus bancadas en este
foro han nacido a su independencia merced a este proceso que es sin duda un
logro universal, un triunfo de todos.
Podemos
decir con satisfacción que a gran escala y en los umbrales del siglo XXI la
hora del colonialismo ha pasado para siempre.
Pese
a estos venturosos avances, debemos lamentar la existencia de territorios
como las Islas Malvinas, en que aún subsisten situaciones coloniales que deben
resolverse.
Si
la mera existencia de una colonia es incompatible con el ideal de paz universal
de las Naciones Unidas, es aún más inadmisible que esa colonia pueda perdurar
cuando forma parte de una nación soberana, de la que fue arrancada por la
fuerza de las armas.
Es
este el caso de la República Argentina, que hace 164 años sufrió una amputación
a su integridad territorial que perdura hasta nuestros días, y cuyo mantenimiento
constituye una abierta violación a principios fundamentales de derecho internacional
y a pronunciamientos expresos de las Naciones Unidas y del Comité de Descolonización.
Ya
han sido expuestos en este y en todos los foros internacionales los antecedentes
históricos y jurídicos que avalan nuestros derechos soberanos y nuestros reclamos.
Con satisfacción agradezco el apoyo recibido de la comunidad internacional
en general.
Desde
aquél 3 de enero de 1833 en que la flota británica llegó a nuestras costas,
expulsó a nuestras autoridades y habitantes y arrió el pabellón nacional,
la reivindicación argentina se ha consolidado a través de todas y cada una
de sus generaciones.
El
empleo de la fuerza, la expulsión de las autoridades argentinas, el reemplazo
de la población autóctona por pobladores ¨transplantados¨ desde 14.000 kilómetros
de distancia y el hecho de no permitir a los argentinos volver, radicarse
o ser dueños de tierras, pudo impedir el ejercicio de nuestra soberanía pero
jamás menoscabar nuestros derechos.
Estos
hechos – jamás consentidos por nuestro país – otorgan al caso de las Islas
Malvinas connotaciones especiales y particulares, siendo por ende no asimilables
a la situación de otros territorios no autónomos.
Es
este el criterio que avala nuestra postura y que fuera consagrado por la Asamblea
General de las Naciones Unidas en la Resolución 1514, que condena todo intento
de quebrar total o parcialmente la integridad territorial de un país. Dicha
,Resolución distingue entre colonias y territorios ocupados.
Para
los casos típicos coloniales se aplica el principio de autodeterminación
que solo procede cuando lo invoca la población nativa.
En
cambio para los territorios ocupados como las Islas Malvinas es de aplicación
el principio de integridad territorial, es decir el proceso descolonizador
opera mediante la restitución de los territorios al estado que fuera desmembrado.
Lo
contrario importaría tergiversar el espíritu de tan histórica Resolución y
olvidar que la autodeterminación de los pueblos es una garantía a favor de
los pueblos oprimidos y es un instrumento para reforzar y legitimar la presencia
de la potencia ocupante.
Al
tiempo de seguir reafirmando sus derechos soberanos, la República Argentina
reitera su firme voluntad de encontrar una solución justa y duradera a este
conflicto, a través del diálogo, la negociación y los acuerdos pacíficos.
No
obstante nuestra permanente disposición y las numerosas Resoluciones de la
Asamblea General de Naciones Unidas que reconocen la existencia de una disputa
de soberanía y que instan a las partes a avanzar en su solución, Gran Bretaña
insiste en sus sistemática negativa a cumplir esta recomendación.
Confiamos
que el buen sentido y la visión política que el Reino Unido de Gran Bretaña
ha demostrado en otros casos, permitirá arribar a una justa solución de este
conflicto mas que centenario.
Hasta
que ello ocurra la República Argentina – partiendo de una actitud constructiva
– seguirá avanzando en el terreno de la cooperación sin desmedro de los derechos
soberanos que reivindicamos.
En
este contexto se han logrado algunos acuerdos en materia de hidrocarburos
a través de la Comisión Conjunta creada en 1996 y se procura seguir avanzando
en la cooperación para la conservación de los recursos pesqueros de la región.
Hemos
facilitado el establecimiento de comunicaciones aero-comerciales y marítimas
entre las Islas y el territorio continental, en el convencimiento que ello
contribuirá a un mejor entendimiento entre los habitantes de la región.
Renovamos
nuestro compromiso de respetar el modo de vida de los habitantes de las islas.
Así lo garantiza nuestra Constitución Nacional, al establecer como objetivo
imprescriptible la recuperación de las Islas Malvinas y el ejercicio pleno
de nuestra soberanía sobre las mismas.
Señor
Presidente
Distinguidos
Colegas:
La
Argentina está firmemente convencida que debe iniciarse una nueva era en el
Atlántico Sur: como área libre de tensiones y lugar de encuentro de culturas
comprometidas con el deseo común de progreso y bienestar.
Pero
como este objetivo no podrá lograrse unilateralmente, confiemos en que el
Reino Unido nos acompañará en este esfuerzo, aceptando discutir la cuestión
de fondo con espíritu de justicia y de respeto a la verdad histórica y jurídica.
Hasta
que ello ocurra, seguiremos reclamando por nuestros legítimos derechos, con
paciencia y prudencia pero con indeclinable firmeza, siempre dentro del marco
del derecho internacional y conforme a los principios y al espíritu de la
Carta de las Naciones Unidas.
Eduardo
Menem
Presidente
Grupo
Parlamentario Argentino