- Instituto de Relaciones Internacionales - Anuario 2002 -
OSCE
Bucarest, 6 al 10 de julio de 2000
Asamblea Parlamentaria de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa

Declaración de Bucarest

Preámbulo

Nosotros, Parlamentarios de los Estados participantes en la OSCE, reunidos en Bucarest del 6 al 10 de julio del 2000 en calidad de Institución Parlamentaria de la OSCE para examinar la evolución de la situación relacionada con la seguridad y la cooperación en Europa y presentar nuestras ideas a los Ministros de la OSCE.
Deseamos mucho éxito a la próxima reunión ministerial de la OSCE que tendrá lugar en la ciudad de Viena en noviembre del 2000 y esperamos que las siguientes declaraciones y recomendaciones sean tenidas en cuenta.

Resolución sobre el 25º aniversario del Acta Final de Helsinki

1. Recordando que el 1º de agosto de 2000 se celebrará el 25º aniversario del Acto Final de Helsinki de la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa (CSCE), denominada desde enero de 1995 Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE)
2. Teniendo en cuenta que el Acta Final otorgó a los Derechos Humanos el estatuto de principio fundamental que rige las relaciones internacionales,
3. Señalando que los Estados participantes en la OSCE se comprometieron a hacer hincapié en la importancia esencial de los Derechos Humanos y de las libertades fundamentales, de la democracia y del estado de derecho,
4. Confirmando una total adhesión a la Carta de las Naciones Unidas y al Acta Final de Helsinki, a la Carta de París, a la Carta de Seguridad Europea y demás documentos de la OSCE,
5. Recordando que, en la Carta de París para una Nueva Europa, los Estados participantes declararon que "los Derechos Humanos y las libertades fundamentales son inherentes a todos los seres humanos, son inalienables y garantizados por la ley. La principal responsabilidad de los gobiernos es protegerlos y promoverlos". Además, los Estados participantes se comprometieron a " edificar, consolidar y reforzar la democracia como único sistema de gobierno de nuestras naciones",
6. Recordando que, en el documento de Moscú de 1991, los Estados participantes declararon "categórica e irrevocablemente que las obligaciones contraídas en el campo de la dimensión humana de la CSCE son motivo de preocupación directa y legítima para todos los Estados participantes y que éstas no se relacionan exclusivamente con asuntos internos del Estado en cuestión"
7. Reconociendo que la seguridad de cada uno de los Estados participantes está ligada de manera indisociable a la de todos los demás y que dichos Estados no reforzarán su seguridad en detrimento de la de los otros Estados,
8. Recordando que la declaración de San Petersburgo de la Asamblea Parlamentaria de la OSCE destacó que era importante luchar contra el tráfico de mujeres y niños así como también redoblar los esfuerzos realizados para combatir la corrupción y el crimen organizado y acabar con la discriminación contra la población romaní (población gitana) o por motivos religiosos,
9. Reconociendo que el proceso de Helsinki se convirtió en un instrumento importante para poner fin a la división de Europa y contribuyó a la evolución positiva en Europa favoreciendo y estimulando el respeto de los Derechos Humanos y las libertades fundamentales ofreciendo un marco apropiado para el desarrollo de dichos derechos y libertades así como también para la seguridad y la cooperación auténticas entre los Estados participantes,
10. Señalando que el principal desafío al que se enfrentan los Estados participantes es la puesta en marcha de los principios y obligaciones enunciados en el Acta Final de Helsinki y en otros documentos de la OSCE adoptados por consenso,
11. Insistiendo que todas las obligaciones sin excepción son aplicables por igual a todos los Estados participantes,
12. Recordando que en el transcurso de la era comunista e incluso en la actualidad los miembros de las ONGs de defensa de los Derechos Humanos sacrificaron con coraje su libertad individual y hasta su vida al servicio de los principios enunciados en el Acta Final de Helsinki,
13. Preocupada por los conflictos que tuvieron lugar en la región de la OSCE y durante los cuales se cometieron actos de genocidio contra la población civil, dando lugar a las violaciones más graves de las disposiciones de la OSCE desde la firma del Acta Final de Helsinki,
14. Reconociendo el rol decisivo y la gran responsabilidad que debe asumir la Asamblea Parlamentaria de la OSCE estimulando la observancia de los principios y obligaciones de la OSCE, sobre todo el desarrollo de sistemas y prácticas en materia de elecciones democráticas,
15. Señalando la importancia de la "Plataforma para la Seguridad Cooperativa " adoptada en la Cumbre de Estambul como base para el desarrollo de las relaciones entre las organizaciones en la región de la OSCE,
16. Remarcando que los Estados participantes se comprometieron a promover las reformas económicas a través de la transparencia de la actividad económica a fin de que progresen los principios de la economía de mercado,
17. Señalando la importancia del Estado de Derecho y de los grandes esfuerzos para luchar contra el crimen organizado y la corrupción que ponen en serio peligro la reforma y la prosperidad económicas,
18. Señalando que la OSCE amplió el alcance y el tenor de sus esfuerzos tomando diversas iniciativas de diplomacia preventiva destinadas a prevenir, gestionar y resolver conflictos entre los Estados participantes y en el seno de dichos Estados,
19. Reconociendo que los aspectos político-militares de la seguridad son el principal interés de los Estados participantes y constituyen un elemento central del concepto de seguridad global de la OSCE,
20. Afirmando que los Estados participantes tienen como principal responsabilidad la detección de las violaciones a las disposiciones del Acta Final de Helsinki y otros documentos de la OSCE,
21. Preocupada por el hecho de que los defensores de los Derechos Humanos, sobre todo los abogados que se dedican en la actualidad a promover y defender los Derechos Humanos y las libertades fundamentales en la región de la OSCE, fueron detenidos, hostigados, intimidados, se les han puesto obstáculos jurídicos maliciosos, fueron perseguidos penalmente y hasta en algunos casos han sido víctima de actos de violencia, privados de su licencia o amenazados de inhabilitación,
22. Convencida de que los Estados participantes de la OSCE deben tomar medidas para garantizar la seguridad de los defensores de los Derechos Humanos y pedirle explicaciones a los que amenazan, hostigan o perjudican a dichos defensores a causa de los esfuerzos que éstos realizan por promover y defender los Derechos Humanos y libertades fundamentales,

La Asamblea parlamentaria de la OSCE

23. Alienta a los Estados participantes a que celebren el aniversario del Acta Final de Helsinki a través de programas, ceremonias y actividades apropiadas, y
24. Exhorta a todos los Estados participantes a que hagan efectivos los compromisos contraidos con motivo del Acta Final de Helsinki, reconociendo que el respeto de los Derechos Humanos y de las libertades fundamentales, de los principios democráticos y de la libertad económica y la puesta en marcha de los compromisos conexos siguen siendo elementos vitales para la promoción de una nueva era de democracia, paz y unidad en la región de la OSCE.


Buena gestión:
Cooperación regional, fortalecimiento
de las instituciones democráticas,
fomento de la transparencia,
realización del estado de derecho
y lucha contra la corrupción

Capítulo I
Asuntos políticos y de seguridad

1. Consciente de que en el nuevo milenio la OSCE debe enfrentarse con importantes amenazas para la seguridad y la cooperación,
2. Considerando que la OSCE es la instancia integradora y global de consulta, toma de decisiones y cooperación en su región, y que además posee capacidades únicas para la alerta temprana, la prevención de los conflictos, la gestión de las crisis y el relevamiento de los daños posconflicto,
3. Reconociendo que, si bien en el transcurso de la última década del siglo XX la cooperación ha sustituido a la confrontación, el riesgo de conflictos entre Estados no ha sido eliminado,
4. Señalando que los conflictos entre Estados participantes en la OSCE a los que aún no se les ha encontrado una solución constituyen una amenaza permanente para la paz y la estabilidad en la región de la OSCE,
5. Reconociendo que los conflictos en el seno de los Estados representan una amenaza mucho mayor para la seguridad y la estabilidad en la región de la OSCE,
6. Recordando que el terrorismo internacional, el racismo, la xenofobia, el tráfico de drogas, el extremismo violento, el crimen organizado, el tráfico ilícito de armas y de seres humanos tienen graves repercusiones en nuestros sistemas democráticos,
7. Considerando que cada Estado tiene derecho a exportar e importar armas en función a las necesidades legítimas de defensa y seguridad respetando los tratados y acuerdos internacionales,
8. Señalando con agrado la adopción en la reunión de la cumbre de Estambul de la Carta de seguridad europea que reforzará la seguridad y la estabilidad en nuestra región y mejorará las capacidades operacionales de la OSCE,
9. Reafirmando que el respeto de los Derechos Humanos y de las libertades fundamentales , de la democracia y del Estado de Derecho constituyen la base del concepto de seguridad global de la OSCE,
10. Observando con satisfacción la decisión de los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados participantes en la OSCE de reconocer la Asamblea Parlamentaria de la OSCE como componente esencial de los esfuerzos de la OSCE para promover la democracia, la prosperidad y una creciente confianza en el seno de los Estados participantes y entre dichos Estados,

Prevención de conflictos

La Asamblea Parlamentaria de la OSCE

11. Exhorta a la OSCE a que estimule y facilite la cooperación regional reforzando la seguridad, la estabilidad y el desarrollo en las regiones en cuestión, combatiendo sobre todo el terrorismo internacional, las fuerzas extremistas y el tráfico ilícito de armas;
12. Exhorta a las organizaciones e instituciones internacionales involucradas en el Pacto de Estabilidad para Europa del Sudeste a que actuen juntamente con los países de la región en cuestión para alcanzar oportunamente los objetivos del Pacto, garantizando los recursos financieros necesarios;
13. Pide que se establezca una base de datos para el intercambio de información sobre grupos terroristas y sus actividades y sobre todo sus fuentes de financiamiento y las medidas para impedirles el acceso a dichas fuentes de financiamiento;
14. Exhorta a los Estados participantes en la OSCE a que prohiban explícitamente toda utilización de su territorio para reclutamiento, entrenamiento, agrupamiento, tránsito, financiación o empleo de mercenarios y a que ratifiquen la Convención Internacional contra el reclutamiento, la utilización, la financiación y el entrenamiento de mercenarios;
15. Invita a los Estados participantes en la OSCE a que prohiban el reclutamiento de niños y su participación en conflictos armados, firmando y ratificando sin reserva alguna el Protocolo Optativo de la Convención de los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en conflictos armados fijando los 18 años como edad mínima para toda clase de reclutamiento militar;
16. Señala la importancia de que se adopten medidas luego de los conflictos para asegurar la justicia, acusando, aprehendiendo y procesando a los responsables de los crímenes de guerra, de crímenes contra la humanidad y de genocidios, como así también de que se respete el derecho de las personas a recuperar su hogar y sus bienes;
17. Insta a la OSCE a que asegure una mayor participación de las partes no estatales en un conflicto, en la alerta temprana, la prevención de los conflictos, la gestión de crisis y el relevamiento de los daños causados por el conflicto;
18. Exhorta a los Estados participantes de la OSCE a que utilicen mejor los servicios de la Corte de Conciliación y Arbitraje como medio eficaz de prevención de conflictos, en particular en lo que concierne a conflictos surgidos en el interior de los Estados;
19. Propone que los Estados participantes de la OSCE examinen y controlen atentamente sus transacciones con las sociedades militares de seguridad privada, en particular aquellas que intentan intervenir en los conflictos armados internos suministrando mercenarios a alguna de las partes en conflicto;
20. Invita a la OSCE a que ponga rápidamente en marcha el concepto REACT adoptado por el Consejo Permanente a fin de reforzar su rol en la prevención de conflictos y la recuperación posconflicto asegurando el rápido despliegue, el debido entrenamiento y la adecuada formación técnica de los miembros de las operaciones sobre el terreno así como también la renovación a término de los expertos;
21. Insta a los Estados participantes a que faciliten un número suficiente de agentes de la policía civil en el marco de los esfuerzos desplegados para crear una policía internacional que contribuya a asegurar el mantenimiento de la paz en situaciones de posconflicto como por ejemplo en Kosovo;

Armas y comercio de armas

22. Recomienda que se elabore una convención que reglamente el comercio de armas y que se cree, en el marco de dicha Convención, un organismo internacional competente para conocer las infracciones en ese terreno;
23. Insta a que finalice rápidamente la negociación del proyecto de protocolo sobre el tráfico ilícito de armas de fuego de la Convención de las Naciones Unidas contra el crimen transnacional organizado;
24. Insta a los Estados participantes de la OSCE a que pongan límites a las medidas de subvención de las exportaciones de armas y a la consiguiente comercialización agresiva de armamento convencional;
25. Exhorta a los Estados participantes en la OSCE a que revean permanentemente y, en caso de ser necesario, actualicen los principios e instrumentos de control existentes para las transferencias de armas convencionales, y a que observen los Principios de la OSCE que rigen las transferencias de armas convencionales cuya aplicación debe ser estrechamente supervisada;
26. Recomienda que los Estados participantes en la OSCE convengan en un registro transnacional de licencias a los negociantes de armas y a las sociedades militares y de seguridad privada;
27. Compromete a la OSCE a que doble los esfuerzos para garantizar la plena participación en el Registro de armas convencionales de la Organización de las Naciones Unidas, a que presente informes cualitativos sobre los sistemas de armas exportadas o importadas y a que observe las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre presentación voluntaria de información complementaria sobre su existencia y la producción nacional;
28. Insta a todos los Estados participantes en la OSCE a que supervisen cuidadosamente la aplicación de todas las decisiones de la Cumbre de Estambul en lo que concierne a la limitación de armas convencionales en Europa, así como de otros acuerdos conexos;
29. Insta a que se proceda a la aplicación completa de los acuerdos e iniciativas en materia de transparencia y de las medidas de instauración de la confianza y la seguridad y alienta a la elaboración de nuevos acuerdos en otras esferas de preocupación como la de las armas de menor calibre;
30. Exhorta a los Estados exportadores de armas a que concedan más importancia a la verificación del destino y del destinatario final de los productos militares destinados a la exportación;
31. Aboga por una estrecha supervisión de los sitios de producción de armas de menor calibre a fin de obtener información precisa en cuanto a número y tipo de esas armas fabricadas;
32. Exhorta a que prosigan con los esfuerzos por preservar intacto el Tratado sobre la Limitación de los Sistemas de Misiles Antibalísticos, y por fortalecer su eficacia como factor clave para el mantenimiento de la estabilidad estratégica y de la seguridad internacional gracias a una nueva reducción de armas ofensivas estratégicas;

Vigilancia y responsabilidad

33. Exhorta a los parlamentarios a que vigilen de cerca al Poder Ejecutivo pidiendo cuentas más estrictas sobre el empleo de los fondos en cuestiones de defensa a fin de limitar las posibilidades de corrupción;
34. Insta a la OSCE a que insista sobre la necesidad de reducir los gastos militares, cuando dichos gastos no correspondan ya a necesidades legítimas de seguridad y se conviertan en excesivos, de conformidad con el párrafo 22 del Código de Conducta sobre los Aspectos Político-militares de la Seguridad;
35. Exhorta a los Estados participantes en la OSCE a que respalden plenamente las disposiciones de los artículos 20 a 25 del Código de Conducta y a que aseguren la primacía del rol de las autoridades civiles en los asuntos militares y de defensa así como también el control democrático de las fuerzas armadas;
36. Insta a la OSCE a que modifique su política de reclutamiento de personal para las misiones a largo plazo sobre el terreno a fin de asegurar la continuidad del proceso de prevención de conflictos, limitando en particular su dependencia del personal adscrito por los Gobiernos nacionales, prolongando en general los nombramientos y asegurando una formación adecuada;
37. Reitera su firme recomendación de que se dé mayor transparencia a las instituciones de la OSCE, a fin de dar a conocer mejor sus actividades y sus posibilidades. A ese fin, las reuniones del Consejo Permanente deben ser abiertas al público, salvo en circunstancias particulares en las que los Estados participantes en la OSCE decidan públicamente proceder de otro modo, y recomienda igualmente que las reuniones del Foro de Seguridad en materia de cooperación sean abiertas al público.


Capítulo II
Asuntos económicos, ciencia, tecnología y medio ambiente

38. Observando que el concepto de buena gestión pública es importante para todos los Estados participantes en la OSCE, así como también para la propia OSCE y otras organizaciones internacionales;
39. Consciente del creciente consenso internacional de que un marco político e institucional sólido es absolutamente necesario para lograr un desarrollo económico y social sostenible así como una actitud responsable en materia ecológica;
40. Acogiendo con agrado la adopción en la Cumbre de Estambul de la Carta sobre la Seguridad Europea que define las tareas de la OSCE en sus dimensiones económica y de medio ambiente;
41. Observando que la eficiencia económica, el bienestar social y una actitud responsable en materia ecológica son elementos clave del desarrollo sustentable, y que los tres constituyen un "triángulo mágico" que vincula indisolublemente, en un equilibrio dinámico, la protección de los recursos con su asignación eficiente y con una organización de la sociedad;
42. Reafirmando que el respeto de los Derechos Humanos y de las libertades fundamentales, así como el estado de derecho, la libertad económica, la justicia social y la responsabilidad ambiental son la piedra angular de la estabilidad y del desarrollo de nuestras sociedades;
43. Observando con agrado la función especial desempeñada por la OSCE y sus instituciones al servicio del proceso de democratización y de la primacía del derecho y de la sociedad civil, así como en su labor observadora del procesos electorales y de promotora de la buena gestión;
44. Reconociendo que las misiones y los representantes de la OSCE en Europa y Asia Central juegan un papel importante en la promoción de una buena gestión;
45. Observando que la Asamblea parlamentaria se ha ocupado de fomentar el debate sobre los vínculos existentes entre el estado de derecho, los Derechos Humanos, la transparencia, la responsabilidad pública, la lucha contra la corrupción, el lavado de dinero y el desarrollo sostenible;
46. Recordando que la Segunda Conferencia Parlamentaria sobre " las Cooperaciones Económicas Subregionales en Europa frente a los nuevos retos" (Nantes, 1999) reconoció que la existencia de instituciones democráticas estables basadas en el respeto de los Derechos Humanos y el estado de derecho es la única capaz de garantizar el desarrollo económico y el progreso social;
47. Observando que la reciente evolución de la dimensión económica de la OSCE ha llevado a prestar una mayor atención a la estrecha relación entre buena gestión y cooperación regional;
48. Recordando que la Cumbre de Estambul reconoció que la corrupción constituye una gran amenaza para los valores comunes de la OSCE y encomendó al Consejo Permanente examinar cuales serían los mejores medios de contribuir a la lucha contra la corrupción y de informar de los resultados en la Reunión del Consejo Ministerial del año 2000;

Estado de derecho, cooperación y desarrollo sustentable

La Asamblea Parlamentaria de la OSCE

49. Reconoce que para la OSCE el respeto de las reglas de buena gestión es un elemento importante para la prevención de los conflictos y el relevamiento de daños y reconciliación posconflicto;
50. Insta a la OSCE a que considere sistemáticamente en su labor las metas de buena gestión dada su estrecha vinculación con la seguridad;
51. Exhorta a las organizaciones interesadas en el tema a que sigan atentamente el desarrollo y el progreso de la buena gestión en los Estados participantes en la OSCE y a que informen a la OSCE sobre nuevos hechos concernientes a la seguridad;
52. Exhorta a la OSCE a que renueve su compromiso de velar por que la dimensión económica reciba la debida atención a fin de garantizar la primacía del derecho y el desarrollo de un sistema jurídico transparente y estable en el campo económico y la compromete a que continue fomentando la cooperación económica interregional para lograr dicho objetivo;
53. Pide que, además de los ejemplos ya existentes de cooperación regional, se entable un diálogo transatlántico activo en el campo económico destinado a acrecentar los recursos económicos y a explotar el saber-hacer, en el marco de una estrategia de cooperación y responsabilidad basada en el desarrollo sostenible y el interés de todos los Estados participantes en la OSCE;
54. Exhorta a los Estados participantes en la OSCE a que movilicen a la sociedad a favor del proceso de reforma entablando el diálogo y dando transparencia a la toma de decisiones haciendo intervenir a las autoridades, la comunidad empresarial y el mundo laboral;
55. Insta a los paises en transición a que completen la liberalización y la privatización desarrollando instituciones y actitudes para apoyar el buen funcionamiento de los mercados, aplicando sobre todo los principios de transparencia, responsabilidad, libre competencia, primacía del derecho y de los Derechos Humanos en un esfuerzo por crear el marco institucional adecuado para un desarrollo armónico y sostenible;


Corrupción

56. Señala, a la luz de los recientes escándalos causados por la corrupción en muchos países europeos, la necesidad de promover la buena gestión aplicando los convenios existentes, creando instrumentos jurídicos suplementarios para luchar contra la corrupción y el lavado de dinero e intensificando los esfuerzos para asegurar la transparencia y la eficacia;
57. Exhorta a las autoridades de todos los Estados participantes en la OSCE a que se aseguren de que disponen de medidas eficaces de lucha contra la corrupción sobre todo mediante la plena aplicación de los códigos penales y un control legislativo más intenso por parte de nuestros parlamentos a fin de contribuir de esta manera a un crecimiento económico sostenido;
58. Insta a los Estados participantes en la OSCE a que consideren, llegado el caso, la adhesión a la Convención para la Lucha contra la Corrupción en las transacciones comerciales internacionales;
59. Pide a las autoridades de los Estados participantes en la OSCE que refuercen los recursos humanos e institucionales poniendo en vigencia normas y dispositivos de control en lo que concierne a la responsabilidad frente a la sociedad, desarrollando y reforzando organismos de auditoría independientes para controlar la observancia de dichas normas y el funcionamiento de esos dispositivos, reformando la administración y simplificando los procedimientos, garantizando a los funcionarios un ingreso aceptable y mejorando su normativa penal para luchar contra la corrupción y el lavado de dinero;

Dimensión social

60. Pide a la OSCE que remarque que la legitimidad del Estado constituye el fundamento del progreso social equitativo e integrador del que gozan todos los miembros de la sociedad y en particular las mujeres y las personas pertenecientes a una minoría, garantizando los principios de la igualdad ante la ley y de la igualdad de acceso a los recursos y servicios básicos como la educación, la sanidad y la seguridad social;
61. Insta a los Estados participantes en la OSCE a que reconozcan que la calidad de la función pública depende en gran medida de la existencia de personal calificado y bien remunerado, y a que estudien la manera de descentralizar sus administraciones nacionales acercando el servicio público a los destinatarios particularmente en zonas aisladas;

Medio ambiente


62. Hace un llamamiento a todos los Estados participantes en la OSCE para que transformen sus propósitos en hechos y cumplan los compromisos contraídos en el marco del Protocolo de Kioto y de la Convención de Aarhus;
63. Exhorta a los Estados participantes en la OSCE a que doten de mayor credibilidad y eficiencia a los servicios encargados de evaluar la contaminación ambiental o los productos contaminantes presentes en los artículos de consumo, y a que dejen constancia de que dichos Estados tienen un interés fundamental en proteger la biodiversidad de su flora y de su fauna, preservando la producción típica de las diversas zonas y explotando la biotecnología en forma responsable y controlada, promoviendo así el interés general y la cooperación internacional mediante la creación de nuevos mecanismos de control en el campo económico, tecnológico y medioambiental;
64. Hace un llamamiento a la OSCE para que ayude a fomentar la estrecha cooperación entre los poderes públicos y las Organizaciones No Gubernamentales que trabajan al servicio de la protección del medio ambiente;
65. Exhorta a la OSCE a que aliente a las organizaciones o iniciativas regionales a prestar la debida atención al concepto de buena gestión;
66. Acoge con agrado los esfuerzos desplegados por los países de la Iniciativa de Cooperación en Europa del Sudeste por tratar de resolver los problemas económicos y medio-ambientales en un marco regional global y los felicita por haber establecido en Bucarest el Centro de Coordinación contra el Crimen;
67. Acoge con particular agrado la decisión de dedicar la novena reunión del Foro Económico a realizarse en el año 2001 al tema general de la "Transparencia y buena gestión en asuntos económicos"


Capitulo III
Democracia, Derechos Humanos y cuestiones humanitaras


68. Recordando el acta final de Helsinki, la Carta de París y el Documento de Copenhague, la Carta de Seguridad Europea, La Declaración de la Cumbre de Estambul y otros instrumentos adoptados por la OSCE,

69. Reconociendo la necesidad absoluta de desarrollar y fortalecer la sociedad civil sobre la base de la democracia, el Estado de Derecho y el respeto de los Derechos Humanos,

70. Insistiendo que pertenecen a los parlamentos electos, en su calidad de legisladores y representantes del electorado, de crear un marco jurídico en el cual la sociedad civil y la democracia puedan prosperar, y de supervisar las actividades del ejecutivo,

Dimensión humana

71. Reconociendo que la igualdad de mujeres y hombres, así como la protección y el fomento de los derechos de la mujer, son esenciales para la instauración de una democracia sostenible y para que reine la seguridad y la estabilidad en la región de la OSCE,

72. Pidiendo que se intensifiquen las actividades de la OSCE orientadas hacia el respeto de los compromisos relativos a la "dimensión humana" y facilitar en lo posible la solución de los problemas referidos al retorno a sus lugares de origen de los refugiados y de las personas desplazadas, dado que, sin ello, no es posible promover el respeto de los Derechos Humanos y de los principios democráticos, el establecimiento, la consolidación y la defensa de las instituciones democráticas y la instauración de la tolerancia en el área de la OSCE,

73. Considerando que la protección de los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales forma parte esencial del funcionamiento de toda sociedad civil estable y democrática,

74. Reafirmando que no es posible asegurar una buena gestión pública sin que el Estado adopte una política de lucha contra la xenofobia y el nacionalismo agresivo, y si los derechos de las minorías nacionales son respetados conforme a las normas de la OSCE,

75. Insistiendo en las responsabilidades de los gobiernos y de las organizaciones internacionales de practicar y promover el buen gobierno, de cumplir el estado de Derecho y combatir la corrupción,

76. Considerando la importancia crucial de mantener la independencia, la imparcialidad y la competencia de la magistratura a fin de garantizar el debido respeto del Estado de Derecho y de los Derechos Humanos,

77. Consiente que la corrupción y la criminalidad organizada perjudican al buen gobierno, a la democracia, a la realización del Estado de Derecho y al ejercicio de los Derechos Humanos al tiempo que constituyen una amenaza para la seguridad y el progreso económico,

78. Reconociendo que la corrupción y la delincuencia organizada son fenómenos que exceden toda frontera afectando a países tanto del Este como del Oeste y que el refuerzo y el buen funcionamiento de la cooperación internacional entre Estados participantes son necesarios para combatir, con eficacia, la corrupción y la criminalidad organizada,

Libertad de medios de comunicación

79. Teniendo presente el documento de la Cumbre de Lisboa de 1996 que dice, entre otras cosas, que "la libertad de la prensa y de los medios de comunicación es una de las condiciones fundamentales de toda sociedad civil verdaderamente democrática" y que "es necesario reforzar el cumplimiento de compromisos de la OSCE en el campo de los medios de comunicación, teniendo en cuenta, el trabajo de otras organizaciones internacionales",

80. Comprobando que las leyes que sancionan penalmente la difamación de personalidades públicas o califican penalmente el ataque a la autoridad del Estado o a órganos del Estado o la difamación de representantes de la autoridad pública en el ejercicio de sus funciones, se utilizan contra periodistas que investigan casos de corrupción, recordando que la declaración de Varsovia invitó a todos los Estados participantes que aún no lo hayan hecho a que deroguen leyes que prevén sanciones penales en caso de difamación de personalidades públicas o calificando penalmente la difamación a la autoridad del Estado o a sus órganos o de los representantes de la autoridad pública en el ejercicio de sus funciones,

81. Profundamente preocupados por los recientes ataques físicos y las acciones en justicia basadas en motivos poco convincentes contra periodistas registrados en varios Estados participantes de la OSCE, incluido el arresto y la detención del presidente del medio de comunicación más importante independiente de Rusia, Vladimir Gusinsky,

Trata de seres humanos

82. Reconociendo los vínculos entre corrupción, criminalidad organizada y la trata de seres humanos, recordando la Declaración de San Petersburgo sobre la trata de mujeres y niños, y la Carta de Seguridad Europea, que invitan a los Estados participantes a adoptar, entre otras, medidas para eliminar la trata de seres humanos, y elogiando la atención prestada a la cuestión de la trata de seres humanos, particularmente durante la Cumbre de Estambul y en la Reunión suplementaria de la OSCE sobre la dimensión humana,

83. Considerando que lo llamados de los dirigentes políticos a sentimientos de nacionalismo extremo y de intolerancia por agrandar y perpetuar su poder y desviar la atención de la corrupción de los dirigentes, viola los principios mismos de la buena gobernación, estimando que es importante pedir cuentas a todos los dirigentes políticos cuando hacen declaraciones de esta naturaleza o que no condene esas declaraciones cuando hayan sido efectuadas por otros,

84. Tomando nota que el general Dragoljub Ojdanic, que, en su calidad de jefe del Estado Mayor del Ejército yugoslavo durante la agresión armada contra el pueblo de Kosovo, ha sido acusado por el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia de crímenes contra la humanidad, visitó la Federación de Rusia a principios de mayo de 2000 y que en ese mismo período se anunció que se prestaría una cuantiosa asistencia al régimen no democrático de Slobodan Milosevic, y recordando a la Federación de Rusia que está obligada, como miembro permanente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, el cual aprobó, el 25 de mayo de 1993 la resolución 827 por la que se estableció el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, a detener a toda persona acusada de crímenes de guerra, si se presenta la ocasión;

85. Considerando los esfuerzos que realizan muchas instituciones internacionales, como la Organización de las Naciones Unidas, el Consejo de Europa, la Organización de los Estados Americanos, la Unión Europea y la Organización de Cooperación y de Desarrollo Económicos y la CEI,

La Asamblea Parlamentaria de la OSCE

86. Invita a los Estados participantes de la OSCE a que se adhieran a los instrumentos internacionales de los cuales aún no forman parte con el fin de alcanzar el objetivo de una ratificación universal de los tratados internacionales en materia de Derechos Humanos;

87. Alienta a los Estados Participantes de la OSCE a reforzar y desarrollar las instituciones públicas que sean necesarias para el funcionamiento de una sociedad civil basada en la democracia, el Estado de derecho y el respeto de los Derechos Humanos;

Disposiciones Constitucionales

88. Exhorta a que se proceda a la debida adopción y puesta en práctica de disposiciones constitucionales que definan la separación de poderes entre los sectores legislativo, ejecutivo y judicial del gobierno;

89. Insiste en que las constituciones y otras disposiciones legislativas pertinentes deben velar por que los gobiernos funcionen de una manera transparente y rinda cuentas frente a las autoridades;

90. Insiste en que las constituciones democráticas garanticen la independencia y la imparcialidad de la magistratura y que los jueces dispongan de competencias y de fuentes necesarias para cumplir con sus funciones;

91. Insiste en que los Estados participantes formulen sus constituciones y su legislación para brindar a los ciudadanos las libertades y oportunidades necesarias para participar en la sociedad civil, incluida la libertad de expresión, la libertad de asociación y la libertad de los partidos políticos, así como de otras organizaciones de la sociedad civil, para participar en la política y otras actividades sociales en pie de igualdad;


Dimensión humana

92. Sugiere que todos los Estados participantes garanticen una participación plena y equitativa de las mujeres en la vida política a fin de que el área de la OSCE llegue a ser más pacífica, próspera y democrática;

93. Se enorgullece de la aprobación del Plan de Acción de la OSCE para la igualdad entre los sexos e invita a las instituciones de la OSCE y a los Estados participantes a brindar un apoyo a la pronta elaboración de un Plan de Acción;

94. Insta a todos los Estados participantes a asegurar una representación equitativa de las minorías nacionales así como preservar y promover su identidad étnica, cultural, lingüística y religiosa;

Proceso democrático

95. Alienta la adopción de la legislación necesaria para facilitar elecciones libres y equitativas y se compromete a continuar las actividades de supervisión electoral;

96. Sugiere que el trabajo del OIDDH* se integre más a fondo en las actividades de las demás dimensiones de la OSCE;

97. Recomienda la promulgación de una legislación que prohíba la financiación secreta de los partidos y de otras organizaciones políticas y de campañas de candidatos, obligándolos a hacer públicos la fuente y el monto de los fondos que reciben y gastan, y se introduzca toda norma o reglamento que sea necesario para instaurar y hacer respetar esta transparencia;

98. Exhorta a los Estados participantes de la OSCE a que asuman su compromiso consignado en la Carta de Seguridad Europea, de intensificar sus esfuerzos "en todos las dimensiones de la OSCE para combatir la corrupción" y se les pide además introducir penas criminales eficaces para sancionar los actos de corrupción, que hayan sido definidos como tales en las correspondientes convenciones y documentos internacionales;

99. Recomienda que cada Estado participante tenga a su disposición autoridades especializadas en la lucha contra la corrupción y que el personal de estas autoridades esté calificado y suficientemente independiente para ejercer sus funciones sin estar sometido a presiones indebidas;

100. Recomienda también la adopción de una legislación y de medidas administrativas que prevengan el ejercicio del nepotismo y del favoritismo político o de otra índole en el transcurso del proceso de privatización y durante las contrataciones;

101. Sugiere que los Estados participantes introduzcan medidas para someter el lobbying al examen del público, a fin de impedir influencias corruptoras;

*OIDDH: Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos

102. Sugiere que los Estados participantes deroguen toda legislación que pueda impedir que las autoridades, las personas jurídicas o los particulares cooperen con las autoridades encargadas de las investigaciones o diligencias, o los ayuden en la lucha contra la corrupción y promulguen leyes que favorezcan esa cooperación;

103. Recomienda que los Estados participantes adopten medidas para asegurar la protección a toda persona que ayude en la investigación de los actos de corrupción o de delincuencia organizada y a la persecución de sus autores;

104. Sugiere que los Estados participantes tomen las medidas legislativas y de otra índole que resulten necesarias para obligar a los bancos a comunicar a los tribunales y a demás autoridades competentes datos sobre sus expedientes o cualquier otra información pertinente sobre casos de corrupción, delincuencia organizada y blanqueo de dinero, y que alienten la cooperación internacional en este campo;

105. Recomienda que los gobiernos planifiquen y lleven a cabo campañas eficaces de educación e información contra la corrupción;

Trata de seres humanos

106. Insta en forma urgente a los Estados participantes a que adopten y apliquen leyes criminalizando la trata de seres humanos procurando que las víctimas de esta práctica no sean objeto de persecuciones indebidas como consecuencia de su condición de víctimas de dicha trata;

107. Pide encarecidamente a los Estados participantes a que luchen contra la trata de mujeres eliminando los obstáculos que se opongan a la igualdad de oportunidades económicas de la mujer y que pueda obligarla a emigrar en busca de empleo, haciéndolas así más vulnerables a la trata de seres humanos- mediante la promulgación de leyes contra la discriminación que faculten a la mujer reclamar con el fin de obtener un resarcimiento efectivo cuando sean víctimas de discriminación en el empleo basada en su condición de mujer;

Libertad de medios de comunicación

108. Subraya la importancia de proteger la libertad de los medios de comunicación como un elemento esencial de la acción a favor del buen gobierno y de la lucha contra la corrupción y ruega encarecidamente que cese toda tentativa de los gobiernos para impedir o suprimir la libertad de los medios de comunicación;

109. Invita a los Estados participantes de la OSCE a respetar plenamente las normas de la OSCE sobre la libertad de los medios de comunicación y pide a los miembros del parlamento a valerse de todos los medios legislativos oportunos para asegurar el reconocimiento y la preservación de la libertad de los medios de comunicación en sus respectivos Estados;

110. Considera que es esencial que se defina un estatuto jurídico que garantice la protección del interés público y la creación de un medio de trabajo apropiado para los agentes públicos o funcionarios, que prevea una formación apropiada, condiciones de empleo aceptables y una remuneración equitativa, elemento indispensable de la acción a favor del buen gobierno y de la lucha contra la corrupción e insta firmemente y encarecidamente a los gobiernos a tomar todas las medidas requeridas para crear ese medio de trabajo para sus agentes públicos y sus funcionarios;

Agentes públicos

111. Alienta a los gobiernos a elaborar y poner en práctica códigos de conducta para los empleados de las administraciones y cargos electos, en los que consten la obligación, para todos los electos y los directivos superiores de las administraciones, hacer públicas las informaciones sobre su situación financiera;

112. Pide encarecidamente a los Estados participantes de la OSCE a que se esfuercen por poner fin a todo abuso de inmunidad por los agentes públicos para evitar ser encausados por actos de corrupción;

113. Llama a los gobiernos a que cooperen e intercambien las informaciones y toda otra asistencia que pueda resultar necesaria para investigar e instruir la causa de crímenes de corrupción en otros países;

114. Alienta la definición de un acercamiento común en materia de política de extradición y la ratificación de las convenciones existentes;

115. Recomienda el establecimiento de instrumentos regionales propios a mantener y alentar la cooperación en el plano regional para enfrentarse a la corrupción, y principalmente medidas como pudiera ser un servicio de vigilancia contra la corrupción, y conferencias o seminarios, para el intercambio de información que pueda servir de ejemplo a las futuras iniciativas de lucha contra la corrupción;

116. Se enorgullece a este respecto, de la reciente creación del Centro Regional de la Iniciativa de Cooperación de Europa del Sudeste, encargada de luchar contra la delincuencia ;

117. Recomienda que los Estados participantes:

A) apliquen los 20 principios directores de la lucha contra la corrupción e implementen el Código de Conducta para los agentes públicos, adoptado por el Consejo de Europa;
B) de no haberlo hecho ya, ratifiquen o adopten las disposiciones del Convenio Penal y el Convenio Civil del Consejo de Europa sobre la corrupción y que se adhieran al acuerdo por el que se establece el "Grupo de Estados contra la corrupción -GRECO";

118. Respaldar plenamente los esfuerzos del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia con el fin de capturar y enjuiciar en La Haya a las personas acusadas de crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y genocidio, especialmente Slobodan Milosevic y los altos dirigentes de su régimen, llama a todos los Estados participantes para que denieguen a un dirigente acusado toda medida de amparo, cualquiera sea esta, esto será necesario para asegurar el respeto del Estado de derecho y para instaurar el buen gobierno y la reconciliación entre los grupos étnicos en las sociedades que hayan sido víctimas de la actuación de dichas personas;

119. Invita a los Parlamentos de los Estados participantes de la OSCE a abolir la pena de muerte para todo tipo de delitos.

Resolución para acelerar el proceso
de ratificación de la Convención de Roma
sobre la Corte Penal Internacional

1. Recordando que en julio de 1998 se aprobó en Roma el Estatuto de la Corte Penal Internacional por el que se establece por primera vez una corte de competencia internacional teniendo por tarea juzgar, como órgano independiente, a los responsables de los delitos más graves que preocupan a la comunidad internacional como los genocidios, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra,

2. Expresando, no obstante, inquietud por el hecho de que tan sólo 14 Estados de los 97 Estados signatarios lo hayan ratificado hasta la fecha,

3. Recordando que son necesarias 60 ratificaciones para que el estatuto entre en vigor,

4. Insistiendo que la creación de la futura Corte Penal Internacional permanente será un hito en el desarrollo del derecho internacional,

5. Insistiendo en que el estatuto de Roma es un instrumento de base importante para respetar la ley en las relaciones internacionales,

La Asamblea parlamentaria de la OSCE

6. Invita a todos los Estados miembros a que ratifiquen en forma inmediata el Estatuto de Roma de la futura Corte Penal Internacional, a fin de que pueda entrar en funciones lo antes posible.

Resolución sobre la evolución
en el Norte Cáucaso

1. Intensamente preocupados por el conflicto armado en la región del Norte Cáucaso de la Federación de Rusia, que ha ocasionado víctimas civiles y desplazó a personas en el interior del país, insta a todas las Partes a continuar el diálogo con vistas a un reglamento pacífico del conflicto con la asistencia de la OSCE, y reafirmando la necesidad de preservar la integridad territorial de todos los Estados soberanos en la región,

2. Declarando que la Asamblea Parlamentaria de la Organización por la seguridad y la cooperación en Europa reconoce la integridad territorial de la Federación de Rusia y de todos los Estados soberanos de la región del Cáucaso,

3. Recordando que la Chechenia (Federación de Rusia) fue el escenario de acción fuera de las leyes internas y numerosos secuestros, y que en agosto y septiembre de 1999 fuerzas extremistas con base en Chechenia organizaron incursiones armadas en el territorio vecino de la República de Daguestán en la Federación de Rusia,

4. Condenando el terrorismo y las violaciones de los Derechos Humanos en todas sus formas,

5. Recordando el párrafo 36 del Código de Conducta sobre los aspectos político-militares de la seguridad, aprobado por la Cumbre de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa en Budapest en 1994, según el cual: "Si en la realización de sus misiones de seguridad interna no se puede impedir el recurso a la fuerza, cada Estado participante velará por que ésta se utilice en la medida necesaria para el mantenimiento del orden. Las fuerzas armadas harán lo posible por evitar que se causen daños a los civiles o a sus bienes.",

6. Refiriéndose a la resolución aprobada el 25 de abril de 2000 por la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en la que se manifestó grave inquietud por los continuados actos de violencia en Chechenia, particularmente por los informes en los que se señalaba un empleo desproporcionado e indiscriminado de la fuerza militar rusa, especialmente ataques contra los civiles, así como informes de "graves crímenes y abusos" perpetrados por los combatientes chechenos, y en la que se exhorta al Gobierno de la Federación de Rusia crear una "comisión investigadora independiente de base amplia", a fin de que investigue sobre las violaciones del derecho internacional humanitario,

7. Expresando su preocupación por la forma en que se manejó la campaña militar de Rusia en Chechenia y los informes que demuestran que se han cometido graves violaciones de los Derechos Humanos, mediante el empleo desproporcionado y excesivo de la fuerza, el hostigamiento y los malos tratos ocasionados a los civiles por las fuerzas rusas, y observando que se ha progresado poco en las investigaciones de dichos crímenes,

La Asamblea Parlamentaria de la OSCE

8. Respalda los esfuerzos del Gobierno de la Federación de Rusia destinados a buscar una solución política de la situación en Chechenia y a normalizar la vida en esa parte de la Federación de Rusia;

9. Pide a los Estados participantes a que tomen medidas eficaces para prevenir toda asistencia a las fuerzas terroristas y extremistas en Chechenia y fortalecer su cooperación en la lucha contra el terrorismo internacional;

10. Hace un llamado a la OSCE para que adopte medidas destinadas a dar mayor eficacia a las tareas de observación que lleva a cabo en el segmento chechenio de la frontera entre Georgia y Rusia;

11. Insta al Gobierno de la Federación de Rusia, como participante de la OSCE, a adherirse a la disposición previamente citada del documento de Budapest de la OSCE y pide a todas las partes en el conflicto en curso a que eviten recurrir a la fuerza en contra la población civil no combatiente;

12. Pide a todas las Partes a que busquen una solución política al conflicto y a que recurran a la asistencia de la OSCE, especialmente para el retorno del Grupo de Asistencia de la OSCE en la región, en lo posible, en el marco de su mandato actual, como lo ratificó la Declaración de la Cumbre de Estambul de la OSCE en 1999;

13. Pide a las autoridades chechenias a que rechacen a las fuerzas extremistas ubicadas en su territorio y a que recurran a todo los medios apropiados para liberar a las personas detenidas ilegalmente en cautividad;

14. Insta al Gobierno de la Federación de Rusia a que ponga en práctica las disposiciones de la Resolución E/CN.4/RES/2000/58 de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, del 25 de abril de 2000, referente al conflicto en Chechenia;

15. Invita a todas las Partes en conflicto a respetar escrupulosamente y rigurosamente la integridad territorial de todos los Estados soberanos de la región, y a que se abstengan de toda medida que pueda ser contraria a la integridad territorial o comprometer la seguridad regional;

16. Invita a la Federación de Rusia a que cumpla plenamente sus obligaciones y compromisos internacionales en materia de Derechos Humanos, particularmente mediante la apertura de una investigación independiente de toda violación de los derechos Humanos, y el pronto enjuiciamiento de los culpables.

Resolución sobre la Conferencia
para la estabilidad en la región
del mar Caspio y del mar Negro

1. Deseando desarrollar la integración política, especialmente mediante la creación de un Consejo de Cooperación que se encargue de resolver cuestiones que conciernan a todos los países interesados,

2. Esforzándose en fomentar la cooperación económica, especialmente en lo que respecta a la producción y distribución de recursos energéticos, así como la seguridad de su transporte,

3. Deseando consolidar las instituciones democráticas en la región mediante una mejora de los contactos e intercambios,

La Asamblea Parlamentaria de la OSCE

4. Recomienda la creación de una Conferencia para la estabilidad en la región del mar Caspio y del mar Negro.

Resolución sobre Europa del sudeste

1. Recordando que los conflictos en la ex-Yugoslavia desde 1991 se han caracterizaron por la agresión y los ataques contra poblaciones civiles inocentes, y que han sido en gran parte instigados por el régimen de Slobodan Milosevic y sus seguidores, y han causado la muerte de cientos de miles de personas, el desplazamiento forzoso de millones y la destrucción masiva de bienes incluyendo lugares de culto,

2. Considerando que, en toda la región, el retorno de refugiados y personas desplazadas a los hogares que habitaban antes del conflicto, especialmente personas pertenecientes a una minoridad étnica, ha sido inaceptablemente baja,

3. Reafirmando la necesidad de que se cumpla de buena fe la Resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para el arreglo de la situación en Kosovo (República Federal de Yugoslavia),

4. Condenando la persistencia de los actos de violencia en Kosovo contra la comunidad serbia y otras comunidades minoritarias, entre ellos cientos de incendios criminales, actos de depredación o de destrucción de iglesias ortodoxas serbias, así como docenas de asesinatos y agresiones graves,

5. Reafirmando el compromiso para con la soberanía y la integridad territorial de la República Federal de Yugoslavia, conforme a lo dispuesto en la resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,

6. Tomando nota de que la OSCE y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) han informado conjuntamente de que la falta de seguridad, de libertad de circulación y de una política lingüística, así como la falta de acceso a la asistencia médica y a la educación, la ausencia de servicios sociales y de infraestructuras públicas están destruyendo a las comunidades minoritarias de Kosovo,

7. Preocupados por la situación de los albaneses, los serbios y los miembros de otras nacionalidades desaparecidos en Kosovo y por la detención de albaneses en Serbia,

8. Tomando nota de que los informes indican que cientos y quizá miles de albaneses trasladados de Kosovo para ser recluidos en Serbia, para la fecha en que las fuerzas internacionales entraron en Kosovo, no han sido liberados desde hace un año, que se les han aplicado sentencias particularmente crueles y que siguen pendientes los problemas relacionados con el acceso a dichos prisioneros y con el trato que se les dispensa,

9. Recordando que la población y los gobernantes de la ex República Yugoslava de Macedonia y de Eslovenia tienen buena ejecutoria de respeto de los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales, así como el Estado de Derecho y de las tradiciones democráticas, desde que proclamaron su independencia,

10. Se enorgullecen del compromiso adoptado por el equipo dirigente, nuevamente elegido en Croacia, de progresar en lo referente al respeto de los Derechos Humanos, el derecho al retorno de los refugiados y a la eliminación de la corrupción,

11. Convencido que el pueblo de Serbia posee, como todos los demás, el derecho a vivir en un país dotado de instituciones democráticas,

12. Considerando el desarrollo democrático de Serbia y Montenegro como algo esencial para la estabilidad a largo plazo de la región, incluida la aplicación de los acuerdos relativos a Bosnia-Herzegovina y a Kosovo,

13. Constatando de que el régimen de Slobodan Milosevic llevó a cabo una acción planificada para reprimir a los medios informativos independientes en Serbia, y aniquilar toda oposición política recurriendo en forma arbitraria a multas, arrestos, detenciones e incautaciones de medios informativos y posiblemente intentos de asesinato, y que también ha estado tomando medidas para paralizar los movimientos estudiantiles y otros movimientos independientes,

14. Reconociendo la importancia del Pacto de Estabilidad para la prosperidad, la paz y la estabilidad a largo plazo en Europa del Sudeste,

15. Apoyando las misiones realizadas por la OSCE, en toda esta región, en pro de la paz, la seguridad y el establecimiento de una sociedad civil,

16. Recordando que, por la Resolución 827 del Consejo de Seguridad del 25 de mayo de 1993, los Estados se obligaron jurídicamente a cooperar plenamente con el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, particularmente mediante la captura de toda persona inculpada por esta instancia que se encuentre en su territorio para su pronta entrega al Tribunal,

La Asamblea Parlamentaria de la OSCE

17. Insiste en que todas las Partes competentes de la región realicen todo lo que esté en a su alcance para asegurar el retorno y el reasentamiento en condiciones de seguridad de todos los refugiados y personas desplazadas sea cual sea su origen étnico, sus creencias religiosas o su orientación política, y que se dediquen a la reconciliación de todos los sectores de la sociedad;

18. Alienta a los miembros de todos los grupos étnicos de Europa del sudeste, especialmente de Kosovo, de Bosnia y de Serbia, a que respeten los Derechos Humanos y el Estado de derecho;

19. Reitera su llamado a todas las autoridades de la República Federativa de Yugoslavia para que, de conformidad con el derecho humanitario internacional, continúen dando acceso al Comité Internacional de la Cruz Roja a todos los albaneses detenidos en Serbia, y para que velen porque a estos prisioneros se les brinde un trato humano y dispongan la liberación de todos aquellos detenidos sin que se les hayan imputado cargos;

20. Anima al equipo dirigente recién elegido en Croacia a que continúen con sus iniciativas para reformar y modernizar su país de forma que reflejen una adhesión a los Derechos Humanos, al estado de derecho, a la democracia y a la economía de mercado;

21. Condena las medidas de represión adoptadas por el régimen de Slobodan Milosevic para suprimir los medios de información libres, paralizar los movimientos estudiantiles y otros movimientos independientes, e intimidar a la oposición política de Serbia, hechos que constituyen una infracción flagrante de las normas de la OSCE;

22. Instó al régimen de Slobodan Milosevic a que ponga fin a sus medidas de represión y permita que se celebren elecciones libres y equitativas a todos los niveles en el conjunto de Serbia, bajo el control de la comunidad internacional;

23. Pidió a Slobodan Milosevic que respete los Derechos Humanos y demás normas de conducta internacionales en Montenegro;

24. Apela a la comunidad internacional para que aplique plenamente el Pacto de Estabilidad, bajo los auspicios de la OSCE, en un esfuerzo por integrar a las naciones de Europa de sudeste en una comunidad europea y respalde la acción de esos países a favor de la paz, de la democracia, el respeto de los Derechos Humanos y la prosperidad económica, a fin de asegurar la estabilidad de toda la región;

25. Alienta a todos los representantes de la comunidad internacional que intervienen en Europa del sudeste, entre ellos la OSCE, la ONU, la Organización del tratado del Atlántico Norte y las organizaciones no gubernamentales, a que promuevan activamente el respeto de los Derechos Humanos y el Estado de derecho;

26. Insta a los Estados participantes a que aporten efectivos de policía suficientes para cubrir las necesidades en fuerzas de policía internacionales desplegadas conjuntamente con operaciones de mantenimiento de la paz en situaciones posconflicto tales como Kosovo;

27. Apela a la comunidad internacional para que organice programas de asistencia destinados a garantizar a las personas que retornan a sus hogares la seguridad personal y las posibilidades económicas requeridas para quedarse;

28. Pide a los Estados participantes que organicen, entre otros cauces a través de la OSCE y de su Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos (OIDDH), programas para ayudar y promover el cambio democrático en Serbia y para protegerlo en Montenegro;

29. Reitera su condena de toda medida que proteja a las personas acusadas por el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia contra el arresto, y reitera su respaldo a que se sancione a todo Estado que brinde a tales personas esa protección.

Resolución sobre el "Grupo Ilascu"

1. Haciendo hincapié en la obligación fundamental de todos los Estados participantes de la OSCE, de respetar sus compromisos contraídos en lo referente al respeto de los Derechos Humanos y del Estado de derecho,

2. Considerando que los miembros del "Grupo Ilascu", encarcelados en el Trans-Dniéster, no tuvieron derecho a ser juzgados con equidad,

3. Se enorgullecen en comprobar que las autoridades del Trans-Dniéster se declararon dispuestas en cooperar en las iniciativas para que los miembros del "Grupo Ilascu" sean juzgados en otro país,

La Asamblea Parlamentaria de la OSCE,

4. Alienta al presidente en ejercicio y a la misión de la OSCE en Moldova a que prosigan sus gestiones para hallar un Estado participante que esté dispuesto a realizar un juicio justo a los miembros del "Grupo Ilascu";

5. Insta a los Estados participantes a que estudien la posibilidad de organizar un proceso equitativo para los miembros del "Grupo Ilascu";

6. Llama a las autoridades del Trans-Dniéster para que cooperen en esta cuestión y liberen a los miembros del "Grupo Ilascu" a la espera de que comiencen las actuaciones penales en el Estado participante en donde se vaya a celebrar el juicio.

 

Traducido por: María de los Angeles Zabala