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Instituto
de Relaciones Internacionales - Anuario 2002
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Singapur - Japón |
Singapur, Enero de 2002 |
Acuerdo para una Nueva Era de
Asociación Económica entre la República de Singapur
y Japón (JSEPA)
PREÁMBULO La República de Singapur y Japón (de aquí en adelante "Las Partes") Concientes de sus cálidas relaciones y fuertes vínculos económicos y políticos, incluyendo sus percepciones compartidas en varios asuntos, que se han desenvuelto a lo largo de muchos años de fructífera y mutuamente beneficiosa cooperación; Reconociendo que el rápidamente cambiante ambiente internacional global que trajo la globalización y el progreso tecnológico presenta muchos desafíos económicos y estratégicos nuevos y oportunidades para las Partes; Tomando conocimiento que el impulsando la innovación y la competencia y mejorando su atractivo a los recursos de capital y humanos puede mejorar su capacidad de responder a esos nuevos desafíos y oportunidades; Reconociendo que la asociación económica entre las Partes podrá crear mercados más grandes y nuevos, y aumentará la eficiencia económica y el bienestar de los consumidores, mejorando el carácter atractivo y vibrante sus mercados, y ampliando el comercio y las inversiones no sólo entre ellos sino en toda la región; Reafirmando que esta asociación dará un marco útil para una mejor cooperación regulada entre las Partes a fin de enfrentar los nuevos desafíos impuestos por el desarrollo de mercados emergentes y para mejorar su infraestructura de mercado; Teniendo en cuenta sus derechos y obligaciones bajo los acuerdos internacionales de los que son partes, en particular el Acuerdo de Marrakesh creando la OMC; Reafirmando la importancia del sistema de comercio multilateral institucionalizado por la OMC; Reconociendo el rol catalítico que pueden jugar los acuerdos comerciales bilaterales y regionales que sean consistentes con las reglas de la OMC en el aceleramiento de la liberalización global y regional del comercio y las inversiones y la creación de normas; Reconociendo que el aumento de los lazos económicos entre las Partes fortalecerá el involucramiento de Japón en el Sudeste de Asia; Observando en particular que esos lazos ayudarán a catalizar la liberalización del comercio y las inversiones en el Asia Pacífico; Convencidos que vínculos económico más fuertes entre ellos dará más oportunidades, mayores economías de escala y un ambiente más previsible para las actividades económicas no sólo para los negocios de Japón y Singapur sino para otros negocios en Asia; Determinados a crear un marco legal para la asociación económica entre las Partes; HAN ACORDADO lo siguiente:
ARTÍCULO 1 Los objetivos de este Acuerdo son : a) Facilitar, promover, liberalizar y proveer de un ambiente estable y previsible para las actividades económicas entre las Partes a través de medidas tales como: (i) reduciendo o eliminando derechos aduaneros y otras barreras al comercio
de bienes entre las Partes; b) Establecer un marco cooperativo para el fortalecimiento de las relaciones económicas entre las Partes a través de medidas como: (i) promoviendo la cooperación regulatoria en el mercado de los
servicios financieros, facilitando el desarrollo de los mercados financieros,
incluyendo los mercados de capitales en las Partes y en Asia, y mejorando
la estructura de los mercados financieros de las Partes;
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