MERCOSUR/GMC/RES. N° 24/01

 

PAUTA NEGOCIADORA DEL SGT Nº 13 “COMERCIO ELECTRÓNICO”

 

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Decisión Nº 59/00 del Consejo del Mercado Común.

 

CONSIDERANDO:

 

Que los Estados Partes acordaron evaluar el estado de cumplimiento de los objetivos establecidos para los Subgrupos de Trabajo, a fin de adecuar sus Pautas Negociadoras al proceso de Relanzamiento del MERCOSUR.

 

Que en virtud de lo expuesto, se estima oportuno aprobar la Pauta Negociadora elevada por el SGT Nº 13, en su Acta Nº 1/01 (Anexo III)

 

 

 

EL GRUPO MERCADO COMÚN

RESUELVE:

 

Art. 1 - Aprobar la “Pauta Negociadora del SGT Nº 13 Comercio Electrónico”, que figura como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

 

Art. 2 –Esta Resolución no necesita ser incorporada a los ordenamientos jurídicos nacionales de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de organización o funcionamiento del MERCOSUR.

 

XLII GMC- Asunción, 13/VI/01


ANEXO

 

PAUTA NEGOCIADORA DEL SGT Nº 13 “COMERCIO ELECTRÓNICO”

 

Con respecto al relacionamiento externo: trabajar conjuntamente en el relacionamiento externo dentro de los siguientes ámbitos:

 

¨                  ALCA

 

¨                  Unión Europea

 

¨                  OMC

 

¨                  Otros ámbitos a definirse

                       

Con respecto al desarrollo del comercio electrónico intrazona: definir y desarrollar temas de interés prioritario.

 

Participación del Sector Privado: los representantes de este sector, serán convocados cuando sea necesario y sin carácter obligatorio; se preverá una instancia consultiva previa a las decisivas. El grupo reconoce la importancia del sector privado en esta área, como el principal proveedor de insumos para los trabajos, contemplándose su participación conforme a las pautas establecidas y por establecerse en GMC.

 

Relacionamiento con otros ámbitos técnicos del MERCOSUR: elaborar recomendaciones y estudios, generados en el SGT Nº 13 u otras instancias, que sean pertinentes a dichos ámbitos.