MERCOSUR/CCM/DIR Nº  01/01

 

 

ACCIONES PUNTUALES EN EL ÁMBITO ARANCELARIO

POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 69/00 del Grupo Mercado Común.

 

CONSIDERANDO :

 

Que la CCM analizó la solicitud presentada por Argentina sobre reducción arancelaria para algunos productos con imposibilidad de abastecimiento normal y fluido.

 

Que la CCM aprobó la reducción arancelaria para el siguiente ítem.

 

 

LA COMISIÓN DE COMERCIO DEL MERCOSUR

APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

 

Art. 1 - Aprobar en el ámbito de la Res. GMC N° 69/00 la rebaja arancelaria solicitada por Argentina para el siguiente ítem con especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia, respectivamente:

 

2914.19.90  Las demás, Cetonas y quinonas, incluso con otras funciones oxigenadas, y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados.

 

Nota Referencial:  Metilisopropil cetona.

 

Cupo:  20.000 litros

Plazo:  12 meses

                  Alícuota: 2%

 

 

 

 

XLVII CCM - Asunción, 21/II/01