- Instituto de Relaciones Internacionales - Anuario 2002 -
Naciones Unidas: Comité de Derechos Humanos
 

Informe

Observaciones finales aprobadas por el Comité en relación con los informes de los Estados Partes examinados en su 70º, 71º y 72º períodos de sesiones, en el orden por países seguido por el Comité al examinar esos informes.

Trinidad y Tabago

El Comité celebró el establecimiento de un Departamento de Derechos Humanos en el Ministerio de Justicia y Asuntos Jurídicos, tendiente a mejorar el sistema de protección de los derechos humanos y destacó la creación de la Dependencia sobre la Violencia Intrafamiliar creada por el Ministerio de Cultura y de Asuntos relativos a la Igualdad entre los Sexos y la institución de la Autoridad de Reclamaciones contra la Policía.

Destacó como principales motivos de preocupación la denuncia del Protocolo Facultativo y consideró necesario realizar un examen de la legislación para asegurar la observancia del Pacto. En cuanto a los delitos castigados con pena de muerte recomendó que a las personas condenadas por delitos castigados con pena de muerte se les garantice la asistencia letrada de oficio durante todo el proceso y el goce del derecho a solicitar el indulto, la amnistía o la conmutación de penas y demás garantías consignadas en el artículo 6 del Pacto.

Recomendó al estado la adopción de todas las medidas tendientes a evitar los casos de discriminación, especialmente con la promulgación de la Ley sobre igualdad de oportunidades, en lo que respecta a la promoción de la mujer, haciendo extensivas sus disposiciones a los casos de discriminación por razones de edad, orientación sexual, embarazo o infección por el VIH/SIDA.

Se mostró preocupado por la aplicación de castigos de flagelos y azotes contra menores de 18 años, instando al estado a su abolición, como así también por las denuncias de corrupción y abuso de poder policial - en particular por la facultad de la fuerza de efectuar arrestos sin orden correspondiente- y por las quejas de acoso y agresión física.

Finalmente especial importancia concitó la Ley sobre difamación por la necesidad de asegurar el debido equilibrio entre la protección de la reputación y la libertad de expresión.

Dinamarca

Acogió con satisfacción el empeño de Dinamarca por educar a su población, y en particular por capacitar a la policía, en materia de derechos humanos.

Tomó nota del elevado nivel de respeto por la igualdad entre hombres y mujeres que existe en Dinamarca y de las medidas adoptadas para alcanzar la plena igualdad en las esferas en que todavía no se ha logrado. Asimismo se mostró complacido por la enmienda del Código Penal danés que prohíbe la apología del odio nacional o racial

Resultó destacable la creación de un comité para examinar la legislación interna de varios tratados de derechos humanos, entre ellos el Pacto

Observó con decepción que el estado no haya retirado ninguna de las reservas que formuló al ratificar el Pacto.

Respecto al régimen de aislamiento se mostró preocupado por su aplicación a personas encarceladas después de una condena, como, especialmente, en el caso de los detenidos antes del juicio y de la sentencia condenatoria, e instó al estado a imponerlo solo en casos urgentes.

Bregó para que los derechos reconocidos en el Pacto fueran operativos ante las autoridades y los tribunales daneses y por la garantía de asistencia letrada de los solicitantes del asilo.

En materia de discriminación, expresó su preocupación porque, a pesar de los continuos esfuerzos del Estado aún hay esferas en que la mujer es objeto de discriminación, en particular en el empleo en los sectores público y privado y en las solicitudes de asilo. Igual preocupación manifestó respecto a las minorías étnicas y entre los miembros de la Iglesia nacional y otras religiones.

Observó con preocupación el requisito de una prueba de ADN exigida por la Ley de Extranjería para quienes soliciten la residencia y recomendó su utilización en casos excepcionales en razón de las importantes repercusiones en el derecho a la vida privada.

Argentina

Acogió con satisfacción la consolidación de los procesos democráticos y de las medidas adoptadas para promover la reconciliación nacional tras los años de gobierno militar como el enjuiciamiento de algunos de los responsables de las violaciones más graves de los derechos humanos, comprendidas las desapariciones forzosas, la tortura y la separación de niños de sus padres con fines de adopción ilegal o trata de menores y destacó el funcionamiento de diversas instituciones y programas concebidos como cauce de reparación para las víctimas de abusos pasados, como el Programa de Reparación Histórica, la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas y la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad y el sistema de indemnizaciones.

Si bien destacó como positiva la abolición en 1998 de la Ley de obediencia debida y la Ley de punto final, entre sus motivos de preocupación se destacan que muchas personas que actuaban con arreglo a esas leyes sigan ocupando empleos militares o en la administración pública. Por tanto reiteró su inquietud ante la sensación de impunidad de los responsables de graves violaciones de los derechos humanos bajo el gobierno militar y bregó por su enjuiciamiento.

Lamentó la incertidumbre persistente con relación a la jerarquía y el reconocimiento de los derechos del Pacto en la legislación nacional y la "aplicación complementaria" del mismo. Asimismo solicitó que se aplique el Pacto en forma uniforme en todo el territorio del estado.

Condenó la actitud del estado por no garantizar plenamente el principio de la presunción de inocencia en el proceso penal. A este respecto, consideró preocupante que la duración de la prisión preventiva venga determinada por la posible longitud de la sentencia después de la condena y destacó a este respecto que la imposición de la prisión preventiva no debe ser la norma y sólo se debe recurrir a ella como medida excepcional y en el grado necesario y compatible con las debidas garantías procesales. A este respecto, no debe existir ningún delito para el que sea obligatoria la prisión preventiva.

La situación carcelaria despertó preocupación por no ajustarse al Pacto, principalmente en cuanto a la gran superpoblación y la mala calidad en la prestación de servicios y la satisfacción de necesidades fundamentales, como la alimentación, la ropa y la asistencia médica, son incompatibles con el derecho de toda persona a un trato humano y con el respeto de la dignidad inherente al ser humano. Se estableció además la existencia de abusos de autoridad por los funcionarios de prisiones, que se manifiestan en tortura y malos tratos, corrupción y otras prácticas. Por tal motivo solicitó al estado un informe de los recursos a disposición de los reclamantes, el resultado de las reclamaciones hasta la fecha.

Especial atención prestó a la situación de los defensores de derechos humanos y los representantes de los medios de comunicación, quienes son objeto de continuos ataques, e incluso la detención y solicitó su punición.

Las actitudes discriminatorias hacia la mujer como los casos de abuso sexual, violación y violencia doméstica han preocupado notablemente al Comité debido a las falencias en cuanto a su denuncia e investigación.

Consideró preocupante que la penalización del aborto disuada a los médicos de aplicar este procedimiento sin mandato judicial incluso cuando la ley se lo permite, por ejemplo, cuando existe un claro riesgo para la salud de la madre o cuando el embarazo resulta de la violación de una mujer con discapacidad mental, como así también respecto a las mujeres pobres y de las que habitan en zonas rurales a un aborto ilegal y arriesgado.
A este respecto recomendó la aplicación de la Ley de Salud Reproductiva y Procreación Responsable tendiente al asesoramiento sobre la planificación familiar.

Gabón

Se mostró complacido de la evolución del estado, que se orienta hacia una democracia multipartidista y pluralista, después de las modificaciones introducidas en la Constitución y especialmente por la facultad de los particulares de presentarse directamente ante el Tribunal Constitucional ante casos de violación del Pacto.

Tomó nota de la creación de un Ministerio de los Derechos Humanos y del establecimiento de una Comisión Nacional de Derechos Humanos, en calidad de organismo oficial autónomo encargado de examinar las peticiones presentadas por particulares. Asimismo celebró la creación de una comisión interministerial encargada de determinar, a fin de eliminarlas, todas las disposiciones discriminatorias, en particular contra la mujer, que existan en la legislación.

Destacó como motivos de preocupación la existencia de costumbres y tradiciones, particularmente en lo que se refiere a la igualdad entre los hombres y las mujeres y con relación a los derechos hereditario de ésta, que pueden obstaculizar la plena aplicación de determinadas disposiciones del Pacto. En particular, el tema de la poligamia por ser incompatible con el principio de igualdad de trato. Impuso al estado la obligación de tomar todas las medidas necesarias para conseguir que se respete el Pacto.

Consideró importante la difusión de información sobre los derechos regulados en el Pacto, las salvaguardias y las vías de recurso en las que puedan ampararse los particulares en caso de proclamarse el estado de emergencia.

Sin bien destacó que el Gobierno ha proclamado su voluntad de no aplicar la pena de muerte y que, en efecto, nadie ha sido ejecutado desde 1981, invitó al estado a adherirse al Segundo Protocolo Facultativo, destinado a abolir la pena de muerte.

Observó con preocupación que no se respetan plenamente las garantías procesales en materia de detención y prisión preventiva y la situación de hacinamiento y falta de higiene en las cárceles. Así instó a las partes a que adopten las medidas necesarias para respetar lo consignado en el Pacto y en las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos.

Expresó su preocupación por la explotación de niños, en particular de niños extranjeros, de práctica habitual en el estado y ordenó garantizar la tutela idónea para los mismos.

Recomendó al estado adaptar su legislación interna a fin de tutelar adecuadamente el ejercicio de la libertad de prensa y suprimir la censura.

Perú

Celebró el adelanto de las elecciones presidenciales para el año 2001 y principalmente la abolición de los tribunales "sin rostro", la transferencia de la jurisdicción militar a la justicia penal ordinaria en el caso del juzgamiento de los actos de terrorismo y la supresión de las zonas declaradas en situación de emergencia en el territorio nacional.

Destacó como muy positiva la tipificación del delito de tortura en el Código Penal, en el título relativo a los delitos contra la humanidad.

Estimó como un hecho favorable la creación de mecanismos de protección a la mujer, como la Defensoría especializada en Derechos de la Mujer en el seno de la Defensoría del Pueblo y la Comisión de la Mujer y Desarrollo Humano del Congreso.

Preocupó al estado que el rango del Pacto en el ordenamiento interno no quede claro y que los derechos en el reconocidos no se garantizan plenamente

Se mostró profundamente preocupado por las recientes informaciones que dan cuenta del auspicio del Gobierno a una nueva ley de amnistía general como condición previa para la realización de las elecciones. En este sentido, recomendó la revisión y revocación de las Leyes de amnistía de 1995 que contribuyen a crear una atmósfera de impunidad.

Inquietó particularmente el hecho de que el Poder judicial esté todavía en reorganización en el Perú y que exista una Comisión Ejecutiva del Poder Judicial y recomendó al estado que establezca un mecanismo garantizado por la ley que asegure la independencia e imparcialidad de los jueces y excluya la posibilidad de injerencia del poder ejecutivo en el poder judicial.

Consideró necesario establecer un mecanismo eficaz para la revisión de todas las condenas impuestas por los tribunales militares, sin brindar las garantías procesales adecuadas, en los casos de delitos de terrorismo y traición a la patria, delitos definidos en términos que no delimitan con claridad las conductas penadas. En estos casos consideró excesivo el plazo de 15 días de detención y señaló la obligación del estado de poner a la persona detenida, sin demora, a disposición del poder judicial.

Solicitó al estado que adopte las medidas necesarias para que cesen las restricciones directas e indirectas que existen para limitar la libertad de expresión y para que todas las denuncias de hostigamiento y amenazas de muerte respecto a los representantes de los medios de comunicación y a los miembro del parlamento, evitando así la independencia de sus funciones.

Manifestó su preocupación en razón de las denuncias recibidas sobre esterilizaciones involuntarias, particularmente de mujeres indígenas en zonas rurales y de mujeres de los sectores sociales más vulnerables y por la penalización del aborto, aun cuando el embarazo sea producto de una violación. El aborto clandestino continúa siendo la mayor causa de mortalidad materna en el Perú. Por ello recomendó tomar las medidas necesarias para que las personas que se someten a métodos de anticoncepción quirúrgica estén plenamente informadas y den su libre consentimiento.

Venezuela

Manifestó su satisfacción por el rango constitucional que la Constitución reconoce a los instrumentos internacionales de derechos humanos y la creación de instituciones como la Defensoría del Pueblo.

Expresó su inquietud respecto al carácter de progresividad de los derechos en la legislación interna y solicitó que el estado clarifique la cuestión. Asimismo se sintió hondamente preocupado por la falta de independencia existente en el poder judicial.

Sintió preocupación por las denuncias presentadas, las cuales, si bien ha sido tipificado como delito en la legislación interna, debe replantear el mecanismo de investigación de las mismas. Igual preocupación evidenció respecto a las denuncias de torturas y por el uso excesivo de la fuerza por la policía y otras fuerzas de seguridad. Solicitó por tal motivo el dictado de la legislación pertinente.

Lamentó la falta de información sobre el promedio de duración de la detención preventiva como así también la falta de garantías procesales para los detenidos y las condiciones de los lugares de detención imperantes y recomendó al estado reforzar la actividad de los fiscales y jueces de vigilancia penitenciaria.

Destacó como graves problemas tanto la discriminación que sufren, el trafico contra las mismas como también la violencia doméstica de la que son víctimas. Particularmente la penalización de todo aborto no terapéutico planteó graves problemas, en razón de que muchas mujeres se someten a abortos ilegales poniendo en peligro sus vidas. Por ello se recomendó al estado que adopte las medidas necesarias para garantizar el derecho a la vida de las mismas.

Finalmente deploró la situación de los niños de la calle que se agrava cada vez más. Estos niños son los que afrontan mayores riesgos frente a la violencia sexual y están expuestos a las prácticas de tráfico sexual e recomendó al estado la implementación de medidas tendientes a poner fin a la explotación sexual y la pornografía infantil.

República Dominicana

Expresó su beneplácito a raíz de la modificación realizada a la Constitución de la República Dominicana y por la eliminación de la legislación relativa a la deportación de trabajadores haitianos, sin bien instó al estado a la completa erradicación de los trabajos forzados y los tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Consideró preocupante la falta de progreso en la aplicación del Pacto y las numerosas denuncias sobre ejecuciones extrajudiciales tanto de las fuerzas policiales, penitenciarias e incluso de la Dirección Nacional para el Control de Drogas. Asimismo observó con inquietud la existencia en la Policía Nacional de un órgano judicial propio de investigación, violándose así la independencia y la igualdad ante la ley.Inquietó el gran número de detenciones preventivas y las condiciones de la misma y recomendó reformar la ley de inmediato para garantizar que sea la excepción y no la regla. Con relación a ello destacó las crisis existente en el sistema carcelario, en referencia a las condiciones de hacinamiento, la falta de separación entre detenidos juveniles y adultos y entre hombres y mujeres, y de la existencia de celdas de castigo sin luz, ventanas ni ventilación.

Mostró particularmente interesado en la situación de la mujer en el estado, en cuanto a la falta de igualdad jurídica, igualdad de oportunidades en materia laboral, así como los niveles de violencia doméstica. Sin embargo destacó la creación y la labor realizada por la Dirección General de la Promoción de la Mujer

Expresó su preocupación ante la falta de información con respecto a la protección de los derechos de las personas pertenecientes a las minorías étnicas, religiosas y lingüísticas en la República Dominicana, como así también por la imposibilidad de alegar la objeción de conciencia como eximente del servicio militar.
Uzbekistán

Celebró la actitud del Estado tendiente a armonizar su legislación con sus obligaciones internas, a fin de concluir con el período de transición de un régimen totalitario, agravado por la inestabilidad en la región.
Igualmente felicitó al estado por el acuerdo celebrado con la Cruz Roja internacional a fin de examinar la situación de las cárceles uzbekas, si bien consideró importante continuar con la investigación de las denuncias de muerte.

Destacó como motivo de preocupación las denuncias sistemáticas de torturas generalizadas, tratos inhumanos y abuso de poder por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley como así también el ineficaz sistema de investigación. Particularmente consideró importante que se someta a un examen médico a los detenidos, en especial de las personas condenadas a muerte.

Especial atención concitó la situación de los detenidos, desde el momento de su detención hasta la finalización del proceso, ya que aquél permanece en manos de la policía y bajo su autoridad o la del Ministerio del Interior, con clara violación a las garantías procesales. Similar inquietud evidenció respecto a la detención, arresto y encarcelamiento de niños sin que éstos puedan ejercer su derecho a la asistencia letrada, y por los malos tratos y métodos ilegales de investigación a que se les somete.

Preocupó la falta de prohibición de la extradición o expulsión de personas, incluidos los que solicitan asilo en Uzbekistán, a países donde puedan correr el riesgo de ser condenadas a muerte o sufrir torturas o tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Por ello recomendó al estado hacer efectiva al respecto la garantía de no devolución.

El sistema judicial mereció un análisis particular a raíz de la falta de independencia de los magistrados, la movilidad en sus cargos y la imposición de sanciones por las sentencias dictadas. Por otro lado tomó nota con preocupación de la amplia jurisdicción de los tribunales militares, tanto en causas penales que afectan a miembros de las fuerzas armadas, como también causas civiles.

Recomendó al estado adoptar medidas eficaces para combatir la violencia contra la mujer, incluida la violación en el matrimonio, y asegurarse de que la violencia ejercida contra la mujer constituya un delito punible con arreglo al derecho penal.

El Estado Parte debe tomar medidas para vencer las actitudes tradicionales hacia la función de la mujer en la sociedad. Debe aumentar el número de mujeres que participan en órganos de adopción de decisiones en todos los niveles y en todas las esferas.

Aunque tomó nota de que el Estado Parte ha establecido una variedad de instituciones cuyo objeto es verificar el respeto de los derechos humanos, entre las que se destacan el establecimiento de una línea telefónica para denunciar toda acción indebida de un funcionario, como así también el Comisionado Parlamentario de Derechos Humanos (Ombudsman), la Comisión para la observación de los derechos y las libertades constitucionales de los ciudadanos, el Instituto para el seguimiento de la legislación vigente y el Centro Nacional de Derechos Humanos, preocupó que ninguna de esas instituciones sea totalmente independiente del poder.

Recomendó al estado la implementación de un mecanismo idóneo para difundir información sobre las disposiciones del Pacto entre los jueces a fin de que éstos puedan aplicar el Pacto en los casos pertinentes, y entre los abogados y el público, para que éstos puedan invocar sus disposiciones ante los tribunales.

Croacia

Elogió al Estado Parte por la modificación introducida en la Constitución y en la legislación destinadas a delimitar la separación de poderes entre los tres estamentos del Estado, pasando en particular de una superconcentración de poder en el ejecutivo a una forma más equilibrada de vigilancia parlamentaria del ejecutivo, y al refuerzo de la independencia del poder judicial.

Observó con satisfacción la renovación del compromiso del estado de cooperar con el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, a fin de garantizar que todas las personas sospechosas de haber cometido graves violaciones de los derechos humanos durante el conflicto armado de 1991?1995 sean sometidas a juicio.

Elogió al estado por la promulgación de la Ley sobre las reuniones públicas, por la que se refuerza significativamente la protección del derecho de libertad de reunión, y la serie de decisiones judiciales que respaldan los derechos constitucionales, muchos de los cuales son derechos protegidos por el Pacto. En particular, aplaudió los fallos por los que se consideran inadmisibles las pruebas obtenidas de los sospechosos sin la presencia de un abogado y que consideran inconstitucionales las sanciones penales por críticas a altos funcionarios.

Felicitó al estado por la derogación de la pena de muerte y por su adhesión al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto.

Sin bien destacó el hecho de que en la Constitución de Croacia, los tratados internacionales, entre ellos el Pacto, disfruten de una fuerza legal superior a las leyes internas, y que la mayoría de los derechos del Pacto hayan sido específicamente incorporados en la Constitución, es necesario que los magistrados reciban capacitación sobre el régimen internacional de derechos humanos, lo que en la práctica significa que raramente se exige directamente el cumplimiento de los derechos contemplados en el Pacto.

Sintió especial preocupación por la suspensión de garantías en casos de emergencia, las cuales no están limitadas a las estrictamente requeridas por exigencias especiales y que los derechos no susceptibles de suspensión no incluyen los derechos de no ser sometido a esclavitud ni servidumbre, ni ser encarcelado por deudas y a que sea reconocida su personalidad.

Si bien acogió con satisfacción la creación en el Ministerio del Interior de departamentos especializados para la investigación de los crímenes de guerra, siguió preocupado porque los muchos actos cometidos durante el conflicto armado, no se han investigado suficientemente. Por tal motivo obligó al estado a investigar exhaustivamente estos casos violaciones y a enjuiciar a todas las personas que sean sospechosas de estar implicadas de los crímenes de guerra. En especial solicitó que la Ley de amnistía no se aplique para impunidad de los acusados de estas violaciones.

Expresó su preocupación por las informaciones relativas al maltrato de prisioneros por compañeros de cautiverio y lamentó la extensos plazos de detención preventiva, en contradicción con lo consagrado en el Pacto.

Si bien reconoció la afirmación respecto a que es necesario remediar con urgencia la administración de la justicia, destacó que el Estado debería velar por el aseguramiento de la misma e instó al Estado a que acelere su reforma del sistema judicial, entre otras cosas mediante la simplificación de los procedimientos, la capacitación de los magistrados y del personal de los tribunales en técnicas de administración eficiente de las causas.

Con relación al derecho a la libertad de expresión, garantizado en la Constitución, las diversas disposiciones del Código Penal relacionadas con delitos contra el honor y la reputación, que abarcan las esferas de la difamación, la calumnia, el insulto, etc., son de dudoso alcance, particularmente en relación con las palabras y expresiones dirigidas contra las autoridades. Por ello solicitó una revisión general de esta esfera del derecho interno del Estado Parte.

Siguió preocupado por la discriminación de que son objeto en Croacia las personas pertenecientes a la minoría étnica serbia, y a las minorías religiosas y lingüísticas en órganos ejecutivos y de representación a escala nacional, regional y local, así como sus derechos en las esferas social, cultural y económica de la vida pública y privada, deberían estar más plenamente garantizados

Con relación a la situación de la mujer, si bien reconoció que se ha alcanzado algún progreso en el logro de la igualdad en la vida política y pública, el Comité siguió observando con preocupación que la representación de la mujer en el Parlamento y en la ocupación de altos cargos, incluida la esfera judicial, aún sigue siendo baja.
Ordenó al estado la divulgación efectiva de las disposiciones del Pacto y la disponibilidad del mecanismo de denuncia individual previsto en el Protocolo Facultativo.

República Árabe Siria

Expresó su satisfacción por la presentación del informe, que contiene información detallada acerca de la legislación en materia de derechos civiles y políticos, y por la posibilidad de entablar de nuevo, tras un hiato de 24 años, un diálogo con el Estado. Destacó como positivo la puesta en libertad de un importante número de presos políticos y por la disminución de las restricciones políticas que han planteado serias cuestiones con respecto a violaciones manifiestas de los derechos protegidos en el Pacto.

Observó preocupado que la Constitución de la República Árabe Siria remite con frecuencia a la ley y ésta, más que constituir una garantía adicional de los derechos y libertades proclamados en la Constitución y asegurar que se lleven a efecto plenamente las disposiciones del Pacto, tiende muchas veces a limitar el campo de aplicación de las disposiciones del Pacto, particularmente por el hecho del estado de excepción que se ha mantenido en vigor ininterrumpidamente. Por ello solicitó al estado la adopción de la legislación que se ajuste plenamente a los requisitos del artículo 4 del Pacto.

Destacó su interés por el dictado de un elevado número de condenas a la pena de muerte que se han llevado a cabo tras celebrar procesos sin las debidas garantías, en los cuales se dictó sentencia condenatoria sin tener en cuenta que se habían aportado pruebas obtenidas torturando al reo para que confesara. Asimismo consideró necesaria la creación de una comisión independiente encargada de investigar las denuncias por desapariciones y ejecuciones extrajudiciales de ciudadanos sirios y de libaneses y las denuncias por practica de tortura en prisiones militares, debiendo garantizarles una atención médica adecuada y oportuna.

Lamentó el gran número de personas detenidas sin orden de autoridad competente, que son encarceladas y liberadas muchos años después sin el juicio correspondiente.

Con respecto a la igualdad entre hombres y mujeres, observó la existencia de disposiciones relativas a los derechos y las obligaciones de los cónyuges durante el matrimonio y tras su disolución que contienen elementos discriminatorios y recomendó su revisión.

Recomendó al estado la adopción de las medidas necesarias para una efectiva tutela de los menores, en particular en lo atinente a la celebración del matrimonio.

Consideró lamentable la situación de los ciudadanos sirios, quienes se ven impedidos de entrar y salir libremente del país, dado que necesitan un visado especial, tanto para ellos como para sus hijos, constituyendo una clara violación a las disposiciones del Pacto. Igualmente preocupó la situación de los extranjeros, quienes pueden ser expulsados del territorio sin garantía alguna. Por ello ordenó al estado que establezca un adecuado sistema recursivo de las decisiones.

Ordenó al estado proteger a los defensores de los derechos humanos y a los periodistas de toda restricción que obstaculice sus actividades y proceder de modo que los periodistas puedan ejercer su profesión sin temor a tener que comparecer ante la justicia y ser perseguidos por haber criticado la política gubernamental.

Países Bajos

Examinó el informe presentado por el estado y lamentó la gran demora en la presentación de la versión final del mismo.

Parte Europea Del Reino

Acogió con satisfacción la creación de un Ombudsman nacional independiente, designado por el Parlamento como así también la creación de la Comisión para la Igualdad de Trato, creada en virtud de la Ley de igualdad de trato, como órgano independiente encargado de investigar y evaluar casos de supuesta discriminación.
Observó con especial atención la cuestión de la eutanasia y del suicidio asistido, por ser de practica habitual en el estado. Destacó que si bien con la entada en vigor de una ley relativa a los procedimientos de examen sobre poner fin a la vida previa el 1° de enero de 2.002, no se despenalizó en sí estas practicas, es obligación del estado adoptar un criterio restrictivo en caso de producirse una disminución en la tutela jurídica del derecho a la vida. Preocupó hondamente el hecho de que la ley sea aplicable a menores que hayan cumplido 12 años y porque el consentimiento de los padres de menores de 16 a 18 pueda sustituirse por el de los propios menores. Recomendó por tanto la revisión de la citada ley y condenó la utilización de esta vía en recién nacidos discapacitados..

Reconoció que la Ley de investigaciones médicas con seres humanos de 1999 del Estado trató de llegar a una norma generalmente aceptable y de establecer un sistema de control permanente, le preocupó el criterio general según el cual la proporcionalidad se evalúa sopesando los riesgos de la investigación para la persona y el valor probable de la investigación.

Sintió preocupación por el hecho de que después de la supuesta intervención de miembros de las fuerzas de mantenimiento de la paz del Estado Parte en los acontecimientos relacionados con la caída de Srebrenica, Bosnia y Herzegovina, en julio de 1995, todavía no se haya determinado pública y definitivamente la responsabilidad de esas personas.

Destacó el hecho de la mujer se encuentra impedida de solicitar el asilo en razón de que las practicas tradicionales del país de origen, como es la mutilación genital son causales de negación del mismo.

Felicitó al estado por el fomento de la participación de las minorías étnicas en el mercado laboral, entre ellos los incentivos al sector privado para aumentar la proporción de estas personas en la fuerza de trabajo, y recomendó al estado reforzar dichas políticas.

Las Antillas Neerlandesas

Acogió con agrado la reforma exhaustiva del Código Civil por la que se eliminó una gran variedad de elementos de discriminación contra la mujer.

Manifestó su inquietud respecto al alcance del estado de excepción y solicitó al estado la delimitación concreta de este concepto.

Si bien se han introducido mejoras materiales en las cárceles, recordó su preocupación por la conducta delictiva del personal, combinada con su incapacidad para controlar correctamente el comportamiento de los reclusos e instó al estado a profesionalizar al personal penitenciario.

Acogió con satisfacción el establecimiento del Comité de Examen de las Denuncias contra la Policía, que atiende las denuncias de los particulares, y el establecimiento de un comité que fiscaliza la integridad de la policía, pero expresó su preocupación por que dichas autoridades no estén facultadas para adoptar decisiones vinculantes, para garantizar su imparcialidad.

Observó con preocupación que no se han eliminado las distinciones entre los hijos legítimos y los ilegítimos no reconocidos por sus padres que, por consiguiente, están en situación de desventaja con respecto a las leyes sucesorias.

Aruba

Celebró las medidas de protección fundamentales contra las actuaciones ilegales de las autoridades, que figuran en el Código de Procedimiento Penal, especialmente el hecho de que la asistencia letrada empiece a partir del primer contacto del demandado con las autoridades judiciales penales. Destacó como positivo el establecimiento de una jurisdicción universal para el delito de tortura y el hecho de garantizar una mayor participación de la mujer en la vida política, el nivel de educación y el mercado laboral de Aruba.

Destacó su preocupación por la explotación que sufren los trabajadores domésticos, por no ser ciudadanos de Aruba, y recomendó al estado garantizar una protección jurídica suficiente, haciendo extensivas las disposiciones del ordenamiento laboral interno a este grupo de trabajadores.

Inquietó el hecho de que el Estado aún no haya establecido un organismo de examen de las denuncias contra la policía, tras haber reconocido que el sistema establecido con arreglo al decreto sobre denuncias contra la policía no funcionó adecuadamente en la práctica.

República Checa

Celebró el compromiso asumido por el estado, desde la transición a la democracia, que comenzó en 1989, de reconstruir un orden jurídico democrático e iniciar el proceso de ajustar su legislación a sus obligaciones internacionales, a través de la promulgación de una Carta de Derechos y Libertades Fundamentales. Del mismo modo acogió con beneplácito el hecho de que en 1990 se haya abolido la pena capital y alienta a la República Checa a que se adhiera al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto.

Si bien el Pacto tiene primacía sobre la legislación interna, recomendó que se unifique el grado de protección del que gozan los derechos reconocidos en el mismo.

Manifestó su honda preocupación por la aparente falta de procedimientos para llevar a la práctica los dictámenes del Comité, como se establece en el Protocolo Facultativo y recomendó que se adopte un mecanismo en consecuencia. En materia de indemnizaciones, consideró que la condición previa de ciudadano checo para acceder a la misma es discriminatoria y viola el artículo relativo a la igualdad ante la ley.

Si bien destacó la creación de la institución del Ombudsman para investigar las denuncias de particulares, observó que las facultades de esta persona se limitan a formular recomendaciones que abarcan al sector público. Asimismo lamentó que el Comisionado de Derechos Humanos es un funcionario público y el Consejo de Derechos Humanos es un organismo asesor, sin mandato para resolver las denuncias de particulares relativas a los derechos humanos.

Preocupó seriamente la discriminación en el empleo, la educación, la atención de la salud, la vivienda, especialmente de la población Romaní y las condiciones de los establecimientos penitenciarios, los programas sociales y la esfera privada,. Por tal motivo ordenó al estado que adopte las medidas tendientes a hacer efectivos los derechos de estas minorías. Expresó su inquietud por el número desproporcionado de niños romaníes que son asignados a escuelas especiales para niños mentalmente discapacitados y recomendó al respecto adoptar medidas inmediatas para erradicar la segregación de los niños romaníes en su sistema educativo, velando por que la ubicación en las escuelas se lleve a cabo según cada caso particular y no se vea influenciada por el grupo étnico al que pertenece el menor.

Sintió especial preocupación por los actos de violencia y acoso perpetrado por algunos grupos contra la minoría romaní y por el hecho de que la policía y las autoridades judiciales no investiguen, enjuicien ni castiguen delitos inducidos por el odio racial.

En cuanto a la situación de la mujer, instó al estado a adoptar medidas para aumentar la participación de la mujer en los sectores público y privado, para erradicar la practica de la prostitución y el alto grado de violencia doméstica.

Destacó como sumamente negativo el gran número de denuncias contra agentes de la policía por la falta de independencia del mismo, ya que son investigadas por un órgano interno de inspección de ese cuerpo, al igual que de las investigaciones penales, las cuales son llevadas a cabo por el Ministerio del Interior, del que depende la policía.

En materia procesal, se inquietó por el hecho de que los detenidos no comparezcan en un plazo razonable ante el juez, por no poder disponer de un abogado durante ese tiempo y por el plazo excesivamente desproporcionado de la prisión preventiva.

Expresó para concluir su profunda preocupación por los informes de abuso sexual de menores, incluso la utilización de niños en la pornografía. Sin embargo se mostró satisfecho al observar que las organizaciones no gubernamentales están ayudando a hacer frente al problema del abuso de menores y de que el Estado adoptó medidas como ser la creación de albergues especiales para los niños víctimas de abusos para que puedan ser rehabilitados.

Principado de Mónaco

Tomó nota de la abolición de la pena de muerte en el Estado desde hace ya muchos años y por la ratificación, en el año 2000, del segundo Protocolo Facultativo del Pacto.

Manifestó su preocupación por la existencia de seis declaraciones interpretativas y de una reserva formulada por el Estado Parte al ratificar el Pacto.

Solicitó el estado que aclare la situación del Pacto en derecho interno, a fin de determinar si puede ser invocado directamente ante los tribunales y si, en caso de conflicto con el derecho interno, incluida la Constitución, tiene primacía sobre éste.

Expresó su preocupación por el carácter discriminatorio de determinadas disposiciones del Código Civil, entre otras la idea del marido como cabeza de familia; y el que confiere al padre la patria potestad sobre los hijos.
Del mismo modo consideró discriminatorio lo referente a la transmisión de la nacionalidad monegasca a los hijos. También destacó como lamentable la distinción respecto a los hijos adulterinos.

Recomendó al estado la adopción de medidas idóneas tendientes a erradicar la discriminación, en particular en lo que se refiere a la edad legal para contraer matrimonio, la cual está fijada en 15 años para las mujeres y en 18 años para los varones. Asimismo instó al estado a tipificar en su legislación el delito de discriminación racial.

Manifestó su preocupación por la insuficiencia de las garantías procesales durante la detención policial, en especial el derecho a la asistencia letrada desde el momento de la detención, la improcedencia del principio de inocencia y la extensión de la prisión preventiva.

Tomó en cuenta la condición particular de los monegascos, quienes, numéricamente, son una minoría en el Principado de Mónaco, y subrayó la diferencia de trato que existe jurídicamente entre monegascos y no monegascos, en especial en lo relativo al empleo y al ejercicio de las libertades de asociación y de reunión.

República de Guatemala

Destacó como altamente positivo el hecho de que el Estado haya ratificado el Primer Protocolo Facultativo al Pacto de Derechos Civiles y Políticos el cual entró en vigor el 28 de febrero de 2001.

Se mostró complacido con la información recibida con respecto al desmantelamiento de las patrullas de autodefensa civil, así como respecto de las medidas adoptadas para profesionalizar las fuerzas policiales.

Destacó la labor en pro de la mujer y de la creación de diversos órganos destinados a promover y defender sus derechos.

Celebró el reconocimiento de la "responsabilidad institucional" por parte del Estado formalizado por el Presidente de la República, por el que se asumen la masacre de las "Dos Erres" y otros casos graves de violación de los derechos humanos ocurridos durante la guerra civil, con el fin de poder otorgar una reparación económica a las víctimas, y garantizar el enjuiciamiento de los culpables.

Sintió preocupación con respecto a la alegación del Estado Parte en cuanto a que sus preceptos constitucionales le impiden dar debido cumplimento a las disposiciones del Pacto, lo cual lo ha llevado, por ejemplo, a mantener una jurisdicción personal para los militares, y al desconocimiento de algunos derechos de los miembros de las comunidades indígenas.

Lamentó la variedad de estados de emergencia que permite suspender de manera general el derecho del individuo de hacer lo que la ley no prohíbe y de no ser obligado a acatar órdenes ilegales. Solicitó al estado que comunique a los demás estados en todos los casos en que se declare una situación de emergencia, así como de informar de las disposiciones cuya aplicación haya suspendido y de los motivos que hayan suscitado la suspensión.

Ordenó al estado que aplique la ley de reconciliación nacional que exceptúa de amnistía los delitos de lesa humanidad, la creación de un órgano independiente adecuado para investigar las desapariciones y proporcionar a las víctimas de violaciones de derechos humanos, en especial respecto al derecho a la vida, la libertad y la seguridad de las personas, una indemnización adecuada.

Sintió grave preocupación se extendió también a las numerosas denuncias y a la falta de respuesta del Estado Parte en materia de ejecuciones extrajudiciales supuestamente perpetradas por elementos de las antiguas fuerzas militares y paramilitares y atribuidas a la delincuencia común.

El Estado Parte debe llevar a cabo las investigaciones pertinentes para identificar a los responsables del trafico de niños y someterlos a juicio. A tal fin el Estado deberá adoptar las medidas pertinentes para conformarse con lo dispuesto en los instrumentos internacionales referentes al trabajo infantil.

Destacó con preocupación la aplicación de la pena de muerte y en particular la ampliación del número de delitos susceptibles de ser castigados con dicha pena, habiéndose extendido ésta al secuestro sin resultado de muerte, en contravención de lo dispuesto en el Pacto. En el mismo sentido lamentó la eliminación del derecho de gracia o indulto en caso de pena de muerte, aunque destacó que el Presidente de la República ha hecho uso de dicho derecho sobre la base de la primacía de los tratados internacionales sobre las leyes ordinarias.

La penalización de todo aborto con penas tan severas como las previstas por la legislación vigente, salvo por peligro de muerte de la madre, plantea graves problemas, sobre todo a la luz de informes incontestados sobre la alta incidencia en la mortalidad materna de los abortos clandestinos y la falta de información sobre la planificación familiar. Es obligación del estado garantizar el derecho a la vida de quienes deciden interrumpir el embarazo.

El Estado Parte debe enmendar la ley para limitar la jurisdicción de los tribunales militares al enjuiciamiento de personal militar acusado de delitos y faltas de carácter exclusivamente militar y evitar la impunidad de dicho personal.

Recomendó al estado adoptar todas las medidas necesarias para que los miembros de diversos sectores sociales, en particular los miembros del poder judicial, abogados, activistas de derechos humanos y sindicalistas puedan desempeñar sus funciones sin intimidación de ninguna clase.

Preocupó la subsistencia de una disposición legal que exime de pena al autor de un estupro si contrae matrimonio con la víctima, así como la persistencia en la legislación de la condición de que una mujer ha de ser honesta para que se configuren los elementos de dicho delito e instó al estado a su abolición.

Deploró la situación de los niños de la calle, que parece agravarse. Estos niños son los que afrontan mayores riesgos frente a la violencia sexual y están expuestos a las prácticas de tráfico sexual. El Estado Parte debe tomar medidas efectivas tanto para la protección y rehabilitación de dichos menores, como para castigar a quienes sean declarados culpables de cualquier tipo de violencia contra los menores. Lamentó por tal motivo la demora en la entrada en vigor del Código de la infancia.

Como corolario, si bien reconoció que el Estado ha realizado esfuerzos para mejorar la situación de los miembros de las comunidades indígenas, lamentó que no haya sido posible la expedición de una legislación encaminada a garantizar plenamente el disfrute de todos sus derechos, en particular el retorno de tierras comunales y el fin de la discriminación en el empleo, educación, y participación en las demás áreas de la vida civil.

República Popular Democrática de Corea

Expresó su satisfacción por la reducción del número de delitos que se castigan con la pena de muerte, que han pasado de 33 a 5, así como por la disposición a seguir estudiando la cuestión de la pena capital con el fin de abolirla. Sin embargo tomó nota con preocupación del hecho de que de esos cinco delitos, cuatro son básicamente delitos políticos y se tipifican en términos tan vagos que la imposición de la pena de muerte puede basarse en criterios fundamentalmente subjetivos y no limitarse sólo a "los más graves delitos"
Felicitó al estado por la ratificación por el Estado, de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

Destacó la falta de imparcialidad y la independencia de la judicatura. Además la Constitución limita la duración de los cargos judiciales a cinco años y el artículo 129 del Código Penal que somete a los jueces a responsabilidad penal por dictar "sentencias injustas",afectando negativamente la protección de los derechos humanos

Observó la incertidumbre que existe en cuanto al rango jurídico del Pacto en el marco jurídico interno del Estado, sin aclararse si el Pacto tendría primacía sobre el derecho interno en caso de conflicto con las disposiciones del Pacto.

Expresó su preocupación porque, además de la protección judicial, exista una institución nacional independiente para la promoción y protección de los derechos humanos. Sin embargo en razón de lo normado en la Constitución y la Ley de denuncias y solicitudes, que concede a todos los ciudadanos el derecho de presentar denuncias de atentados contra sus derechos, no hace innecesaria la existencia de un órgano de supervisión independiente.

Recomendó al estado conceder acceso a su territorio a las organizaciones internacionales de derechos humanos y a otros órganos internacionales de forma ordinaria, cuando lo soliciten, y garantizar el acceso a la información indispensable sobre la promoción y protección de los derechos humanos.

Mostró especial interés mostró en lo referente a la grave situación alimentaria y de nutrición en la República Popular Democrática de Corea y por la falta de medidas para atajar, en cooperación con la comunidad internacional, las causas y consecuencias de la sequía y otros desastres naturales que afectaron seriamente a la población del país en el decenio de 1990.

En cuanto a la actuación policial recomendó que todos los casos de malos tratos y de torturas y otros abusos cometidos por los agentes del Estado sean examinados e investigados sin demora por un órgano independiente.El Estado Parte debe instituir un sistema de vigilancia independiente de todos los centros de detención o prisión con miras a prevenir todo abuso de poder por los encargados de hacer cumplir la ley y garantizarles a los detenidos un trato digno.

Lamentó la situación de los extranjeros, quienes pueden ser objeto de expulsión sin mayores requisitos. Antes de expulsar a un extranjero, el Estado Parte debería proporcionarle suficientes salvaguardias y un recurso efectivo. Se exhortó al Estado a considerar la posibilidad de promulgar leyes que rijan la expulsión de extranjeros, que debería estar en consonancia con el principio de no devolución.

Observó con pesar que si bien menos del 0,2% de la población dice ser "creyentes", en la práctica la religión está reprimida o se disuade de la misma, en clara contradicción con lo consagrado en el Pacto.

Solicitó al estado que se abstenga de adoptar medidas que restrinjan la disponibilidad de diarios extranjeros para el público y que se atenúen las restricciones para viajar al extranjero impuestas a los periodistas de la República Popular Democrática de Corea, y que evite el uso de la noción de "amenaza a la seguridad del Estado", que reprimiría la libertad de expresión.

En materia de derechos políticos destacó la posibilidad de todo ciudadano de un Estado, sin restricciones no razonables, a participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos y a votar o a ser elegido en elecciones periódicas auténticas, por sufragio universal e igual, garantizándose la libre expresión del deseo de los electores.

Observó el escaso nivel de representación femenina en los niveles superiores del sector público, así como la falta de datos exactos sobre el grado de representación de las mujeres en otros sectores, ordenó al estado la adopción de los mecanismos idóneos para garantizar a su amplia participación en todos los sectores de la vida social, especialmente en las posiciones superiores. Finalmente solicitó datos estadísticos sobre la condición jurídica y social de las mismas, en particular su grado de responsabilidad y su remuneración en los principales sectores de la economía.