MERCOSUR/GMC/RES. N° 30/01
MODIFICACIÓN
DE LA NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO
COMÚN
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 7/94, 22/94, 15/97, 67/00 y 06/01 del Consejo del Mercado Común, la Resolución N° 36/95 y 60/00 del Grupo Mercado Común y la Propuesta de la Comisión de Comercio del MERCOSUR, relativa al Proyecto de Resolución Nº 05/01.
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario ajustar la Nomenclatura Común del
MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumentos esenciales de
la Unión Aduanera.
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar la “Modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común”, que figura como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 – Al momento de incorporar a
sus respectivas legislaciones nacionales los niveles arancelarios previstos en
este Anexo, los Estados Partes deberán observar lo dispuesto en la Dec. CMC Nº 15/97, prorrogada y modificada por las Dec. CMC Nº 67/00 y 06/01.
Art. 3 - Los Estados Partes del MERCOSUR deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del día 01/01/2002.
XLIII GMC – Montevideo,
10/X/01
ANEXO
VERSIÓN EN ESPAÑOL
SITUACIÓN ANTERIOR |
MODIFICACIÓN APROBADA |
||||
NCM |
DESCRIPCIÓN |
AEC % |
NCM |
DESCRIPCIÓN |
AEC % |
0709.90.00 |
- Las demás |
10 |
0709.90 0709.90.1 0709.90.11 0709.90.19 0709.90.90 |
- Las demás Maíz dulce Para siembra Los demás Las demás |
0 10 10 |
2914.70.29 |
Los demás |
2 |
2914.70.22 2914.70.29 |
Ácido 2-hidroxi-4- metoxibenzofenona-5- sulfónico (sulisobenzona) Los demás |
12 2 |
8541.29.20 |
Montados |
6BIT |
8541.29.20 |
Montados |
0BIT |
8708.29.95 |
Inflador
para bolsas de aire de dispositivo de seguridad (“airbag”) |
2 |
8708.29.95 |
Infladores
para «airbag» |
2 |
8708.29.96 |
Bolsas inflables para dispositivos de seguridad |
2 |
8708.29.96 |
Bolsas inflables para «airbag» |
2 |